Norma Legal Oficial del día 19 de Abril del año 2002 (19/04/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, viernes 19 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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de la Accion de Control Nº 2-2184-2001-008 "Examen Especial a los contratos suscritos con la Empresa Grupo FERCASA S.A. - periodo enero a agosto de 2001", documento que fuera remitido por el Despacho de Alcaldia con Memorandum Nº 010-2002-A/MSJL de fecha 28 de enero de 2002 y recepcionado por la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios con fecha 28 de enero de 2002; Que, en virtud del Proveido Nº 1546 del 3 de agosto de 2001, el Titular del Pliego, dispuso la realizacion de un ¨Examen Especial¨ a todo lo actuado sobre los contratos suscritos con la Empresa Grupo FERCASA S.A. Que, efectuada la Accion de Control Nº 2-2184-2001-008, y mediante el Informe Nº 009-2001-2-2184, la Direccion de Auditoria Interna, comunica de las presuntas irregularidades existentes en la adjudicacion de la Buena Pro, otorgada a favor de la Empresa Grupo FERCASA S.A. para la Adquisicion de Maquinaria, Equipos, Repuestos y Materiales para la Direccion de Servicios a la Ciudad; asi como el incumplimiento del contrato y el uso inadecuado de los recursos provenientes del Fondo de Compensacion Municipal (FONCOMUN); Que, dentro de las atribuciones conferidas a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, por el Articulo 166º del Decreto Supremo Nº 00590-PCM que aprueba el Reglamento de la MORDAZA Administrativa; esta Comision procedio a la calificacion de las observaciones respectivas, referidas a los siguientes hechos: 1. Que, con Informe Nº 927-2000-DSC/MSJL del 5 de diciembre del 2000, el Director de Servicios a la MORDAZA, solicita declarar en ¨Situacion de Urgencia¨ el Servicio de Limpieza Publica del distrito, ante la inoperatividad de una flota vehicular antigua, que imposibilitaba la recoleccion y transporte de los residuos solidos en forma diaria. 2. Que, en virtud al documento precedentemente mencionado, el mismo que no acompanaba el Informe Tecnico Legal correspondiente, se emitio el Acuerdo de Concejo Nº 054 de fecha 22 de diciembre de 2000, que declaraba en ¨Situacion de Urgencia¨ al Servicio de Limpieza Publica del distrito de San MORDAZA de Lurigancho, por un lapso de sesenta (60) dias calendario prorrogandose la misma por un plazo igual, a traves del Acuerdo de Concejo Nº 013 del 28 de febrero de 2001, en tanto se lleve a cabo el MORDAZA de Seleccion del Concurso Publico Nº 001-2001-MSJL; autorizandose -para tales efectos- la exoneracion del MORDAZA de seleccion al MORDAZA del Articulo 19º inciso c) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Nº 26850, procediendose a la adquisicion de bienes y/o contratacion de servicios por la Direccion de Administracion, a traves de la Unidad de Abastecimiento de esta Comuna MORDAZA, mediante un Procedimiento de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia, en tanto subsistiera la ¨Situacion de Urgencia¨ declarada. 3. Que, dado los antecedentes expuestos, se procedio a la expedicion de las Resoluciones de Alcaldia Nºs. 083 de 29 de enero de 2001, 188 de 19 de febrero de 2001 y 473 de 19 de MORDAZA de 2001; aprobandose contratos con la Empresa Grupo FERCASA S.A., por S/. 687,707.54, S/. 659,799.36 y S/. 115,780.57 Nuevos Soles respectivamente. 4. Que, a fin de sustentar el MORDAZA de adjudicacion, los funcionarios responsables presentaron un Cuadro Comparativo de Propuestas Economicas de tres (3) postores, entre los que se consideran a la Empresa GRUPO FERCASA S.A., Empresa ¨Industria Grupo Acolla¨ y la ¨Casa del Volquete SRL¨; acompanando -ademas- las Cartas Propuestas de las dos ultimas empresas mencionadas. 5. En merito a la Carta Nº 018-DAI/MSJL del 24 de setiembre de 2001, de la Direccion de Auditoria Interna, el Gerente General -Sr. Eli MORDAZA Alcalde- de la Empresa ¨La MORDAZA del Volquete SRL¨, remite a esta Corporacion MORDAZA, la comunicacion de fecha 1 de octubre de 2001, donde desvirtua los argumentos de descargo de los funcionarios responsables de la Adjudicacion Directa desarrollada para la Contratacion de la Empresa GRUPO FERCASA, al manifestar ¨no haber cursado pro forma alguna a la Municipalidad, desconociendo la firma en dicho documento, aparentemente realizada por su persona... (sic) ¨. Agre-

gando, que solo presto servicios a las Unidades de este Municipio, a solicitud de la Empresa GRUPO FERCASA S.A.; lo que no se encuentra contemplado en los contratos suscritos, por no haber autorizacion expresa para dicha subcontratacion. Asimismo, mediante Carta Nº 019-DAI/MSJL de fecha 24 de setiembre de 2001, se requirio a la Empresa postora -¨Industria Grupo Acolla¨-, a efectos que ratifique su propuesta, y al no haberse dado respuesta a esta hasta la fecha, ha quedado evidenciada la ausencia de participacion por parte de la empresa mencionada. 6. Que, conforme es de apreciarse de los Comprobantes de Pago Nºs. 214 de fecha 1 de febrero de 2001, 547 del 22 de febrero de 2001, 923 de fecha 16 de marzo de 2001 y 1459 del 18 de MORDAZA de 2001; los funcionarios responsables autorizaron e hicieron desembolsos a favor de la empresa Grupo FERCASA S.A. por las sumas de S/. 412,624.52, S/. 412,624.52; S/. 275,083.04 y S/. 69,468.34 Nuevos Soles respectivamente; los cuales fueron cobrados por su Gerente General Sr. MORDAZA MORDAZA Caceda Caceda, identificado con D.N.I. Nº 06362703, conforme a vigencia de poder, segun Registro Nº 90 del Banco de la Nacion. 7. Del mismo modo, sobre la base de dos (2) cartas sin numero, emitidas por la Municipalidad con fecha 6 de junio de 2001, se giraron dos (2) Cheques de Gerencia signados con los numeros 403902 por la suma de S/. 247,174.84 y 403903 por un monto de S/. 43,312.23 respectivamente; tambien cobrados por el senor MORDAZA MORDAZA Caceda Caceda, en su condicion de Gerente General de la empresa Grupo FERCASA S.A. Montos desembolsados -en su oportunidad-, por concepto de adquisicion de maquinarias, equipos, repuestos y materiales, para la Direccion de Servicios a la MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, por un periodo del 29 de enero al 5 de marzo de 2001 (Primer Contrato); 19 de febrero al 9 de MORDAZA de 2001 (Segundo Contrato), y 16 de MORDAZA al 22 de MORDAZA de 2001 (Tercer Contrato) respectivamente. 8. Que, la Empresa Grupo FERCASA S.A., en base al primer contrato suscrito por ocho (8) vehiculos, retira con fecha 2 de febrero de 2001 cuatro (4) unidades; de las cuales -con fecha 15 de marzo de 2001- entrega tres (3) unidades repotenciadas, y una en calidad de venta; las mismas que, segun se desprende del Informe Tecnico de fecha 2 de MORDAZA de 2001 evacuado por los ingenieros mecanicos: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (CIP Nº 19312) y MORDAZA MORDAZA MORDAZA (CIP Nº 46249), designados por el Instituto de Motores de Combustion Interna de la Universidad Nacional de Ingenieria; presentan deficiencias en la reparacion de los mecanismos de vaciado de carga, frenos y de sistema hidraulico de la madrina. Advirtiendose una instalacion de motores deficiente, fallas tecnicas en la reparacion del tracto FORD 1.800 con numero VIN1F1YU821895VA53042; asi como utilizacion de material inadecuado, que no correspondia a los extremos contemplados en los contratos suscritos con la empresa MORDAZA veces mencionada. 9. Con respecto al MORDAZA contrato, la precitada empresa, retira -con fecha 2 de febrero de 2001-, vale decir, MORDAZA de suscribirse el contrato definitivo en estos extremos, una unidad, la misma que no ha sido entregada a la fecha. Asimismo, en lo que atane al tercer contrato por dos (2) unidades, retira aquellas con fecha 2 de febrero; tambien MORDAZA de la suscripcion del respectivo contrato. Evidenciandose, de este modo, que tanto el MORDAZA, como el tercer contrato, fueron firmados a efectos de regularizar la salida de tres (3) vehiculos. 10. Que, mediante Oficio Nº 001-2001-DSC/MSJL del 4 de junio de 2001, el Director de Servicios a la MORDAZA en aquella fecha, senalo que los vehiculos entregados por la empresa de marras, en ejecucion del Primer Contrato, presentaban fallas mecanicas. Hecho que fuera corroborado con la visita efectuada a la Direccion precitada, donde se advierte la inexistencia de conformidad en su recepcion; apreciandose solo un Acta Provisional fechada hacia el 15 de marzo de 2001, que acota como salvedad: ¨ (...) hasta la verificacion posterior por parte de tecnicos especializados¨. Acta esta, que fuera suscrita por los Srs. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en su calidad de Director de Servicios a la MORDAZA, Jefe de Abastecimiento

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