Norma Legal Oficial del día 30 de Noviembre del año 2001 (30/11/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 30 de noviembre de 2001

Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial contra funcionarios, servidores y asesores del PRT-PERT, empresa contratista y supervisora de obra por presunta responsabilidad civil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 551-2001-MTC/15.02 MORDAZA, 27 de noviembre de 2001 Visto, el Informe AUD - I - Nº 031-2001-02-4354/MTC-15.08, Informe Especial "Adicional Nº 06 sobre mayor costo del cemento en la obra rehabilitacion de la carretera Corral Quemado - Rio MORDAZA, Tramo I: Corral Quemado - MORDAZA Ruiz"; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 325-98-MTC/ 15.02.PERT del 7 de octubre de 1998 se modifico el Presupuesto Adicional Nº 06 aprobado mediante Resolucion Directoral Nº 176-98-MTC/15.02.PERT a favor de la contratista Construcoes e Comercio MORDAZA MORDAZA S.A. por concepto de Reintegro por Precio de Cemento Portland ascendente a S/. 140,743.20 incluido el Impuesto General a las Ventas dado que la empresa proveedora de cemento no considero el descuento del 5% en el valor del cemento; Que, sin embargo de acuerdo a la Liquidacion de Obra efectuada los importes reconocidos y pagados indebidamente ascendieron a S/. 109,066.88 y US$ 16,234.23 incluido el Impuesto General a las Ventas en ambos casos; Que, conforme a la Clausula 12.1 "Suficiencia de la Oferta" del Contrato de Obra Nº 175-96-MTC/15.03.PERT.02 del 21 de agosto de 1996, los precios unitarios y globales debieron cenirse a lo establecido en la oferta economica del postor la cual cubria todas sus obligaciones contractuales incluido el suministro de materiales como el cemento; Que, la Asociacion Salzgitter - DIWI - LAGESA, Supervisora de la Obra, ha incumplido con el Contrato de Consultoria Nº 068-96-MTC/15.03.PERT, en lo que se refiere a la profesionalidad de los servicios contemplada en el Articulo 3º del mismo por el cual debia emplear todos los medios a su alcance para cumplir sus obligaciones con la mayor diligencia y escrupulosidad; Que, de acuerdo al Informe AUD - I - Nº 031-2001-024354/MTC-15.08 no se evidencia razones de orden legal que sustente el reconocimiento de mayor costo a favor del Contratista, resultando que dicha aprobacion no MORDAZA con el correspondiente sustento tecnico ni legal, de tal manera que los importes reconocidos y pagados indebidamente que ascendieron a S/. 109,066.88 y US$ 16,234.23 incluido el Impuesto General a las Ventas constituyen el perjuicio economico materia de responsabilidad civil; Que de acuerdo al citado informe, la relacion de servidores y/o funcionarios del Programa de Rehabilitacion de Transportes - PRT-PERT y de Supervisora comprendidos en los hechos clasificados como indicios de responsabilidad civil son el ingeniero MORDAZA Zecenarro Mateus, Gerente de Proyectos BIRF, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Especialista de Proyectos BIRF, ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA e ingeniero MORDAZA MORDAZA Pereyra MORDAZA, Administradores de Contratos BIRF, ingeniero MORDAZA MORDAZA Wu MORDAZA, Director Ejecutivo PRT-PERT, doctora MORDAZA MORDAZA Sansotta MORDAZA, doctor MORDAZA MORDAZA Altuna Lema y doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Asesores Legales PRT-PERT, la empresa contratista Construcoes e Comercio MORDAZA MORDAZA S.A. y la Asociacion Salzgitter-DIWI-LAGESA o Asociacion CESDIWI-LAGESA, Supervisora de Obra; Que, de conformidad con el inciso f) del Articulo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, los informes y/o dictamenes resultado de una accion de control emitidos por cualquier organo del Sistema constituyen prueba preconstituida para la iniciacion de las acciones administrativas y/o legales a que hubiera lugar; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar al Procurador Publico de este Ministerio, para que inicie las acciones legales que correspondan contra los servidores y/ o funcionarios y las empresas MORDAZA mencionadas, remitiendose para el efecto los antecedentes pertinentes; De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y los Decretos Leyes Nºs. 17537, 25862 y 26162; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos del Ministerio de Transportes, Comunica-

ciones, Vivienda y Construccion, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones legales que correspondan contra MORDAZA Zecenarro Mateus, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Pereyra MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Wu MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Sansotta MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Altuna Lema, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, la empresa Construcoes e Comercio MORDAZA MORDAZA S.A., la Asociacion Salzgitter-DIWI-LAGESA o Asociacion CES-DIWI-LAGESA, y los que resulten responsables por los hechos que refieren la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial asi como los antecedentes del caso mencionado al Procurador Publico para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 35390

Aprueban donacion de bienes efectuada a favor de asociacion cultural
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 553-2001-MTC/15.09 MORDAZA, 27 de noviembre de 2001 CONSIDERANDO: Que el Presidente de la Asociacion Cultural Entidades Latinoamericanas Comunicando el Evangelio - Enlace con sede en MORDAZA, mediante Expediente Nº 2001-009827 solicita a este Ministerio la expedicion del acto administrativo que apruebe la donacion que efectua el Presidente de la Asociacion Entidades Latinoamericanas de Comunicacion por Television Cristianas, con sede en San MORDAZA, Costa Rica, a favor de dicha entidad; Que la Asociacion Cultural Entidades Latinoamericanas Comunicando el Evangelio - Enlace, es una Institucion inscrita en el "Registro de Instituciones Privadas sin fines de lucro, Receptoras de Donaciones de Caracter Asistencial o Educacional Provenientes del Exterior", segun MORDAZA de Inscripcion Nº 056-2000/PCM-SECTI expedida por la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que con Certificado de Donacion del 30 de agosto del 2001, legalizado ante el Consulado de la Embajada del Peru en San MORDAZA, Costa Rica, asi como por la Direccion General de Asuntos Consulares - Legalizaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores del Peru, se acredita la donacion realizada por el Presidente de la Asociacion Entidades Latinoamericanas de Comunicacion por Television Cristianas, con sede en San MORDAZA, Costa Rica, de Equipos de Radiodifusion por Television por un valor FOB de US$ 4,100.00 dolares americanos, a favor de la Asociacion Cultural Entidades Latinoamericanas Comunicando el Evangelio - Enlace, con sede en Lima; Que la citada donacion cuenta con la opinion favorable de la Direccion General de Telecomunicaciones y de la Oficina General de Presupuesto y Planificacion de este Ministerio; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 719, Decreto Ley Nº 21942, Decreto Ley Nº 25862 - Ley Organica del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, Decreto Supremo Nº 127-91-PCM, Resolucion Suprema Nº 508-93-PCM y Resolucion de Contraloria Nº 122-98-CG; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar, la donacion efectuada por el Presidente de la Asociacion Entidades Latinoamericanas de Comunicacion por Television Cristianas, con sede en San MORDAZA, Costa Rica, a favor de la Asociacion Cultural Entidades Latinoamericanas Comunicando el Evangelio - Enlace, con sede en MORDAZA, consistente en veinte (20) Receptores Decodificadores Integrados de senales de sonido e imagen para TV, MORDAZA General Instruments SR 3-200. Articulo Segundo.- Los equipos a que se refiere el articulo precedente, por un valor FOB de US$ 4,100.00 dolares americanos, llegado al Peru por el Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, segun Guia Aerea Nº 305 29583 de TRANS EXPRESS PERU S.A.C., de fecha 8-102001, con un peso total de 223 Lbs., seran despachados por la Aduana Aerea del Callao.

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