Norma Legal Oficial del día 13 de Enero del año 2002 (13/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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De otro lado, resulta pertinente regular lo referente a la organizacion de la partida registral en el Libro de los CAFAE. En atencion a que como se ha senalado precedentemente, estos, no son personas juridicas en estricto, sino organizaciones de personas naturales cuyo objeto es la administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo de los trabajadores de un organismo determinado, resulta pertinente que en estos casos, por excepcion y en concordancia con lo dispuesto por el ultimo parrafo del Articulo IV del Titulo Preliminar del MORDAZA Reglamento General de los Registros Publicos, la partida registral se organice en funcion del organismo en el cual se constituye el CAFAE, y no en funcion de este. Asimismo, en atencion a que, como se ha indicado ya, los CAFAE se constituyen y extinguen cada dos anos, carece de objeto inscribir los actos constitutivos de los CAFAE anteriores a los vigentes. En tal sentido, la primera inscripcion sera la del acto constitutivo del CAFAE vigente, a partir del cual se inscribiran, sucesivamente, todos los actos constitutivos de los CAFAE posteriores del mismo organismo. Igualmente, se inscribira el Reglamento Interno del primer CAFAE inscrito y, sucesivamente, las ratificaciones o modificaciones que los nuevos CAFAE realicen al mismo. De otro lado, cabe senalar que el Articulo 7º, literal b), del Decreto Supremo Nº 006-75-INAP, establece como una de las funciones y obligaciones de los CAFAE, promover el establecimiento de Subcomites regionales, departamentales, zonales y locales que MORDAZA necesarios; sin embargo, no existe ninguna MORDAZA que regule la constitucion, funcionamiento ni inscripcion de dichos subcomites, vacio legal que debe ser suplido aplicando en via de integracion las normas que regulan a los CAFAE, pues los Subcomites de Administracion de los Fondos de Asistencia y Estimulo (SUBCAFAE) comparten la misma naturaleza que los CAFAE, de manera que, dichos subcomites, tambien deben constituirse por resolucion del titular del pliego presupuestal. Asimismo, para la inscripcion de los actos relativos a los aludidos subcomites, de manera analoga que en el caso de los CAFAE, la organizacion de la partida registral, debera realizarse en funcion del organo regional, departamental, zonal o local al que pertenezca el SUB-CAFAE respectivo. Finalmente, en atencion a que el Decreto de Urgencia Nº 088-2001, al establecer la inscripcion de los CAFAE, no fija los derechos registrales a ser cobrados, a efectos de viabilizar la aplicacion de dicho decreto de urgencia, corresponde precisar que derechos comprendidos en el arancel de derechos registrales aprobado por el Decreto Supremo Nº 037-94-JUS, son los que deben abonarse para la inscripcion de los actos relativos a los CAFAE; sin que tal precision signifique, en modo alguno, transgresion a lo establecido por el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Estado, ni de lo dispuesto en la MORDAZA IV del Codigo Tributario. 2. OBJETO Establecer los criterios para la inscripcion de los Comites de Administracion de los Fondos de Asistencia y Estimulo de los trabajadores de los organismos publicos. 3. ALCANCE La Oficina Registral de MORDAZA y Callao, asi como las Oficinas Registrales que integran el Sistema Nacional de los Registros Publicos. 4. BASE LEGAL - Ley Nº 26366. - Decreto de Urgencia Nº 088-2001. - Estatuto de la SUNARP y de sus Organos Desconcentrados, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-95-JUS. - Decreto Supremo 006-75-PM/INAP. - Decreto Supremo Nº 052-80-PCM. - Decreto Supremo Nº 028-81-PCM. - Decreto Supremo Nº 097-82-PCM. - Decreto supremo Nº 067-92-EF. - Arancel de Derechos Registrales aprobado por Decreto Supremo Nº 037-94-JUS. - Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion Nº 195-2001-SUNARP/SN. 5. CONTENIDO 5.1. Del Registro en el que deben inscribirse los CAFAE Los actos a que se refiere el Articulo 7º del Decreto de Urgencia Nº 088-2001, se inscribiran en el Libro de Comites de Administracion de los Fondos de Asistencia y Estimulo, que se implementara en el Registro de Personas Juridicas de cada oficina registral. Para tal efecto, entiendase que la alusion al Estatuto de los CAFAE contenida en la MORDAZA mencionada, esta referida al Reglamento Interno de los mismos.

5.2. De la organizacion de la partida registral En el libro aludido en el numeral anterior, por cada organismo en el cual se constituye el Comite de Administracion de Fondo de Asistencia y Estimulo (CAFAE), se abrira una partida registral en el que se inscribira el acto constitutivo del CAFAE vigente a la fecha de publicacion del Decreto de Urgencia Nº 088-2001 y, sucesivamente, los actos constitutivos posteriores, asi como la inscripcion de los Reglamentos Internos, sus ratificaciones o modificaciones, segun sea el caso y, los demas actos inscribibles senalados en el numeral siguiente. 5.3. De los actos inscribibles en el Libro de Comites de Administracion de los Fondos de Asistencia y Estimulo Los actos inscribibles en el Libro de Comites de Administracion de los Fondos de Asistencia y Estimulo son: - Los actos constitutivos de los Comites de Administracion de los Fondos de Asistencia y Estimulo. - Los Reglamentos Internos de los CAFAE. - Los actos de ratificacion o modificacion de los Reglamentos Internos de los CAFAE. - La renuncia o separacion de algun o algunos de los integrantes del CAFAE y la designacion de quien o quienes sustituyan a aquellos. - Otros actos que se establezcan por normas reglamentarias o, que a criterio de la autoridad administrativa o judicial MORDAZA relevantes para dar publicidad a terceros. 5.4. De la inscripcion del acto constitutivo del CAFAE Para la inscripcion del acto constitutivo del Comite de Administracion del Fondo de Asistencia y Estimulo (CAFAE), es titulo suficiente la MORDAZA autenticada, por el funcionario competente del organismo emisor, de la Resolucion de constitucion emitida por el Titular del Pliego Presupuestario respectivo. En el asiento de inscripcion correspondiente debe precisarse a los integrantes del CAFAE. 5.5. De la inscripcion del Reglamento Interno del CAFAE Para la inscripcion del Reglamento Interno, constituye titulo suficiente, la MORDAZA autenticada por el fedatario de la Oficina Registral correspondiente o quien haga sus veces, de la parte pertinente del acta que contenga el inserto del texto de dicho Reglamento, asi como de la parte en el que conste la aprobacion respectiva, debiendo consignarse en dicha MORDAZA, el numero del Libro de Actas respectivo, folios de que consta y demas datos que permitan obtener una idea completa de su contenido. 5.6. De la inscripcion de la ratificacion o modificacion del Reglamento Interno del CAFAE Para la inscripcion de la ratificacion o modificacion del Reglamento Interno, constituye titulo suficiente, la MORDAZA autenticada por el fedatario de la Oficina Registral correspondiente o quien haga sus veces, consignando los datos previstos en el numeral anterior, de la parte pertinente del acta en el que conste el acuerdo de la ratificacion o modificacion, segun sea el caso. En este ultimo supuesto, el acta debe precisar la modificacion efectuada. 5.7. De las tasas a abonarse Por la inscripcion de los actos constitutivos de los CAFAE, se abonaran los derechos registrales correspondientes a la constitucion de personas juridicas y, por los demas actos inscribibles, los derechos correspondientes a otros actos o contratos secundarios. 5.8. De los CAFAE inscritos con anterioridad a la vigencia Decreto de Urgencia Nº 088-2001 En los casos de CAFAE inscritos MORDAZA de la vigencia de la presente directiva, deben distinguirse dos supuestos: - Aquellos que para inscribirse se hubieran constituido como una asociacion, comite u otra persona juridica, casos en los que, al abrirse la partida en funcion del organismo al que pertenece el CAFAE, de conformidad con lo dispuesto en la presente directiva, debera extenderse una anotacion en la partida del CAFAE constituido como persona juridica, dejando MORDAZA del numero de partida en el que corre inscrito el CAFAE del organismo respectivo. - Aquellos que simplemente se hubieran inscrito como CAFAE, sin constituirse en ninguna persona juridica, en cuyo caso, se procedera al cierre de la partida respectiva. 5.9. De los CAFAE inscritos en otros libros durante la vigencia del Decreto de Urgencia 088-2001 En los casos de los CAFAE inscritos durante la vigencia del Decreto de Urgencia Nº 088-2001, en el libro de Asociaciones, de Comites u otra persona juridica, se pro-

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