Norma Legal Oficial del día 31 de Diciembre del año 2002 (31/12/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 31 de diciembre de 2002

proclamacion de resultados y de autoridades electas en el distrito de Quilahuani. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 23149

Articulo Segundo.- Remitir a la Oficina Nacional de Procesos Electorales la presente Resolucion para el computo definitivo de resultados necesario para el tramite de proclamacion de resultados y de autoridades electas en el distrito de Heroes de MORDAZA (Chucatamani). Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 23151

Revocan resoluciones expedidas por los Jurados Electorales Especiales de Tarata, Cajabamba, Yauyos y Chiclayo
RESOLUCION Nº 1082-2002-JNE
Expediente Nº 2104-2002-Apelacion MORDAZA, 23 de diciembre de 2002 VISTO: En audiencia publica del 23 de diciembre de 2002, la apelacion interpuesta por el Movimiento Independiente Fuerza Agrario contra la Resolucion Nº 2282002-JNE-TARATA, de fecha 9 de diciembre de 2002 emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Tarata que declara fundada la nulidad de las elecciones municipales desarrolladas en el distrito de Heroes de MORDAZA (Chucatamani), provincia de Tarata, departamento de Tacna; CONSIDERANDO: Que los hechos alegados para solicitar la nulidad estan referidos a cambios de domicilios producidos a partir del mes de MORDAZA del presente ano; que en numero de 146 personas se habria realizado, tal como se ha denunciado a fojas 61 y 62, con el objeto de favorecer con los votos de los ciudadanos al Movimiento Independiente Fuerza Agrario; asi como por actos de soborno dirigidos a electores del distrito de Heroes de MORDAZA (Chucatamani), para que voten a favor de la lista municipal patrocinada por este movimiento; Que si bien los cambios de domicilio senalados se han producido tal como se acredita con el reporte levantado por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, corriente de fojas 127 a 140, estos no implican por si la comision de un fraude electoral; ni tampoco se ha senalado de que manera el incremento de electores habria variado el resultado de la votacion producida en el distrito de Heroes de MORDAZA (Chucatamani); Que las actas electorales de las mesas de sufragio del distrito de Heroes de MORDAZA (Chucatamani), no han sido observadas ni impugnadas en cuanto a la validez de la votacion producida; no habiendose acreditado graves irregularidades que configuren alguna causal de nulidad contenida en los articulos 364º y 365º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, y articulo 36º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el Movimiento Independiente Fuerza Agraria; en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 228-2002-JNE-TARATA de fecha 9 de diciembre de 2002 emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Tarata que declara la nulidad de las elecciones municipales desarrolladas en el distrito de Heroes de MORDAZA (Chucatamani), provincia de Tarata, departamento de Tacna; y, declarar valido el computo de la votacion municipal realizada en dicho distrito.

RESOLUCION Nº 1084-2002-JNE
Expediente Nº 2105-2002-JNE MORDAZA, 23 de diciembre de 2002 VISTO: En audiencia publica del 23 de diciembre de 2002, la apelacion interpuesta por el Movimiento Independiente Regional "Todos por Tacna" contra la Resolucion Nº 2302002-JNE-TARATA, de fecha 9 de diciembre de 2002 emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Tarata que declara fundada la nulidad de las elecciones municipales desarrolladas en el distrito de Estique MORDAZA, provincia de Tarata, departamento de Tacna; CONSIDERANDO: Que la nulidad resuelta por el MORDAZA Electoral Especial de Tarata se sustenta en graves irregularidades que se habrian producido en el distrito de Estique MORDAZA debido al incremento de electores respecto del padron electoral utilizado en las elecciones generales del 2001, habiendo hecho cambio de domicilio 265 personas a partir del 1 de febrero hasta el 20 de MORDAZA del presente ano, fecha del cierre del padron electoral; Que no se ha presentado pruebas suficientes e idoneas que acrediten los hechos denunciados; no se ha senalado de que manera el incremento de electores habria variado el resultado de la votacion producida en el distrito de Estique Pampa; y, mucho menos se ha identificado a la organizacion politica que habria sido favorecida con los votos de los electores que no residirian en la localidad ni se ha senalado a un responsable o instigador de los cambios de domicilio producidos; Que las actas electorales de las mesas de sufragio del distrito de Estique MORDAZA, no han sido observadas ni impugnadas en cuanto a la validez de la votacion producida; no encontrandose graves irregularidades que configuren alguna causal de nulidad de elecciones de las contenidas en el articulo 363º de la Ley Organica de Elecciones Nº 26859, y en el articulo 36º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; Por estas consideraciones, el MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelacion interpuesto por el Movimiento Independiente Regional "Todos por Tacna"; en consecuencia, REVOCAR la Resolucion Nº 230-2002-JNE-TARATA de fecha 9 de diciembre de 2002 emitida por el MORDAZA Electoral Especial de Tarata que declara la nulidad de las elecciones municipales desarrolladas en el distrito de Estique MORDAZA, provincia de Tarata, departamento de Tacna; y, declarar valido el computo de la votacion municipal realizada en dicho distrito. Articulo Segundo.- Remitir a la Oficina Nacional de Procesos Electorales la presente Resolucion para el computo definitivo de resultados necesario para el tramite de procla-

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