Norma Legal Oficial del día 24 de Octubre del año 2001 (24/10/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 24 de octubre de 2001

contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 33104 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1000/INC MORDAZA, 4 de octubre de 2001 VISTO, el Acuerdo Nº 210, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion Nº 18, de fecha 20 de junio 2001; y, CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante el Acuerdo Nº 210, de fecha 20 de junio de 2001, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Nacion al Complejo Arqueologico "Maucallacta-Pampacolca", ubicado en el distrito de Pampacolca, provincia de MORDAZA, departamento de Arequipa; Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 004-2000-DE que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Complejo Arqueologico "Maucallacta-Pampacolca", ubicado en el distrito de Pampacolca, provincia de MORDAZA, departamento de Arequipa. Articulo 2º.- Aprobar el Expediente Tecnico del Complejo Arqueologico "Maucallacta-Pampacolca", que contiene la Ficha Tecnica, la Memoria Descriptiva y el plano sin numero a escala 1/2500, fechado en MORDAZA de 2001, que consigna un area de 115.55 hectareas con un perimetro de 5028.93 metros lineales para el mencionado Complejo Arqueologico. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Margesi de Bienes Nacionales la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion del Complejo Arqueologico mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion una vez elaborado su Plano de Delimitacion con la respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Complejo Arqueologico declarado "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura.

Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 33110 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 1001/INC MORDAZA, 4 de octubre de 2001 VISTO, el Acuerdo Nº 046, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion Nº 05, de fecha 6 de febrero de 2001; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante el Acuerdo Nº 046, de fecha 6 de febrero de 2001, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Nacion al Conjunto Arqueologico de "Qocha Urqu", el mismo que comprende los sitios arqueologicos de Tumbay, Oylocon, Pisara y Mutuy Chaqa, ubicados en el distrito de MORDAZA Cangallo, provincia de Cangallo, departamento de Ayacucho; Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 004-2000-DE que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Conjunto Arqueologico de "Qocha Urqu", el mismo que comprende los sitios arqueologicos de Tumbay, Oylocon, Pisara y Mutuy Chaqa, ubicados en el distrito de MORDAZA Cangallo, provincia de Cangallo, departamento de Ayacucho. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Departamental de Cultura - MORDAZA del Instituto Nacional de Cultura que establezca las acciones necesarias para la elaboracion del Plano de Delimitacion del Conjunto Arqueologico MORDAZA mencionado con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Margesi de Bienes Nacionales la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion del Conjunto Arqueologico mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion, una vez elaborado su Plano de Delimitacion con la respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Conjunto Arqueologico declarado "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura.

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