Norma Legal Oficial del día 13 de Enero del año 2002 (13/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

P ag. 215592
CONSIDERANDO:

N O R M A S LEGA LES

Li a,dom i 13 de ener de 2002 m ngo o

Que por Resolucion Directoral Nº 199-2001-PE/DNEPP, del 4 de setiembre del 2001 se declaro improcedente la solicitud de autorizacion de incremento de flota presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para la construccion de una embarcacion de MORDAZA a denominarse "ROSITA " de 80 m3 de volumen de bodega insulada, utilizando sistema de preservacion CSW y hielo como medio de preservacion a bordo y equipada con espinel o palangre, para extraer los recursos atun y especies afines con destino al consumo humano directo; Que mediante el escrito del visto, la recurrente interpone recurso de reconsideracion contra la Resolucion Directoral Nº 199-2001-PE/DNEPP, aduciendo que el Decreto Supremo Nº 031-2001-PE atenta contra el MORDAZA de libre empresa propugnado en nuestra Constitucion Politica al vulnerar iniciativas de inversion privada y brindar un tratamiento discriminatorio a las embarcaciones de MORDAZA, y que no ha sido contemplado en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del Atun y Especies Afines, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-PE; Que el Articulo III del Titulo Preliminar del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS establece que en todo procedimiento administrativo debe observarse el ordenamiento legal vigente; en tal sentido, lo dispuesto en el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 031-2001-PE, de no otorgar autorizaciones de incremento de flota ni los correspondientes permisos de pesca a ninguna clase de embarcacion pesquera de MORDAZA de menor y mayor escala en el ambito maritimo es de obligatorio cumplimiento; por lo que, el recurso de reconsideracion interpuesto deviene improcedente; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera mediante Informe Nº 527-2001-PE/Dap y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el Articulo 98º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, modificado por la Ley Nº 26810, aplicable al presente caso de acuerdo a lo dispuesto en la Primera Disposicion Transitoria de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444; y, En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente el recurso de reconsideracion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 199-2001-PE/ DNEPP del 4 de setiembre del 2001, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 0716

Familiar - INABIF ha evidenciado indicios razonables de presunta responsabilidad penal por parte de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, Directora; MORDAZA Aco Coaguila, Psicologa; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Educadora Integral; Marleny MORDAZA MORDAZA, ex profesora del Taller de Computacion; MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Educadora Integral; y, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Educadora Integral del Hogar Virgen de MORDAZA - Chejona - MORDAZA, por someter a las menores albergadas a continuos y sistematicos maltratos fisicos y psicologicos, a pesar de estar bajo su autoridad por ser personal especializado del INABIF destinado al cuidado, tratamiento y reinsercion social de dichas menores; Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso f) del Articulo 16º del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control, los informes y/o dictamenes resultado de una accion de control emitidos por cualquier organo del sistema constituyen prueba preconstituida para la iniciacion de las acciones administrativas y/o legales a que hubiera lugar; Que en consecuencia, resulta necesario autorizar a la senora Procuradora Publica encargada de la representacion y defensa de los intereses del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH, a fin de que se inicie e impulse las acciones legales correspondientes con el objeto de salvaguardar los intereses de la Institucion; De conformidad con lo establecido por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 - Ley de Representacion y Defensa Judicial del Estado, modificado por Decreto Ley Nº 17667 y el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano PROMUDEH y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie e impulse las acciones legales contra las personas mencionadas en el "Informe Especial sobre maltrato fisico y/o psicologico a menores albergadas en el Hogar Virgen de MORDAZA - Chejona - Puno" y los que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 0707

RELACIONES EXTERIORES
A ut zan pago a l O rgani ori a MORDAZA de l on as N aci ones U ni das
RESOLUCION SUPREMA Nº 018-2002-RE
MORDAZA, 11 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que es obligacion del Peru cumplir con el pago priorizado de las cuotas y adeudos a los organismos internacionales, de manera que permita potenciar la capacidad de negociacion en las gestiones diplomaticas y acrecentar el beneficio de los flujos de cooperacion y asistencia tecnica internacional; Que en consecuencia, es necesario autorizar dicho pago con cargo al presupuesto asignado al Ministerio de Relaciones Exteriores para el ejercicio presupuestal 2002; Que la cancelacion de las cuotas priorizadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores seran atendidas de acuerdo a la disponibilidad de la MORDAZA Fiscal; De conformidad con lo establecido en el Articulo 27º numeral 27.1 de la Ley Nº 27573 -Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2002-; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el pago de OCHOCIENTOS NOVENTICINCO MIL DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA (US$ 895 000,00) a la Organizacion

PROMUDEH
A ut zan a procuradora i ci proceori ni ar so j ci a responsabl de m al rat udi al es t o f si y psi ogi a m enores al i co col co bergadas en el H ogar V i rgen de Fat m a i C hej ona - MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 021-2002-PROMUDEH
MORDAZA, 10 de enero de 2002 Vistos el Oficio Nº 526-2001/INABIF-P, de fecha 13 de diciembre del 2001, del Instituto Nacional de Bienestar Familiar; CONSIDERANDO: Que de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho del Informe Nº 20-IE-06-2001-02-0309, "Informe Especial sobre maltrato fisico y/o psicologico a menores albergadas en el Hogar Virgen de MORDAZA - Chejona - Puno", la Oficina de Auditoria Interna del Instituto Nacional de Bienestar

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