Norma Legal Oficial del día 18 de Enero del año 2002 (18/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES
POR CUANTO:

MORDAZA, viernes 18 de enero de 2002

Que, tradicionalmente todos los anos y con motivo del Aniversario de la creacion politica del distrito del MORDAZA, esta Municipalidad en cumplimiento de sus funciones de servicio a la Comunidad, realiza MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, estableciendo para ello, los requisitos minimos necesarios para la realizacion de los mismos; Que, mediante documento de visto, la Division de Registros Civiles establece la tarifa unica y los requisitos indispensables que se deberan adjuntar; Que, de conformidad a las atribuciones conferidas por el Art. 47º numeral 6 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: 1. AUTORIZAR la realizacion del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, en el distrito del MORDAZA, para los vecinos rimenses, el mismo que se llevara a cabo el sabado 23 de febrero del 2002, con el unico pago de S/. 20.00 (veinte y 00/100 nuevos soles) por gastos administrativos, expediente matrimonial y ceremonia, asi como de la exoneracion de la dispensa de publicacion de edictos matrimoniales. Sin incluir los derechos de pago por examen medico. 2. ESTABLECER, que los contrayentes deberan presentar como requisitos minimos los siguientes: - Partida de Nacimiento original o dispensa judicial de ambos contrayentes. - Fotocopia simple del documento de identidad de ambos contrayentes. - Certificado medico. - Dos testigos mayores de edad. - Publicacion del edicto matrimonial por un solo dia, la cual correra por cuenta de la Municipalidad. 3. Encargar, a la Direccion de Administracion y a la Direccion de Servicios Sociales a traves de la Division de Registros Civiles, el cumplimiento de la presente disposicion municipal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 1193 FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDIA Nº 001-2002/MDR Mediante Oficio Nº 015-2002-SG-MDR, la Municipalidad Distrital del MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldia Nº 001-2002/MDR, publicado en nuestra edicion del dia 14 de enero de 2002, en la pagina 215657. DICE: "Que, la Ley Nº 25035 de Simplificacion Administrativa senala que ..." DEBE DECIR: "Que, la Ley Nº 27444 en relacion a la Simplificacion Administrativa senala que ..." 1197

El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha: y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 002-98-O-MSS, se aprobo la Ordenanza MORDAZA del Regimen Tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo para la jurisdiccion de MORDAZA de MORDAZA, con la finalidad de facilitar su administracion y garantizar su equitativa distribucion entre los contribuyentes; Que, la citada Ordenanza establece que anualmente mediante Ordenanza y de conformidad con el Articulo 69º de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 776, se aprobara los criterios de determinacion y las tasas a los aportes fijos de los arbitrios que resulten aplicables al ejercicio; Que, mediante la Ordenanza Nº 002-98-O-MSS, se establecio los importes de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo para el ejercicio 1998; Que, asimismo mediante la Ordenanza Nº 001-99-OMSS, se establecio los importes de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo para el ejercicio 1999, manteniendo el MORDAZA normativo establecido en la Ordenanza Nº 002-98-O-MSS; Que, dada la coyuntura economica por la que viene atravesando el MORDAZA, se procedio a aplicar las mismas tasas del ejercicio 1999, durante los ejercicios 2000 y 2001; Que, resulta necesario establecer los importes de los arbitrios para el ejercicio 2002; Que, se mantiene la misma coyuntura economica de los anos anteriores y que adicionalmente se ha aumentado el importe del Impuesto Predial a consecuencia del incremento de los Valores Unitarios Oficiales de Edificaciones, asi como de los Valores Arancelarios de los terrenos aprobados por el Gobierno Central; Que, en las condiciones descritas dado el incremento que se producira en el monto del Impuesto Predial, la Corporacion ha considerado necesario, a fin de evitar se incremente aun mas la carga impositiva de nuestros contribuyentes, mantener las Tasas de Arbitrios Municipales; Que, para efectos de la distribucion del costo efectivo de los Servicios Publicos que constituyen los Arbitrios Municipales, se ha visto por conveniente mantener el autoavaluo de los predios vigente para el ejercicio 2001, a aquellos contribuyentes que mantienen dicha condicion el presente ano, por los inmuebles que estuvieron registrados en el citado ejercicio; Que, asimismo, a fin de aligerar la carga tributaria se han analizado otras alternativas para beneficio de los contribuyentes, como reducir las tasas correspondientes al Arbitrio de Parques y Jardines Publicos, aplicando la escala de menor cuantia establecida para cada uno de los usos a que se destinan los predios de propiedad de los contribuyentes del distrito; Que, en ese orden de ideas, se ha previsto modificar la alicuota que corresponde a la Tabla B (Uso MORDAZA Habitacion y otros), del Arbitrio Parques y Jardines Publicos, reduciendo cada una de estas en un 3% y la tarifa social de la misma, incluyendo el tercer tramo con el citado beneficio; Estando a los Informes Nºs. 005-2002-OR-MSS, 0412002-OAJ-MSS de las Oficinas de Rentas y de Asesoria Juridica respectivamente; contando con Dictamen favorable Nº 001-2002-CEPP/MSS de la Comision de Economia, Planificacion y Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto por los Articulos 36º numeral 3) y 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta, por mayoria, aprobo la siguiente: ORDENANZA MONTO DE ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2002 Articulo Primero.- Apliquese para el ejercicio 2002 las disposiciones de la Ordenanza Nº 001-99-O-MSS que establecio las tasas para el calculo de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Serenazgo del ejercicio 1999, aplicadas a los ejercicios 2000 y 2001, conforme a lo establecido en las Ordenanzas Nºs. 24-MSS y 55-MSS, salvo para el caso del Arbitrio de Parques y Jardines Publicos, cuyas alicuotas de la Tabla B. (uso MORDAZA Habitacion y otros) se reducen en 3%.

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Establecen disposiciones para el calculo de los arbitrios municipales durante el ano 2002
ORDENANZA Nº 92-MSS MORDAZA de MORDAZA, 14 de enero de 2002 EL MORDAZA DE MORDAZA DE SURCO;

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