Norma Legal Oficial del día 08 de Agosto del año 2002 (08/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, jueves 8 de agosto de 2002

NORMAS LEGALES

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una forma de fortalecer la cultura del secreto". Sugiere, por tanto que se corrija el Articulo 15º de la ley que regula las excepciones al acceso a la informacion publica. Por su parte, la Sociedad Interamericana de Prensa con fecha 2 de agosto del 2001 solicito en una carta remitida al Presidente de la Republica que la ley "sea revisada por cuanto contiene excepciones que restringen el derecho de los ciudadanos a estar informados y limita la actividad periodistica". SE RESUELVE: Primero.- SOLICITAR al Congreso de la Republica que revise la Ley Nº 27806, Ley de transparencia y acceso a la informacion publica, en especial las normas referidas a las excepciones previstas por el Articulo 15º, y al tratamiento privilegiado de las Fuerzas Armadas y Policia Nacional establecido en el Articulo 2º de la Ley. Segundo.- ENCARGAR a la Adjuntia en Asuntos Constitucionales la elaboracion de una accion de inconstitucionalidad contra los Articulos 2º y 15º de la Ley Nº 27806, Ley de transparencia y acceso a la informacion publica para su MORDAZA ante el Tribunal Constitucional. Tercero.- DISPONER que la presente resolucion se incluya en el Informe Anual del Defensor del Pueblo al Congreso de la Republica, de conformidad con el Articulo 27º de la Ley Nº 26520, Ley Organica de la Defensoria del Pueblo. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Defensor del Pueblo en Funciones 14131

Articulo Tercero.- Poner en conocimiento de la Oficina Nacional de Procesos Electorales y del MORDAZA Electoral Especial de Contumaza la presente Resolucion para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 14081

Disponen inscripcion de Versa Servicios Generales S.A.C. en el Registro Electoral de Encuestadoras
RESOLUCION Nº 266-2002-JNE
MORDAZA, 6 de agosto de 2002 VISTA: La solicitud de inscripcion de la empresa VERSA SERVICIOS GENERALES S.A.C. en el Registro Electoral de Encuestadoras del MORDAZA Nacional de Elecciones, presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Samame, en representacion de la empresa senalada, a fin de realizar encuestas especialmente en la region Loreto; CONSIDERANDO: Que solo podra publicarse o difundirse en los medios de comunicacion el resultado de las encuestas electorales elaboradas por las personas o instituciones que esten debidamente inscritas ante el MORDAZA Nacional de Elecciones, de conformidad con lo establecido en el Articulo 18º de la Ley Nº 27369; Que mediante Resolucion Nº 142-2001-JNE de fecha 8 de febrero del ano 2001, se ha creado el Registro Electoral de Encuestadoras para la inscripcion de todas aquellas personas o instituciones que realicen o deseen realizar encuestas, sondeos de opinion o proyecciones de cualquier naturaleza relacionadas con la intencion del MORDAZA de los ciudadanos en los procesos electorales; Que la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos que se exige para la inscripcion en el Registro Electoral de Encuestadoras, como son: a) solicitud dirigida al MORDAZA Nacional de Elecciones, b) nombre de la encuestadora, c) testimonio de la escritura publica de constitucion, d) domicilio, y e) pago de la tasa correspondiente; de conformidad con lo establecido en el Articulo 4º del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras aprobado por Resolucion Nº 142-2001-JNE; Que cumplidos los requisitos senalados en el considerando anterior, se debe inscribir a la empresa encuestadora, asignandole un numero de registro y abriendose la partida correspondiente donde se anotara los actos posteriores, de conformidad con lo senalado en el Articulo 5º del Reglamento del Registro Electoral de Encuestadoras; Que la publicacion o difusion de encuestas electorales y de proyecciones de cualquier naturaleza sobre el resultado de las elecciones regionales y municipales del ano 2002, solo podra realizarse en los medios de comunicacion hasta el MORDAZA anterior al dia de las elecciones, incluyendose el uso de las paginas Web que mantengan en Internet las encuestadoras, las empresas de radio, de television y de prensa escrita, de conformidad con lo establecido en el Articulo 191º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Inscribir en el Registro Electoral de Encuestadoras a la empresa VERSA SERVICIOS GENERALES S.A.C. debiendo sujetarse su actividad a las atribuciones y prohibiciones establecidas en las normas electorales pertinentes.

JNE
Proclaman miembro titular del MORDAZA Electoral Especial de Contumaza
RESOLUCION Nº 265-2002-JNE
MORDAZA, 6 de agosto de 2002 VISTO: El Oficio Nº 001-2002-JEE-CONTUMAZA, del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Uriel, Presidente del MORDAZA Electoral Especial de Contumaza, comunicando la renuncia como Miembro Titular del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por enfermedad; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 223-2002-JNE de fecha 28 de junio del ano 2002, el MORDAZA Nacional de Elecciones publico la relacion de los miembros titulares seleccionados para los ciento veinticinco (125) Jurados Electorales Especiales definidos en el MORDAZA de elecciones regionales y municipales en curso; Que para la juramentacion y posesion del cargo de miembro titular de MORDAZA Electoral Especial, los ciudadanos seleccionados deben acreditar ante el Presidente del MORDAZA Electoral Especial correspondiente el grado de instruccion y la residencia efectiva en la sede de la circunscripcion electoral; de conformidad con lo previsto en el Articulo 11º del Reglamento de Constitucion de Jurados Electorales Especiales aprobado por Resolucion Nº 179-2002JNE; y, vista la relacion de ciudadanos seleccionados mediante sorteo publico para el MORDAZA Electoral Especial de Contumaza; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Proclamar como miembro titular del MORDAZA Electoral Especial de Contumaza al senor Yhony MORDAZA MORDAZA Munoz a fin de completar dicho MORDAZA para el MORDAZA de elecciones regionales y municipales del ano 2002. Articulo Segundo.- Precisar que el periodo a ser tenido en cuenta para el pago de las remuneraciones del miembro titular nombrado en el articulo anterior corre a partir de la juramentacion del mismo ante el Presidente del MORDAZA respectivo.

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