Norma Legal Oficial del día 30 de Noviembre del año 2001 (30/11/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, viernes 30 de noviembre de 2001
CODIGO MOR NAR NEG PLA ROJ RJO ROS TUR VRD VRC VRO VIO DESCRIPCION MORADO NARANJA NEGRO PLATA MORDAZA MORDAZA OSCURO MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA OSCURO MORDAZA

NORMAS LEGALES

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Aprueban circular referida al Regimen de Importacion Temporal de aeronaves, sus partes, piezas, repuestos y motores
CIRCULAR Nº INTA-CR. 071-2001 Callao, 28 de noviembre de 2001 Senor Intendente de Aduana Presente.ASUNTO : Regimen de Importacion Temporal de Aeronaves, partes, piezas y repuestos REF. : Procedimiento INTA-PG.04 "Importacion Temporal"

TABLA Nº 5: MORDAZA DE TRANSMISION CODIGO MEC AUT SAT DESCRIPCION MECANICO AUTOMATICO SEMIAUTOMATICO

TABLA Nº 6: MORDAZA DE COMBUSTIBLE CODIGO ALH DSL DUL ELT GLP GNC GSL HDB HGB SOL ZZZ DESCRIPCION ALCOHOL DIESEL (PETROLEO) DUAL (GAS Y GASOLINA) ELECTRICO (BATERIAS) GAS LICUADO DE PETROLEO GAS NATURAL COMPRIMIDO GASOLINA HIBRIDO (DIESEL/BATERIAS) HIBRIDO (GASOLINA/BATERIAS) SOLAR OTROS

Estando a las facultades conferidas por la Resolucion de Superintendencia Nº 1322 del 16 de diciembre de 1999 asi como el Memorandum Nº 71-2001-ADUANAS del 6 de agosto de 2001, y considerando lo dispuesto en las Leyes Nºs. 26909, 27261 (Disposicion Transitoria y Final Cuarta) y el Decreto Supremo Nº 025-98-EF referido a la importacion temporal de aeronaves, sus partes, piezas, repuestos y motores, sirvase tener presente y hacer de conocimiento del personal de esa Intendencia lo siguiente: 1) Mediante la Resolucion de Intendencia Nacional Nº 000ADT/2001-000464, publicada el 3 de marzo de 2001, se incluyo una disposicion en el Procedimiento "Importacion Temporal" INTA-PG.04 (numeral 9, rubro VI), indicandose que las obligaciones de mantener las mercancias importadas temporalmente en un lugar especifico y de trasladarlas a un lugar distinto previa comunicacion a la Aduana, no resultan de aplicacion en el regimen de importacion temporal establecido en la Ley Nº 26909. Para tal efecto, se ha considerado anteriores pronunciamientos del Tribunal Fiscal en cuanto refieren que en el caso de las aeronaves, estas no se importan temporalmente para que permanezcan en un lugar fijo, por el contrario los aviones se importan temporalmente y son autorizados para desarrollar las actividades de transporte aereo de acuerdo con la autorizacion emitida por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por lo que no existe un lugar especifico en el que deba permanecer el avion importado temporalmente. Asimismo, se ha dispuesto que el beneficiario debe indicar en el rubro IV de la Declaracion Jurada de ubicacion y finalidad de las mercancias", la direccion de la oficina donde se encuentre la documentacion relacionada con el movimiento de importacion temporal y reexportacion de dichos bienes asi como la relacion de aeronaves importadas temporalmente con su respectivo Permiso de Operacion. 2) A fin de efectuar un control adecuado de las aeronaves asi como sus partes, piezas, repuestos y motores, que se importan temporalmente acogiendose al regimen previsto en la Ley Nº 26909, el beneficiario debe cumplir los siguientes requisitos adicionales: Tratandose de partes, piezas, repuestos y motores, debe mantener en los Archivos de la Oficina MORDAZA indicada, por medios magneticos o documentarios, el "Control de bienes Importados Temporalmente" asi como el "Registro de incorporacion de partes en aeronaves" (Anexos 1 y 2 de la presente Circular), los que deberan ser presentados al personal de ADUANAS que efectue las acciones de fiscalizacion, debidamente firmado por el beneficiario o representante legal. El beneficiario comunicara al personal fiscalizador la ubicacion de las aeronaves cada vez que sea requerido. 3) En caso de partes, piezas, repuestos y motores, solo se considerara regularizado el Regimen con la numeracion de la Declaracion de Reexportacion o Importacion Definitiva de estas mercancias. En caso que la reexportacion se efectue conjuntamente con la Aeronave, se MORDAZA constar esta situacion con la consignacion de la Aeronave en una serie distinta. Las partes, piezas, repuestos y motores que han sido reemplazados, deberan ser regularizados mediante la nacionalizacion y/o reexportacion dentro del plazo otorgado bajo responsabilidad del beneficiario. 4) La presente Circular entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Atentamente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Nacional de Tecnica Aduanera

TABLA Nº 7: MORDAZA DE TRACCION CODIGO 4X2 4X4 6X2 6X4 6X6 8X2 8X4 8X6 8X8 STR DESCRIPCION 4X2 (SIMPLE) 4X4 (DOBLE) 6X2 6X4 6X6 8X2 8X4 8X6 8X8 SIN TRACCION

TABLA Nº 8: ACCESORIOS CODIGO AAL ACD ALM ANT CUE ASE BSA CLM CPV CTC DCD MORDAZA EEL FNB ABS LIT LTN PEL PGB MPT RCT RET SCH SCI SAI TMD TCR TVR THD PTO TCH TCI VEL WIN SAC ZZZ DESCRIPCION AROS DE ALUMINIO AIRE ACONDICIONADO ALARMA ANTENA ELECTRICA ASIENTOS DE CUERO ASIENTOS ELECTRICOS BOLSAS DE AIRE (AIR BAG) CLIMATIZADOR COMPUTADORA DE VIAJE CONTROL DE CRUCERO DISCO COMPACTO EJE RETRACTIL ESPEJOS ELECTRICOS FAROS NEBLINEROS FRENOS ABS LITERA LUNAS POLARIZADAS PESTILLOS ELECTRICOS POSICIONADOR GLOBAL PROTECTOR DE MASCARA RADIOCASSETTE RETARDADOR SUPERCARGADO O SOBRE COMPRIMIDO SUPERCARGADO O SOBRE COMPRIMIDO CON INTERCOOLER SUSPENSION DE AIRE TABLERO DE MORDAZA TECHO CORREDIZO (SUN ROOF) TELEVISOR MORDAZA HIDRAULICO TOMA DE FUERZA TURBO CARGADO TURBO INTERCOOLER VIDRIOS ELECTRICOS WINCHE SIN ACCESORIOS OTROS

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