Norma Legal Oficial del día 01 de Febrero del año 2002 (01/02/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, viernes 1 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 216645

Presidencia del Consejo de Ministros, consistente en ropa usada; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 804, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar, en via de regularizacion, la donacion efectuada por Japan Relief Clothing Center de Japon, a favor del Gobierno del Peru - Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, consistente en 545 MORDAZA conteniendo ropa usada, con un valor aproximado de ¥ 2 289 000,00 (Dos Millones Doscientos Ochenta y Nueve Mil y 00/100 Yenes), segun Carta de Donacion de fecha 12 de marzo de 2001. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Articulo 3º.- Transferir, en via de regularizacion, los bienes materia de la presente Resolucion Suprema al Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI- para que se encargue de distribuirlos a los damnificados por causa del terremoto ocurrido el dia sabado 23 de junio de 2001, en los departamentos de MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Articulo 4º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 2262 RESOLUCION SUPREMA Nº 052-2002-EF MORDAZA, 26 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Asociacion Latina de Futbol Narita de Japon ha efectuado una donacion a favor del Gobierno del Peru Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, consistente en ropa usada, que sera destinada como ayuda a los damnificados por el terremoto ocurrido en el Sur del Peru; Que, el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estaran gravadas con el Impuesto General a las Ventas, la importacion o transferencia de bienes que se efectue a titulo gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Publico;

De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar la donacion efectuada por la Asociacion Latina de Futbol Narita de Japon, a favor del Gobierno del Peru - Despacho Presidencial, Unidad Ejecutora 001 del Pliego Presidencia del Consejo de Ministros, consistente en 120 paquetes conteniendo ropa usada, con un valor aproximado de ¥ 130 000,00 (Ciento Treinta Mil y 00/100 Yenes), segun Carta de Donacion de fecha 12 de agosto de 2001. Dicha donacion sera destinada como ayuda a los damnificados por el terremoto ocurrido en el Sur del Peru. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99EF. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema, sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 2263 RESOLUCION SUPREMA Nº 053-2002-EF MORDAZA, 26 de enero de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Empresa HALEMA S.A.C. ha efectuado una donacion a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil INDECI- consistente en productos carnicos, que seran destinados como ayuda para los damnificados del sismo ocurrido el 23 de junio del presente ano en el Sur del Peru; De conformidad con lo dispuesto por el inciso k) del Articulo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99EF; el numeral 1) del inciso d) del Articulo 88º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta, aprobado por el Decreto Supremo Nº 054-99-EF y el Decreto Supremo Nº 124-2001-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar y aprobar, la donacion efectuada por la Empresa HALEMA S.A.C., a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil -INDECI- consistente en 5 000 kgs. de asado con hueso, MORDAZA Canelones, segun Carta de Donacion de fecha 9 de MORDAZA de 2001. Dicha donacion sera destinada como ayuda para los damnificados del sismo ocurrido el 23 de junio del presente ano en el Sur del Peru. Articulo 2º.- Comprendase a la donacion citada en el articulo anterior dentro de los alcances del inci-

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.