Norma Legal Oficial del día 01 de Septiembre del año 2001 (01/09/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 1 de setiembre de 2001

Tributario y Administrativo contenido en la Ordenanza Nº 92; SE DECRETA: Articulo Primero.- Prorrogar hasta el 7 de setiembre del 2001 el plazo para acogerse al Beneficio Tributario y Administrativo establecido en la Ordenanza Nº 92. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Administracion Tributaria y a la Oficina de Ejecucion Coactiva el cumplimiento del presente Decreto. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA KRUGER ESPANTOSO MORDAZA 30204

Articulo Tercero.- La Direccion de Administracion Tributaria queda encargada del cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA KRUGER ESPANTOSO MORDAZA 30205

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA

Modifican articulo de ordenanza que aprueba el Regimen de Aplicacion de Prorrogan vencimiento del plazo para Sanciones de la Municipalidad el pago de la tercera cuota del ImpuesORDENANZA Nº 75-MSS to Predial y Arbitrios del ano 2001 MORDAZA de MORDAZA, 28 de agosto de 2001
DECRETO DE ALCALDIA Nº 013-2001 Miraflores, 31 de agosto de 2001 El MORDAZA de la Municipalidad de Miraflores de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 30º de la Ley Organica de Municipalidades; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 52º del Codigo Tributario, cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, senala que los Gobiernos Locales administran exclusivamente las contribuciones y tasas municipales, MORDAZA estas ultimas, derechos, licencias o arbitrios y, por excepcion, los impuestos que la Ley les asigne; Que, el Articulo 6º de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 776, senala que el Impuesto Predial es un Impuesto Municipal; Que, de conformidad al inciso b) del Articulo 15º de la Ley de Tributacion Municipal, el pago del Impuesto Predial puede realizarse en forma fraccionada, en cuyo caso la tercera cuota vence el ultimo dia habil del mes de agosto de cada ejercicio; Que, el Articulo 29º del Codigo Tributario senala que el plazo para el pago de la deuda tributaria puede ser prorrogado, con caracter general, por la Administracion Tributaria; Que, mediante la Ordenanza Nº 86 de fecha 31 de enero del 2001 se aprobo para el ano 2001; el Regimen Tributario de los arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo en la jurisdiccion del distrito de Miraflores; Que, el Articulo Noveno de la Ordenanza Nº 86 determina que el plazo para el pago de la tercera cuota de los Arbitrios Municipales vence el ultimo dia habil de cada ejercicio; Que, la Sexta Disposicion Final y Transitoria de la Ordenanza Nº 86, faculta al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de dicha Ordenanza; Que, es necesario brindar a los contribuyentes las maximas facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; En uso de las facultades conferidas en el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades, aprobada por Ley Nº 23853; SE DECRETA: Articulo Primero.- Prorroguese hasta el 7 de setiembre del ano en curso, el vencimiento del plazo para el pago del tercer trimestre del Impuesto Predial del ano 2001. Articulo Segundo.- Prorroguese hasta el 7 de setiembre del ano en curso, el vencimiento del plazo para el pago de la tercera cuota de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo del ano 2001.
EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en sesion ordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 67-MSS de fecha 5.JUN.2001, se aprobo el Regimen de Aplicacion de Sanciones de la Municipalidad con el objetivo de normar el procedimiento de deteccion de infracciones, la imposicion y ejecucion de sanciones administrativas previstas en el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas de la Municipalidad de MORDAZA de Surco; Que, el MORDAZA de Legalidad plasmado en el numeral 4.4 del Articulo 4º de la Ordenanza Nº 67-MSS estipula que la infraccion y la sancion deben estar establecidas en normas competentes y los procedimientos de deteccion, notificacion, imposicion y ejecucion de sanciones, deben efectuarse conforme a ley, es decir que la autoridad municipal debe actuar con respeto a la Constitucion, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le esten atribuidas y de acuerdo con los fines que les fueron conferidos, sujetandose al procedimiento establecido respetando las garantias del debido proceso; Que, en el Articulo 7º del acotado cuerpo legal se han regulado los tipos de sanciones aplicables por la Direccion de Fiscalizacion y Control, no habiendose consignado la sancion de remocion, que consiste en retirar los elementos de publicidad exterior que se encuentren instalados sin contar con autorizacion municipal, que obstaculicen el libre MORDAZA de las personas o de vehiculos; que afecten el ornato o que esten colocados sin respetar las condiciones establecidas en la autorizacion municipal; Que, en este orden de ideas deviene en necesario que se modifique el Articulo 7º de la Ordenanza Nº 67-MSS, incluyendo como sancion la remocion, ello en aplicacion a lo senalado precedentemente, en aras que la Direccion de Fiscalizacion y Control como organo de linea competente no incurra en responsabilidad funcional, al momento de evaluar y sancionar a los infractores, ya que solo constituyen sanciones aquellas previstas expresamente en el Cuadro de Sanciones y Escala de Multas y en el Regimen de Aplicacion de Sanciones de la Municipalidad de MORDAZA de Surco; Estando a lo opinado por la Direccion de Fiscalizacion y Control y por la Oficina de Asesoria Juridica, mediante Informes Nº 144-2001-DFC-MSS y Nº 12212001-OAJ-MSS; contando con Dictamen favorable Nº 37-2001-CAL/MSS de la Comision de Asuntos Legales; De conformidad con lo dispuesto por los Articulos 36º inciso 3), 109º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, por Unanimidad aprobo la siguiente: ORDENANZA MODIFICATORIA DEL ARTICULO 7º DE LA ORDENANZA Nº 67-MSS QUE APRUEBA EL REGIMEN DE APLICACION DE SANCIONES Articulo Primero.- Modifiquese el Articulo 7º de la Ordenanza Nº 67-MSS debiendose incluir en el acotado

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