Norma Legal Oficial del día 31 de Diciembre del año 2002 (31/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
II. FINALIDAD

MORDAZA, martes 31 de diciembre de 2002

Que mediante Ley Nº 27879 se aprobo el Presupuesto del Sector Publico correspondiente al Ano Fiscal 2003; Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8.1 del articulo 8º de la Ley Nº 27209, Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, el Titular del Pliego es responsable de las Funciones, Programas, Subprogramas, Actividades y Proyectos a su cargo, que conllevan al logro de los objetivos nacionales e institucionales y en lo especifico, al cumplimiento de las metas establecidas en los presupuestos institucionales; Que de acuerdo a lo senalado en los articulos 4º, 6º, 8º, 17º, 20º de la Ley Nº 27209, es necesario establecer mecanismos de procedimiento que permitan a la Secretaria de Planificacion Estrategica del Ministerio de Educacion, conducir el MORDAZA de Programacion, Formulacion, Aprobacion, Ejecucion y Control del Presupuesto, para los que se deben emitir las Directivas e Instructivos correspondientes; Que el articulo 55º de la Ley Nº 27209, senala que los Presupuestos Institucionales de los Pliegos Presupuestarios se articulan con los Planes Estrategicos del Pliego que reflejen la Mision y Vision del mismo, desde una perspectiva de mediano y largo plazo, propendiendo a la consecucion de sus Objetivos Estrategicos en el MORDAZA de la politica general de Gobierno; Que, resulta pertinente establecer las normas tecnicas de las fases de Formulacion, Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario que permitan fortalecer progresivamente la Gestion Institucional de los Pliegos, para cuyo efecto, deben precisarse las pautas y criterios metodologicos que aseguren concebir el Presupuesto Institucional como la principal herramienta de la gestion de las Entidades del Sector Publico para el logro de los Objetivos Institucionales trazados por cada Pliego; y, Que, de otro lado, es necesario articular las fases de ejecucion y evaluacion presupuestal con instrumentos que permitan compatibilizar los mecanismos de cada una de ellas, de conformidad con lo dispuesto por el inciso 2 del articulo 55º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED, y la Ley Nº 27209 - Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, la Directiva Nº 001-2003EF/76.01 - Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la Directiva Nº 001-2003-ME/ SPE-UP "Normas Complementarias para la Ejecucion del Presupuesto en los Programas de Educacion Basica y Educacion Superior no Universitaria para el Ano 2003 y Funcionamiento de Comites de Programacion de Plan y Presupuesto (CPPP)", que forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion DIRECTIVA Nº 001-2003-ME/SPE-UP NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA LA EJECUCION DEL PRESUPUESTO EN LOS PROGRAMAS DE EDUCACION BASICA Y EDUCACION SUPERIOR NO UNIVERSITARIA PARA EL ANO 2003 Y FUNCIONAMIENTO DE COMITES DE PROGRAMACION DEL PLAN Y PRESUPUESTO (CPPP) I. OBJETIVO Mejorar los niveles de eficiencia y eficacia en la gestion del sistema administrativo presupuestario del sector, orientada a garantizar una adecuada distribucion y uso de los recursos publicos, en la ejecucion de las metas presupuestarias programadas, necesarias para el logro de los objetivos institucionales aprobados en el Plan Operativo Institucional.

Promover un MORDAZA participativo en la planificacion y ejecucion del MORDAZA presupuestario al interior de las Unidades Ejecutoras, del Pliego 010 Ministerio de Educacion y de las Direcciones Regionales de Educacion, distribuyendo objetivamente los recursos asignados en el Calendario de compromisos autorizados, asi como realizar el control del gasto, velando por la correcta utilizacion de los recursos publicos, orientados al cumplimiento de metas en funcion a los objetivos institucionales. III. AMBITO DE APLICACION La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio en todas las Unidades Ejecutoras, del Pliego 010 Ministerio de Educacion y de las Direcciones Regionales de Educacion. IV. BASE LEGAL - Ley Nº 27209 Ley de Gestion Presupuestaria del Estado. - Ley Nº 27879 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2003. - Ley Nº 27658 Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado. - Directiva Nº 001-2003-EF/76.01 Directiva para la Aprobacion, Ejecucion y Control del MORDAZA Presupuestario del Sector Publico del Ano Fiscal 2003. - Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Educacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-96-ED. - Reglamento de Organizacion y Funciones de las Direcciones Regionales de Educacion y de las Unidades de Gestion Educativa, aprobado por D.S. Nº 015-2002-ED. - Reglamento de Organizacion y Funciones de las Direcciones de Educacion de MORDAZA y Callao y de las Unidades de Servicios Educativos, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 114-2001-ED. - Ley Nº 27785 Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica. - Ley Nº 27815 Ley del Codigo de Etica de la Funcion Publica. - Resolucion Ministerial Nº 084-2001-EF/10 Directiva para la Formulacion de los Planes Estrategicos Sectoriales Multianuales y los Planes Estrategicos Institucionales para el Periodo 2002-2006. V. NORMAS GENERALES 5.1 El Comite de Programacion del Plan y Presupuesto, es una instancia colegiada de gestion institucional, que tiene como funcion principal, la priorizacion de metas presupuestarias, asi como la distribucion equitativa de los presupuestos autorizados en los Calendarios Mensuales de Compromisos, a fin de contribuir al cumplimiento de los objetivos institucionales, a la correcta, eficiente y transparente utilizacion de los recursos para el cumplimiento de metas. 5.2 El Comite de Programacion del Plan y Presupuesto se crea mediante Resolucion Directoral, aprobado por el Titular de la Unidad Ejecutora. (Modelo en el Anexo Nº 1). 5.3 El Comite de Programacion del Plan y Presupuesto, estara integrado por el Titular de la Unidad Ejecutora, el titular del organo de Presupuesto, de Programacion o de quien haga sus veces, Titulares de los Organos de Apoyo, de Linea y responsables de las Unidades de Costeo o meta presupuestal. 5.4 La designacion de los responsables de las Metas Presupuestarias, se efectuara mediante Resolucion Directoral, (Modelos en los Anexos 4A y 4B). 5.5 El Comite de Programacion del Plan y Presupuesto, es responsable de la distribucion del Calendario de Compromisos Autorizados en concordancia con el Plan Operativo Institucional (POI) 5.6 El Comite de Programacion del Plan y Presupuesto, no debe asumir compromisos que exceda el monto aprobado en el calendario de compromisos, debiendo priorizar en la Generica de Gasto correspondiente el pago de remuneraciones y servicios basicos. 5.7 El Comite no es un mecanismo para vulnerar la Ley de Presupuesto ni sus Directivas, por el contrario, constituye la instancia colegiada que MORDAZA por el cumplimiento de las normas presupuestarias y del POI.

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