Norma Legal Oficial del día 06 de Octubre del año 2001 (06/10/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

MORDAZA, sabado 6 de octubre de 2001

NORMAS LEGALES

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Aprueban beneficio de regularizacion de licencia de obra
ORDENANZA Nº 010 San MORDAZA de Lurigancho, 29 de setiembre de 2001 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTO: En Sesion Ordinaria de fecha 20 de setiembre de 2001 y continuada el dia 29 de setiembre del mismo ano el Dictamen Nº 001-2001-CDLT/MSJL de la Comision Interna de Trabajo de Desarrollo Estrategico Local y de Transporte del Concejo Distrital de San MORDAZA de Lurigancho; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado establece que las Municipalidades son Organos de Gobierno Local con autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; Que, dentro de este contexto, la Municipalidad es competente para crear, modificar, suprimir o exonerar sus contribuciones, arbitrios y derechos conforme a Ley, de conformidad con el Articulo 10º inciso 4) de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, en concordancia con los numerales 74º MORDAZA parrafo y 192º inciso 3) de la Constitucion Politica del Estado; Que, del estudio de MORDAZA efectuado por la Municipalidad a traves de la Division de Obras Privadas se ha determinado que los contribuyentes vienen evadiendo la multa del 10% del valor declarado de obra que prescribe la Ley Nº 27333 "Complementaria a la Ley Nº 26662" y que modifica el Articulo 36º en su acapite 36.1 de la Ley Nº 27157 respecto del procedimiento para la Declaratoria de Fabrica y del Regimen de Unidades Inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad comun; Que, siendo ello asi; constituye objetivo de la Municipalidad regularizar esta situacion dentro del MORDAZA de la Ley, a efecto de permitir y promover; por unica vez el acceso a la formalizacion en la construccion de las edificaciones que no sobrepasen los tres (3) pisos y que se hubieran efectuado en forma clandestina; Estando a lo expuesto y de conformidad con las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, el MORDAZA unanime del pleno del Concejo y con la dispensa del tramite de aprobacion de acta se aprueba la siguiente Ordenanza: ORDENANZA SOBRE REGULARIZACION DE LICENCIA DE OBRA Articulo Primero.- ESTABLECER en la jurisdiccion del distrito de San MORDAZA de Lurigancho la condonacion del 100% de la multa a las construcciones que se hubieran efectuado con posterioridad al 20 de MORDAZA de 1999, sin contar con su Licencia de Obra. Articulo Segundo.- El beneficio de regularizacion de Licencia de Obra tendra una duracion de 120 dias calendario contados desde el dia siguiente a la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Tercero.- El beneficio MORDAZA senalado se aplicara a todas las edificaciones de uso exclusivo de vivienda hasta 150 m2 de area construida y hasta un MORDAZA de tres pisos construidos. Articulo Cuarto.- ESTABLECER una tasa administrativa unica de S/. 250.00 (Doscientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) para quienes se acogen al presente beneficio vencido el plazo, el procedimiento de obtencion de Licencia de Construccion se sujetara a lo establecido en el MORDAZA de la Municipalidad. Articulo Quinto.- INCLUIR en el presente beneficio a los contribuyentes que tengan un procedimiento de Ejecucion Coactiva pendiente, por este concepto (Multa

por carecer de Licencia de Obra), liberando del pago de costos y gastos administrativos. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Direccion de Desarrollo MORDAZA la ejecucion de la presente Ordenanza. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (e) 32191

Aprueban realizacion de matrimonio civil masivo en establecimiento penal ubicado en el distrito
ORDENANZA Nº 011 San MORDAZA de Lurigancho, 29 de setiembre de 2001 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO Visto: El Documento Simple Nº 7021 de fecha 8 de agosto de 2001, promovido por don MORDAZA MORDAZA Torccello en representacion del Movimiento Misionero del Cuerpo de Cristo, solicita la realizacion de un PROGRAMA MATRIMONIAL CIVIL MASIVO en el Establecimiento Penal de Regimen Cerrado Ordinario "San Pedro"; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru la comunidad y el Estado protegen a la familia y promueven el matrimonio, reconociendoles como institutos naturales y fundamentales de la sociedad, en virtud de ello la gestion municipal debe promover la formalizacion de las uniones de hecho, apoyando a los ciudadanos de la comunidad con la Realizacion de Programas de Matrimonios Masivos, por ser un servicio social dirigido a las familias que no han regularizado su situacion conyugal; Que, mediante el Informe Nº 065-DRRCC-2001/MSJL de fecha 20 de setiembre del ano en curso, la Division de Registros Civiles senala sobre las coordinaciones realizadas con el Movimiento Misionero del Cuerpo de Cristo, recomendando se autorice la realizacion del Programa Matrimonial Civil Masivo; Que, dentro de una politica de resocializacion de los internos del Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Ordinario "San Pedro", se hace necesario brindarles apoyo para que regularicen sus uniones de hecho, tomando en cuenta su situacion economica, por lo que el Concejo amparado en los Articulos 74º y 192º inciso 3) de la Constitucion Politicas del Peru y los Articulos 60º, 66º y 68º inciso b) del Decreto Legislativo Nº 776 y sus normas modificatorias sustitutorias y derogatorias, mediante Ordenanza puede exonerar del pago por concepto de ceremonia, tramites administrativos y certificado medico, debiendo cumplir con todos los requisitos indispensables de acuerdo a ley, sin perjuicio del examen medico respectivo; En uso de las facultades conferidas en los Articulos 10º y 36º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades y sus modificatorias, con el MORDAZA unanime del pleno del Concejo y con la dispensa de la aprobacion de acta se aprobo la siguiente ORDENANZA: "PROGRAMA MATRIMONIAL CIVIL MASIVO" Articulo Primero.- APROBAR la realizacion de la ceremonia de Matrimonio Civil Masivo, a realizarse el dia jueves 11 de octubre de 2001, a horas 10.00 a.m. en el Establecimiento Penal de Regimen Cerrado Ordinario "San Pedro", ubicado en el distrito de San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Segundo.- EXONERAR del pago de tasas por concepto de ceremonia, tramites administra-

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