Norma Legal Oficial del día 22 de Diciembre del año 2002 (22/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 22 de diciembre de 2002

MINCETUR
Aprueban Texto Unico de Procedimientos Administrativos de CONAFRAN
DECRETO SUPREMO Nº 013-2002-MINCETUR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 021-2001-ITINCI, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Comision Nacional de Zonas Francas, de Tratamiento Especial Comercial y Zonas Especiales de Desarrollo ­ CONAFRAN; Que, de acuerdo a lo establecido en la Tercera Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, las entidades de la Administracion Publica deben adecuar y aprobar su Texto Unico de Procedimientos Administrativos conforme a las normas de dicha Ley; Que, resulta necesario adecuar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Comision Nacional de Zonas Francas, de Tratamiento Especial Comercial y Zonas Especiales de Desarrollo ­ CONAFRAN. a los procedimientos establecidos en la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; DECRETA: Articulo 1º.- Aprobar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Comision Nacional de Zonas Francas, de Tratamiento Especial Comercial y Zonas Especiales de Desarrollo ­ CONAFRAN, que contiene 34 procedimientos y 7 servicios, conforme al texto anexo que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- Dejar sin efecto el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Comision Nacional de Zonas Francas, de Tratamiento Especial Comercial y Zonas Especiales de Desarrollo ­ CONAFRAN aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2001-ITINCI. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciocho dias del mes de diciembre del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo

DIARIO OFICIAL

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extension igual o mayor a dos (2) paginas de texto, se requerira la MORDAZA adjunta de disquete. 4.- Las normas y sentencias ademas, deben ser remitidas en disquete o al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe. 5.- Cualquiera sea la cantidad de paginas, si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan venir en diskette y trabajados en Excel una linea por celda sin justificar y, si contuvieran graficos, estos deberan ser presentados en formato EPS o TIF a 600 DPI y en escala de grises.

LA DIRECCION

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