Norma Legal Oficial del día 01 de Septiembre del año 2001 (01/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, sabado 1 de setiembre de 2001

NORMAS LEGALES

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dad del asesor de inversion en anos, describir sus subsidiarias o sucursales y las plazas en las que estan constituidas y la cobertura de sus operaciones). 3.10 Valor total de los activos administrados por el asesor de inversion (Monto actual, en dolares de los Estados Unidos de MORDAZA, de los activos administrados por cuenta de terceros, excluyendo aquellos relacionados con servicio de administracion no discrecional tales como servi-

cios de custodia, preparacion de registros contables y transferencia de fondos, entre otros). 3.11 Funciones del asesor de inversion (Responsabilidades legales que asume ante los participes y principales funciones que desempena). 3.12 Clasificacion de riesgo del asesor de inversion (Solo en caso de estar disponible, indicar MORDAZA clasificacion de riesgo del asesor de inversion, senalando las empresas clasificadoras de riesgo, el ultimo rating obtenido y la fecha de la MORDAZA actualizacion).

ANEXO Nº XIII DETALLE DE OPERACIONES DE REPORTE Y PACTOS DE RECOMPRA

Operacion de reporte o pactos de recompra/1

Fecha inicio

Fecha termino

Codigo del instrumento /2

Valor del Valor final principal /3 /4

Codigo (s) Instrumento /5

Cantidades de unidades como principal /6

Monto requerido de la cobertura /7

Codigo(s) instrumentos en margen de Garantia /8

Cantidad de unidades en margen de garantia /9

Valor de las garantias /10

Exceso (deficit) de la cobertura /11

NOTA: Para cada operacion se registrara los distintos valores entregados como principal y garantia. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. Indicar si es operacion de reporte (OR) o pacto de recompra (PR) Codigo correspondiente a la operacion de reporte o pacto de recompra registrado en el Informe Diario. El valor del principal de la operacion de reporte o pacto de recompra. El valor del principal mas los intereses de la operacion de reporte o pacto de recompra (valor de recompra) Codigo de los instrumentos reportados o comprometidos en el pacto de recompra. Numero de unidades del instrumento reportadas o comprometidas en el pacto de recompra. Monto de la garantia establecida de acuerdo con el margen de garantia requerido por instrumento calculado sobre el valor final (valor de recompra). Codigo de los instrumentos en el margen de garantia de las operaciones de reporte o pacto de recompra. Numero de unidades del (de los) instrumento(s) en margen de garantia. Valorizacion de las garantias a precios del vector de la Superintendencia. Diferencia entre el monto requerido de la cobertura y el valor del margen de garantia a precios del vector de la Superintendencia.

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INDECI
Sancionan con destitucion a servidor del INDECI
RESOLUCION JEFATURAL Nº 324-2001-INDECI MORDAZA, 31 de agosto del 2001 Visto el Oficio Nº 001-2001-CPPAD-INDECI del 19.7.01 del Presidente de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, mediante el cual remite el Informe Nº 001-2001-CPPAD-INDECI, de fecha 18 de MORDAZA del 2001; CONSIDERANDO: Que, por Resoluciones Jefaturales Nºs. 238 y 272-2001INDECI se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al servidor nombrado MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, categoria (SPC) por presunta comision de faltas de caracter disciplinario senaladas en los incisos a) y c) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de la MORDAZA Administrativa, referidos a: incumplimiento de las normas establecidas en dicha Ley y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, incurrir en acto de violencia, grave indisciplina y faltamiento de palabra en agravio de su superior; Que, el servidor procesado ha ejercitado legitima e irrestrictamente su derecho de defensa garantizado por la Constitucion Politica, habiendo presentado sus medios probatorios y el informe oral correspondiente por intermedio de su abogado defensor, siendo que los hechos y pruebas que sustentan la falta administrativa no han sido desvirtuados, por lo que han mantenido su merito absoluto; Que el Presidente de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, remite el Informe Nº 001-2001-CPPAD-INDECI del 18.7.01, respecto al MORDAZA administrativo disciplinario instaurado en contra del servidor administrativo; Que, de la revision y analisis de los hechos ocurridos el dia 14 de marzo del ano 2001, se tiene que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, le falto el respeto

a su jefe inmediato superior el Tte. Crl. MORDAZA TEIXEIRA MICHELENA, al haberlo agraviado de palabra y realizar gestos en forma desafiante, dando mal ejemplo al resto del personal al enfrentarsele abiertamente, faltandole el respeto; Que, la Comision ha realizado todas las diligencias necesarias a fin de esclarecer el grado de responsabilidad del servidor procesado, las investigaciones pertinentes y examinar las pruebas presentadas, concluyendo que se ha acreditado la comision de graves faltas disciplinarias por el servidor procesado, tipificadas en los incisos a) y c) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, tomandose en consideracion como factores agravantes, la reincidencia en la comision de la misma falta disciplinaria, conforme lo dispone el Articulo 27º del Decreto Legislativo Nº 276; Que la mencionada Comision, propuso se le aplique la sancion disciplinaria de destitucion, asi como la inhabilitacion por el periodo de cinco (5) anos de conformidad con lo previsto por el Articulo 1º de la Ley Nº 26488, que modifica el Articulo 30º del Decreto Legislativo Nº 276, disponiendo que el servidor destituido no podra reingresar al servicio publico durante el termino de cinco (5) anos como minimo; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Articulo 85º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y la Ley Nº 26488; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Imponer la sancion de Destitucion al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, categoria (SPC) por haber incurrido en la comision de faltas disciplinarias graves, tipificadas en los incisos a) y c) del Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 -Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico-, concordante con el Articulo 155º inciso d) del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM. Articulo Segundo.- Inhabilitar por el periodo de cinco (5) anos al mencionado servidor administrativo, para desempenarse en la Administracion Publica, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 1º de la Ley Nº 26488. Articulo Tercero.- La Oficina de Administracion del INDECI, notificara bajo cargo la presente Resolucion.

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