Norma Legal Oficial del día 03 de Abril del año 2002 (03/04/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, miercoles 3 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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el Caribbean Stud Poker en las mesas de juegos de la referida modalidad; Que, de conformidad con el Articulo 149º de la Ley Nº 27444, se procede a la acumulacion de los Expedientes Nºs. 005208 y 005209-2002-MITINCI, por encontrarse directamente relacionados; Que, de acuerdo con el Procedimiento Nº 20 del MORDAZA del MITINCI aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0092002-ITINCI, los interesados en realizar un incremento o reduccion de mesas de juegos deberan cumplir con presentar la relacion de las mesas de juego que se pretende reducir o incrementar, el plano de distribucion de las mesas de juego suscrito por arquitecto o ingeniero civil colegiado, MORDAZA del Informe Tecnico elaborado por el Instituto Nacional de Defensa Civil, documentacion que acredite la adquisicion o costo del bien o en su caso el derecho de explotacion asi como el pago del derecho de tramite equivalente al 10% de la UIT; Que, por su parte, de acuerdo con el Articulo 5º de la Directiva Nº 006-2001-MITINCI/VMT/DNT: "Incorporacion de Pozos Acumulados en los Juegos de Casino", los titulares de una autorizacion de explotacion de juegos de casino interesados en operar un MORDAZA acumulado deberan cumplir con presentar la siguiente informacion y/o documentacion: numero de mesas y nombre de los juegos de casino en los que se incluira el MORDAZA acumulado, denominacion del MORDAZA acumulado, nombre del fabricante y proveedor del mismo asi como los documentos que acrediten el derecho de operacion; Que, de acuerdo con el Articulo 3º de la Directiva Nº 006-2001-MITINCI/VMT/DNT, solo podran explotarse aquellos pozos acumulados previamente aprobados por la Direccion Nacional de Turismo; Que, el MORDAZA acumulado de la modalidad de juego: Caribbean Stud Poker fue autorizado mediante la Resolucion Directoral Nº 753-2001-MITINCI/VMT/DNT que aprobo la Directiva Nº 007-2001-MITINCI/VMT/DNT: "Reglamento de Juego del Caribbean Stud Poker"; Que, las solicitudes para el incremento y retiro de mesas de juego presentadas mediante Expedientes Nºs. 005208 y 005209-2002-MITINCI, conlleva la modificacion del Articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 080-2000-MITINCI/VMT/DNT en virtud de la cual se autorizo a la solicitante la explotacion de juegos de casino en el MORDAZA Hotel; Que, de la evaluacion de las solicitudes presentadas por la empresa se advierte que ha cumplido con los requisitos para la aprobacion del incremento y retiro de mesas de juego solicitadas asi como para la autorizacion del funcionamiento del MORDAZA acumulado de la modalidad de juego: Caribbean Stud Poker; Que, al MORDAZA de lo dispuesto en la Ley Nº 27153, en el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, en las Directivas Nºs. 006 y 007-2001-MITINCI y en el Procedimiento Nº 20 del MORDAZA del MITINCI aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2002-ITINCI. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dispongase la acumulacion de los Expedientes Nºs. 005208 y 005209-2002-MITINCI, por encontrarse directamente relacionados. Articulo 2º- Modifiquese el Articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 080-2000-MITINCI/VMT/DNT, en los terminos siguientes: "Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la Empresa MORDAZA Grupo Diversion S.A. a explotar diecinueve (19) mesas de juego de casino en la Sala de Juegos del MORDAZA Hotel, segun el siguiente detalle:
Nº de Registro JC0001 JC0002 JC0003 JC0004 JC0006 JC0006 JC0007 JC0013 Nombre del Juego de Casino Black MORDAZA Ruleta Francesa Poker Americano Pai Gow Poker Midi Punto y Banca Punto y Banca Craps Caribbean Stud Poker Total de Mesas Autorizadas Nº de Mesas Autorizadas 06 04 01 02 02 01 01 02 19"

Articulo 3º.- Autoricese el funcionamiento del MORDAZA acumulado de la modalidad de juego: Caribbean Stud Poker, en las dos (2) mesas de juego de la referida modalidad autorizadas por la Direccion Nacional de Turismo, el mismo que debera observar para su legitimo funcionamiento todas las reglas y condiciones establecidas en la Directiva Nº 007-2001-MITINCI/VMT/DNT. Articulo 4º.- La presente autorizacion faculta a la empresa MORDAZA Grupo Diversion S.A. a iniciar el MORDAZA acumulado con una suma que en ningun caso podra ser inferior a la contenida en las Planillas de Resultado de Juegos de Casino llevadas por la Direccion Nacional de Turismo. Articulo 5º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Registrese, notifiquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Turismo 5975

INTERIOR
Autorizan a procurador interponer acciones legales contra representante de empresa
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0420-2002-IN/PNP MORDAZA, 13 de marzo del 2002 Visto, los actuados administrativos relacionados con la adquisicion de 517 capotines de drill con capucha, adquiridos a la Empresa Manufactura y Confecciones "BIMBO GOLL E.I.R.L." por parte de la Direccion de Logistica de la Policia Nacional del Peru los mismos que no reunen las especificaciones tecnicas solicitadas en la Orden de Compra-Guia de Internamiento Nº 5052-97 del 21.JUL.97. CONSIDERANDO: Que, con la referida Orden de Compra-Guia de Internamiento se adquirieron 517 capotines de drill con capucha valorizados en S/. 48,804.80 Nuevos Soles a la Empresa Manufactura y Confecciones "BIMBO GOLL E.I.R.L." representada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA, los cuales fueron internados irregularmente en el Almacen Nº 2 - Prendas de la Direccion de Logistica de la PNP, habiendose pagado oportunamente por la DIRECO-PNP la mencionada Orden de Compra segun Comprobante de Pago Nº 10874 de 31.JUL.97; Que, con fecha 26.ENE.2000 se devolvieron 70 capotines a la referida Empresa para ser cambiados, sin embargo pese al tiempo transcurrido no ha cumplido con su reposicion, habiendose determinado mediante Informe Tecnico Nº 220-01-DIRLOG-PNP/EM de 28.AGO.2001 que el lote de 417 capotines que aun se encuentran en los Almacenes de la Direccion de Logistica de la PNP, no reune las especificaciones tecnicas indicadas en la Orden de Compra; Que, es necesario autorizar al Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru para que interponga las acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA representante legal de la Empresa Manufactura y Confecciones "BIMBO GOLL E.I.R.L." de conformidad a lo establecido en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica de la Direccion de Logistica PNP, en el Dictamen Nº 16582001-DIRLOG-PNP/OAJ de 24.OCT.2001; Lo propuesto por el General Director de Logistica de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General Director General de la Policia Nacional del Peru;

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