Norma Legal Oficial del día 01 de Septiembre del año 2001 (01/09/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, sabado 1 de setiembre de 2001

NORMAS LEGALES

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OSIPTEL
Rectifican valores correspondientes a diversos planes tarifarios por servicios que presta Telefonica del Peru S.A.A., establecidos en la Res. Nº 045-2001-CD/ OSIPTEL
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 042-2001-PD/OSIPTEL MORDAZA, 31 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion del Consejo Directivo Nº 045-2001-CD/OSIPTEL, de fecha 29 de agosto de 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL-, emitio el pronunciamiento que le correspondia respecto de la solicitud de la empresa concesionaria Telefonica del Peru S.A.A., sobre el ajuste de tarifas de los servicios de categoria I, por formula de tarifas tope, que debe aplicarse a partir del 1 de setiembre de 2001; Que la mencionada Resolucion contiene un error en los valores expresados en su Articulo 3º, respecto de las tarifas correspondientes a los planes tarifarios denominados: linea ahorro inicial, linea ahorro personal, linea ahorro familiar, y linea ahorro maxima; error que debe ser rectificado; En aplicacion de lo previsto en el inciso j) del Articulo 86º del Reglamento General de OSIPTEL aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar los valores correspondientes a las tarifas de los planes tarifarios: linea ahorro inicial, linea ahorro personal, linea ahorro familiar, y linea ahorro MORDAZA, senalados en el Articulo 3º de la Resolucion del Consejo Directivo Nº 045-2001-CD/OSIPTEL, segun el detalle siguiente: Nuevos Soles (Sin IGV) Plan Plan Plan Plan Tarifario Tarifario Tarifario Tarifario Linea Linea Linea Linea Ahorro Inicial Ahorro Personal Ahorro Familiar Ahorro MORDAZA 59,09 67,67 84,82 93,40

EL CONCEJO METROPOLITANO DE MORDAZA Vista en Sesion de Concejo de la fecha, la solicitud formulada por la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, mediante Oficio Nº 067-2001-SG-MDMM para la ratificacion de la Ordenanza Nº 91-MDMM, que aprueba la exoneracion del pago de la Tasa de Licencia de Apertura de Establecimientos Comerciales, Industriales y Servicios en su jurisdiccion; De acuerdo con la opinion favorable del Servicio de Administracion Tributaria (SAT) emitida mediante Informe Nº 000507-2001-SAT/04 y Oficio Nº 00505-01SAT/MML de la Jefatura SAT; lo opinado por la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto en su Dictamen Nº 102-2001-MML/CEPP y de acuerdo a lo normado por el Edicto Nº 020, Reglamento Interior del Concejo y la Ordenanza Nº 211, Procedimiento de Ratificacion de Ordenanzas de Caracter Tributario de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima; y, ACORDO: Articulo Unico.- RATIFICAR la Ordenanza Nº 91MDMM de 27 de MORDAZA de 2001, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 2 de agosto, de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, que aprueba la exoneracion del pago de la Tasa de Licencia de Apertura de Establecimientos Comerciales, Industriales y Servicios en su jurisdiccion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Encargado de la Alcaldia 30171

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Prorrogan plazo para acogerse al Beneficio Tributario y Administrativo establecido mediante Ordenanza Nº 92
DECRETO DE ALCALDIA Nº 012-2001 Miraflores, 31 de agosto de 2001 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, el Concejo Distrital de Miraflores, mediante Ordenanza Nº 92 de fecha 25 de junio del 2001, concedio Beneficio Tributario y Administrativo a favor de los contribuyentes y vecinos del distrito de Miraflores; Que, la MORDAZA Disposicion Final de la mencionada Ordenanza faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia pueda prorrogar la fecha de vigencia del beneficio establecido en dicha norma; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 09 de fecha 26 de MORDAZA del 2001, se prorrogo hasta el 17 de agosto del 2001 el plazo de vigencia para acogerse al Beneficio Tributario y Administrativo contenido en la Ordenanza Nº 92; Que, mediante Decreto de Alcaldia Nº 11 de fecha 17 de agosto del 2001, se prorrogo hasta el 31 de agosto del 2001 el plazo de vigencia para acogerse al Beneficio Tributario y Administrativo contenido en la Ordenanza Nº 92; Que, un considerable numero de vecinos de Miraflores ha solicitado se amplie nuevamente el plazo de vigencia para acogerse al beneficio citado en el considerando anterior; Que, siendo politica de esta Municipalidad facilitar a los vecinos de este distrito para que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias y administrativas, se ha considerado conveniente prorrogar el plazo de Beneficio

Articulo 2º.- Lo dispuesto en la presente Resolucion, no afecta, en lo demas, el contenido de la Resolucion del Consejo Directivo Nº 045-2001-CD/OSIPTEL. Articulo 3º.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano, y entrara en vigencia el dia de su publicacion o de su notificacion a la empresa concesionaria Telefonica del Peru S.A.A., lo que ocurra primero. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KUNIGAMI KUNIGAMI Presidente del Consejo Directivo 30153

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican ordenanza de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA que aprueba exoneracion del pago de la Tasa de Licencia de Apertura de Establecimientos Comerciales, Industriales y Servicios
ACUERDO DE CONCEJO Nº 271 MORDAZA, 24 de agosto de 2001

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