Norma Legal Oficial del día 06 de Octubre del año 2001 (06/10/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 6 de octubre de 2001

Teniendo en consideracion que OSINERG ha atendido el mandato constitucional contenido en el Articulo 139º, numeral 3 de la Carta Magna, habiendo observado el debido MORDAZA asegurando al administrado el derecho a su MORDAZA defensa al poner a su disposicion los medios necesarios y suficientes para ejercitarla y ha expedido su Resolucion OSINERG Nº 1449-2001-OS/CD determinando la fijacion tarifaria correspondiente con total transparencia e imparcialidad, lo que constituye fundamento principal de su accionar. SE RESUELVE: Articulo 1º.-Declarar infundado en todos sus extremos el recurso de reconsideracion interpuesto por ETESELVA S.R.L. contra la Resolucion OSINERG Nº 14492001-OS/CD por los fundamentos expuestos en el acapite B de la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.-La presente resolucion debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y consignada en la pagina WEB de OSINERG. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 32282

Articulo 3º.- La presente Resolucion de Superintendencia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional 32228

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican Ordenanzas de la Municipalidad de Comas que regulan los arbitrios de limpieza publica y parques y jardines publicos para los ejercicios 2000 y 2001
ACUERDO DE CONCEJO Nº 240 MORDAZA, 6 de agosto de 2001 EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Vista en Sesion de Concejo de la fecha, la solicitud formulada por la Municipalidad Distrital de Comas, mediante Oficios Nº 184-2001.A/MC y Nº 386-2001-A/MC para la ratificacion de la Ordenanza Nº 028-2000-C/MC y su modificatoria la Ordenanza Nº 08-2001-C/MC, que regulan los Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines Publicos para el Ejercicio 2001 en su jurisdiccion; De acuerdo con la opinion favorable del Servicio de Administracion Tributaria (SAT) emitida mediante Informe Nº 000431-2001-SAT/04 y Oficio Nº 00430-01SAT/MML de la Jefatura SAT; lo opinado por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 085-2001-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo y la Ordenanza Nº 211, Procedimiento de Ratificacion de Ordenanzas de Caracter Tributario de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, la Ordenanza Nº 213 de 23 de febrero de 1999, establece que a partir de su vigencia las Municipalidades Distritales integrantes de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, fijaran a las Ordenanzas y Edictos que aprueben el numero cardinal que les corresponda en forma correlativa continua, segun el orden en que se promulguen; Que, la misma Ordenanza establece que los Acuerdos de Concejo, Decretos y Resoluciones Municipales, llevaran la numeracion correlativa anual que les corresponda; Que, en tal virtud, las Ordenanzas Municipales deben llevar numeracion correlativa continua sin referencia de ano, a lo que en algunos casos no se esta dando cumplimiento, situacion que es necesario corregir; ACORDO: Articulo Primero.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 0282000-C/MC de fecha 29 de diciembre de 2000, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 19 de enero del ano 2001 y su modificatoria la Ordenanza Nº 08-2001-C/MC de 21 de marzo de 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 30 del mismo mes y ano, de la Municipalidad Distrital de Comas, que regulan los Arbitrios de Limpieza Publica y Parques y Jardines Publicos para el Ejercicio 2001 en su jurisdiccion. Articulo Segundo.- Recordar y recomendar a la Municipalidad Distrital de Comas, que las Ordenanzas que apruebe deben llevar el numero cardinal que les corresponda en forma correlativa continua sin referencia de ano, conforme establece la Ordenanza Metropolitana Nº 213. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 32190

SUNAT
Crean la Comision Central de Seguridad Informatica
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 116-2001/SUNAT MORDAZA, 5 de octubre de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Superintendencia Nº 0122001/SUNAT se aprobo la nueva estructura organizacional de la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria SUNAT, en la que se creo la Oficina de Seguridad Informatica de la Intendencia Nacional de Sistemas de Informacion; Que por Resolucion de Superintendencia Nº 044-2001/ SUNAT se aprobo el Manual de Organizacion y Funciones de la SUNAT, en el cual se establece que la Oficina de Seguridad Informatica tiene como uno de sus objetivos disenar e implantar los mecanismos de seguridad que impidan accesos no autorizados a la infraestructura informatica, garantizando su correcto cumplimiento en la Institucion; Que para garantizar la implantacion adecuada de los mecanismos de seguridad, sin que se interrumpa el normal flujo operativo, es necesario crear una comision intrainstitucional que actue como MORDAZA instancia en el Sistema de Seguridad Informatica; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 - Ley General de la SUNAT, y los incisos l) y o) del Articulo 6º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT aprobado por Resolucion de Superintendencia Nº 041-98/SUNAT y modificado por la Resolucion de Superintendencia Nº 004-2001/SUNAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Crease la Comision Central de Seguridad Informatica, que estara integrada por el Superintendente Nacional Adjunto -quien la presidira-, y los Intendentes Nacionales de Administracion, Planeamiento y Sistemas de Informacion. Articulo 2º.- Las funciones de la Comision Central de Seguridad Informatica son: 1. Revisar, aprobar y difundir las politicas de seguridad en todos los niveles de la Institucion. 2. Aprobar el listado de activos criticos de la Institucion. 3. Aprobar la relacion de procesos de seguridad. 4. Aprobar el Plan de Proyectos de Seguridad. 5. Aprobar el Plan de Contingencias. 6. Revisar periodicamente el Sistema de Seguridad de la Informacion considerando: a) Los informes periodicos presentados por la Oficina de Seguridad Informatica. b) Informes de retroalimentacion con los resultados de las auditorias preventivas realizadas. c) Sugerencias del personal y de terceros. 7. Proponer las acciones correctivas correspondientes asi como, efectuar el seguimiento de las mismas.

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