Norma Legal Oficial del día 13 de Enero del año 2002 (13/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, MORDAZA 13 de enero de 2002

NORMAS LEGALES

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PROTOCOLO PARA EL MONITOREO DE EFLUENTES Y CUERPO MORDAZA RECEPTOR
1. CONTENIDO Este documento contiene las pautas basicas para la ejecucion del monitoreo, procedimiento analitico, procesamiento de los datos y elaboracion de informes. Comprende los siguientes capitulos: Introduccion, Contenido de la Guia, Relacion con otros documentos, Base Legal, Programa de Monitoreo Ambiental y Anexos. 2. INTRODUCCION La industria pesquera de Consumo Humano Indirecto en la MORDAZA decada ha incrementado sus niveles de produccion utilizando tecnologias de punta, lo cual le ha permitido obtener productos de mayor calidad y competitividad en el MORDAZA internacional. A pesar del esfuerzo tecnico economico que el sector industrial productivo viene desarrollando, subsisten las implicancias ambientales que el desarrollo de dicha actividad ejerce sobre la calidad del medio ambiente. Debido a los MORDAZA volumenes de desembarque, el agua de bombeo es el efluente que ejerce mayor impacto alterando la calidad acuatica del cuerpo receptor, por lo que requiere mayores esfuerzos en su tratamiento y monitoreos para su control y vigilancia; mientras que la sanguaza, el agua de cola, agua de MORDAZA y limpieza de maquinarias y equipos, y los residuos domesticos provenientes de las plantas pesqueras tienen un impacto mucho menor por sus bajos volumenes de vertido. Entre los factores de la actividad productiva causantes de estos problemas se pueden enunciar los siguientes: · · Carencia de una tecnologia optima para el tratamiento y disposicion del agua de bombeo. Variabilidad en la calidad de la materia prima. treo, las tecnicas para la toma de muestras, el trabajo analitico en el MORDAZA y en el laboratorio, y proporciona los criterios para el procesamiento y reporte de los resultados. 3. OBJETIVO El objetivo es estandarizar los procedimientos, los metodos de muestreo y analisis, de efluentes y del cuerpo receptor asegurando la calidad de los datos y su compatibilidad. Los Programas de Monitoreo Ambiental que forman parte de los estudios ambientales aprobados por el Ministerio de Pesqueria (MIPE), contribuyen en forma paralela a mejorar su eficiencia productiva y desempeno ambiental. En este sentido, a traves de los Programas de Monitoreo los gerentes de planta pueden obtener informacion valiosa para la optimizacion del uso de materias primas y energia durante la produccion, lo cual a su vez conlleva a generar menor cantidad de efluentes, emisiones y residuos. Los Programas de Monitoreo Ambiental sirven ademas a la Autoridad Ambiental para controlar en forma regular y sistematica, los efluentes liquidos y residuos solidos de las industrias, asi como su impacto en el medio ambiente. Asimismo contribuyen a la revision y modificacion de los Limites Maximos Permisibles (LMP) y Estandares de Calidad Ambiental (ECA) y en el establecimiento de requerimientos de monitoreo para determinadas empresas, cuando el caso lo requiera, a fin de lograr el cumplimiento gradual de los ECA. 4. RELACION CON OTROS DOCUMENTOS Uno de los propositos de este documento es el de brindar un apoyo a los responsables del desarrollo de Estudios de Impacto Ambiental (EIA) o de Programas de Adecuacion y Manejo Ambiental (PAMA). Por lo tanto, el lector debera tener en cuenta, segun sea el caso, las normas sobre EIA y PAMA. 5. BASE LEGAL Los programas de monitoreo se sustentan en las normas ambientales vigentes aplicables a las actividades pesqueras y acuicolas, las cuales facultan al MIPE a incorporar normas y patrones ambientales de referencia con el mismo fin. Entre estas normas se encuentran: § Constitucion Politica del Estado (Ley de 1993). § Codigo del Medio Ambiente y los Recursos Naturales (Decreto Legislativo Nº 613). § Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada (Decreto Legislativo Nº 757) modificada por la Ley Nº 26734. § Ley General de Aguas (Decreto Ley Nº 17752 y sus Reglamentos). § Ley General de Pesca (Decreto Ley Nº 25977). § Reglamento de la Ley General de Pesca (Decreto Supremo Nº 012-2001-PE a partir de ahora referido como "El Reglamento"). § Reglamento Nacional para la Aprobacion de Estandares de Calidad Ambiental y Limites Maximos Permisibles (Decreto Supremo Nº 044-98PCM). § Declaran inicio de actividades del Programa Anual 2001 para la aprobacion de estandares de calidad ambiental y limites maximos permisibles (R.P 054. 2001-CONAM/PCD). § Resolucion Directoral Nº 283-96-DCG. Lineamientos para el Desarrollo de estudios de Impacto Ambiental relacionados con Proyectos de Construccion de muelles, embarcaderos y otros similares. § Resolucion Directoral Nº 018-2001-PE (Suspenden la recepcion de solicitudes de autorizacion para el

Otros aspectos que influyen en el efecto que tiene la descarga de los efluentes producidos por la industria pesquera al medio MORDAZA son: · · · · Caracteristicas geomorfologicas del litoral peruano. Regimen de vientos. Sistema complejo de corrientes marinas. Capacidad asimilativa o ambiental.

Estas condiciones han generado que existan areas de mayor impacto que otras. Tal es el caso de Chimbote, Paracas y Chancay. Entre las de menor impacto se encuentran las areas de Tambo de MORDAZA, Ilo, Samanco y Sechura, entre otras. De acuerdo al Reglamento de la Ley General de Pesca (Decreto Supremo 012-2001-PE), "los titulares de las actividades pesqueras estan obligados a realizar programas de monitoreo periodicos y permanentes para evaluar la carga contaminante de sus efluentes y emisiones en el cuerpo receptor y en el area de influencia de su actividad, con el objeto de: a) Determinar la eficiencia de las medidas de prevencion y control de la contaminacion; b) Evaluar la calidad de los cuerpos receptores y las variaciones de sus cargas contaminantes; c) Evaluar el cumplimiento de metas referentes a la reduccion de emisiones y vertimientos propuestos y de regulaciones legales". Este Protocolo ha sido elaborado con la participacion de: Ministerio de Pesqueria, Instituto MORDAZA del Peru, USAID/PERU, CONAM y DICAPI; con el fin de orientar a los entes gubernamentales, empresas pesqueras y empresas consultoras ambientales, en el diseno e implementacion de Programas de Monitoreo Ambiental destinados a cumplir con los objetivos arriba mencionados. Describe los procedimientos de mues-

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