Norma Legal Oficial del día 06 de Octubre del año 2001 (06/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 6 de octubre de 2001

Articulo 1º.- Disponer que los Jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales adopten las siguientes medidas a fin de facilitar la emision del MORDAZA de los ciudadanos y ciudadanas con discapacidad: a) Recepcion, hasta 15 dias MORDAZA de la fecha de las elecciones, de solicitudes de Asociaciones u Organizaciones de personas con discapacidad y de solicitudes a titulo individual de ciudadanos con discapacidad, para que las mesas de sufragio donde les corresponda votar, MORDAZA ubicadas, en el primer piso de los locales de votacion. b) Capacitar a los coordinadores de local y a los miembros de mesa sobre las facilidades que debe brindarse a las personas con discapacidad para ejercer su derecho al sufragio. Articulo 2º.- Precisar que el Coordinador Electoral del local de votacion, adoptara las siguientes medidas necesarias para facilitar la emision del MORDAZA de los ciudadanos y ciudadanas con discapacidad: a) Exhortar a los custodios del area perimetrica al local de votacion para que, previa identificacion, faciliten a estos ciudadanos la via de acceso a estos locales y, en su caso, permitan a los vehiculos que los transportan, el estacionamiento temporal para el descenso y ascenso de las personas con discapacidad. b) Exonerar a los ciudadanos con discapacidad de la obligacion de formar colas. c) En caso que la mesa de sufragio se encuentre ubicada en un piso superior al primero, exista dificultad para ascender escaleras y sea requerido por el ciudadano o ciudadana con discapacidad, el coordinador del local comunicara la situacion a los custodios del local de votacion, para que apoyen a estas personas en su traslado hacia la mesa de sufragio y en su salida de la misma. d) Proporcionar la plantilla especial en el sistema Braille para los ciudadanos y ciudadanas invidentes que asi lo requieran. e) Ubicar las mesas de sufragio en lugares accesibles, conforme a la informacion proporcionada previamente por las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. Articulo 3º.- Establecer que los miembros de mesa otorgaran las maximas facilidades a los ciudadanos y ciudadanas con discapacidad para la emision del voto. En tal sentido, deberan prever durante la instalacion de la camara secreta, la implementacion de facilidades para el ingreso, desplazamiento, movilidad y salida de una persona en silla de ruedas o que cuente con cualesquiera otro instrumento de apoyo biomecanico. Articulo 4º.- Disponer que las plantillas especiales de votacion con signos Braille seran distribuidas a todos los locales de votacion, encargandosele a los Jefes de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales, la entrega como minimo de un ejemplar de la plantilla a cada coordinador de local, con la finalidad de que sea entregada a las personas que lo soliciten para emitir su voto. En caso de que la persona invidente no conozca la escritura Braille o no desee utilizar la plantilla especial, ingresara a la camara secreta acompanado de una persona de su confianza. Articulo 5º.- Autorizar a la Gerencia de Formacion y Capacitacion Electoral la recepcion de solicitudes de instituciones o ciudadanos y ciudadanas invidentes, para brindar capacitacion sobre el uso de la plantilla especial con signos Braille, en coordinacion con la Gerencia de Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales. Articulo 6º.- Poner en conocimiento del MORDAZA Nacional de Elecciones y de las Oficinas Descentralizadas de Procesos Electorales la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLDEVILLA Jefe 32291

MINISTERIO PUBLICO
Designan Fiscal Provincial Especializada para que conozca del caso materia de la Res. Nº 078-2000-MP-CEMP
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1009-2001-MP-FN MORDAZA, 5 de octubre de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Especializada, materia de la Resolucion Nº 078-2000-MP-CEMP, de fecha 27 de enero del 2000. Articulo Segundo.- Designar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Titular de la Trigesima Primera Fiscalia Provincial Penal de MORDAZA, como Fiscal Provincial Especializada, para que con retencion de su despacho se avoque al conocimiento de la Resolucion Nº 078-2000-MP-CEMP, de fecha 27 de enero del 2000. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia General del Ministerio Publico, Gerencia de la Oficina de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 32293

Prorrogan destaque de magistrado como apoyo de la Fiscalia Provincial Descentralizada de Familia de La MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1010-2001-MP-FN MORDAZA, 5 de octubre de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 195-01-FDFLM-MP-FN, de fecha 4 de octubre del 2001, cursado por la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Descentralizada de La MORDAZA, en el que solicita que el doctor MORDAZA MORDAZA Huaycochea MORDAZA, continue prestando apoyo en su Despacho; Que, vista la carga procesal de la mencionada Fiscalia la solicitud formulada es atendible, sin mas prorrogas, a efectos de que pueda poner al dia su Despacho; Estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar el destaque del doctor MORDAZA MORDAZA Huaycochea MORDAZA, Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Pool de Fiscales de MORDAZA, como apoyo de la Fiscalia Provincial Descentralizada de Familia de La MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 9112001-MP-FN, de fecha 3 de octubre del 2001, hasta el 31 de octubre del ano en curso, termino en el cual debera retornar al Pool de Fiscales de Lima.

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