Norma Legal Oficial del día 03 de Abril del año 2002 (03/04/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, miercoles 3 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 220693

CARTILLA DE INSTRUCCIONES

Las intrucciones que se presentan a continuacion son claras y precisas, por favor lealas con detenimiento MORDAZA de llenar la Declaracion Jurada GENERALES A. El presente Formato sera utilizado para efectos de pagar mensualmente los derechos de pesca del recurso bacalao de profundidad conforme al Articulo 7º de la Resolucion Ministerial Nº 236-2001-PE. B. La entrega del presente formato se efectuara en cualquier Direccion Regional de Pesqueria o en la Sede Central del Ministerio de Pesqueria. C. La informacion a consignarse debera hacerse a maquina o a manuscrito con letra imprenta. ESPECIFICAS MORDAZA (1) Consignar el codigo de pago asignado a la embarcacion pesquera. (2) Indicar la fecha de MORDAZA de la Declaracion Jurada Mensual. (3) Las embarcaciones pesqueras de mayor escala consignaran la capacidad de bodega en m3 establecida en los listados de embarcaciones aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 339-2001-PE; y aquellas embarcaciones de menor escala consignaran la capacidad de bodega establecida en su respectiva Resolucion Autoritativa. (4) Indicar el mes al que corresponde la presente Declaracion Jurada. (5) Se consignara la captura total de bacalao de profundidad expresado en T.M. que corresponda al mes de la declaracion. (6) Indica el valor que corresponde por tonelada metrica de recurso extraido, el cual ha sido establecido a razon de 1.8% UIT/T.M. y sera de aplicacion desde el 1ero. de enero al 31 de diciembre del 2002 (parrafo 7.2 del Articulo 7º de la Resolucion Ministerial Nº 236-2001-PE). El 1.8% de la UIT establecida equivale a S/. 55.80 Nuevos Soles / T.M. de recurso capturado. (7) Colocar el resultado de la multiplicacion de los valores de las casillas (5) y (6). (8) Calcular e indicar el 5% del valor obtenido en la MORDAZA (7). Este porcentaje se refiere al incentivo por pronto pago que se otorga a aquellos armadores pesqueros que efectuen sus pagos en forma mensual y dentro del plazo establecido, segun lo dispuesto en el parrafo 7.4 del Articulo 7º de la Resolucion Ministerial Nº 236-2001-PE, Resolucion Ministerial Nº 105-2002-PE (establece por este ano el MORDAZA plazo para efectuar los pagos correspondientes a los meses de enero y febrero) y el Articulo 41º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE - Reglamento de la Ley General de Pesca. (9) En esta MORDAZA, indicar el monto que resulte de restar los valores contenidos en las casillas (7) - (8). (10) Indicar el monto expresado en Nuevos Soles que corresponda por servicio del SISESAT (sin IGV) del mes que va a declarar; siempre y cuando MORDAZA efectuado el pago dentro del plazo previsto (parrafo 7.4 del Articulo 7º de la Resolucion Ministerial Nº 236-2001-PE y el Articulo 41º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE - Reglamento de la Ley General de Pesca). Usar el MORDAZA de Cambio Promedio Ponderado Compra publicado en el Diario Oficial EL PERUANO por la Superintendencia de Banca y Seguros, de la fecha de pago por el servicio del SISESAT (Articulo 6º de la R.M.Nº 047-2001-PE). (11) Esta MORDAZA solo sera utilizada por aquellos armadores que cuentan con un saldo a favor del ejercicio 2001, siempre que no corresponda al pago por servicio del SISESAT, conforme lo dispuesto en el parrafo 7.4 del Articulo 7º de la Resolucion Ministerial Nº 236-2001-PE y el parrafo 41.2 del Articulo 41º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE - Reglamento de la Ley General de Pesca. (12) Esta MORDAZA solo sera utilizada, en caso cuente con un saldo a favor del mes anterior. (13) Indicar el resultado de la suma de las casillas (10) + (11) + (12). (14) Restar los valores de las casillas (9) - (13). El valor obtenido corresponde al monto que debera pagar el armador pesquero por el mes declarado; en caso el valor resultante fuera negativo (-) debe considerarse dicho monto como saldo a favor para el proximo pago mensual (indiquelo si fuera el caso).

Infomes : Telefonos Fax

224-3254 224-3338

-

224-3229

-

224-3330 Anexo 440

6053

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.