Norma Legal Oficial del día 06 de Febrero del año 2002 (06/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 6 de febrero de 2002

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO
Establecen remuneracion de MORDAZA y dieta de regidores para el ejercicio presupuestal 2002
ACUERDO DE CONCEJO Nº 003 San MORDAZA de Lurigancho, 31 de enero de 2002 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN MORDAZA DE LURIGANCHO VISTA: La Mocion presentada por los senores Regidores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Paquiyauri MORDAZA, MORDAZA Rado MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Olivas MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Chavez; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 21º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26317, el monto de las Dietas y la remuneracion del MORDAZA, se fija de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de cada Municipio y previo Acuerdo del respectivo Concejo Municipal, correspondiendole al MORDAZA percibir una remuneracion mensual y a los Regidores una Dieta por asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo; Que, el Articulo 2º de la mencionada MORDAZA dispone que el acuerdo para fijar el monto de la Dieta se adopta una vez al ano hasta el 31 de marzo de cada Ejercicio Presupuestal; Que, asimismo el MORDAZA y Regidores son funcionarios politicos elegidos por voluntad popular y como tales su funcion es velar por el bienestar y el desarrollo integral de los vecinos de la jurisdiccion a la que representan; Que, el compromiso MORDAZA citado demanda la dedicacion permanente por parte de las autoridades referidas precedentemente en todos los ambitos del quehacer Municipal; Que, el distrito de San MORDAZA de Lurigancho es un distrito con caracteristicas singulares, a decir su gran extension geografica, su numero de poblacion; Que, tales condiciones hacen necesario que las autoridades de este distrito dobleguen aun mas sus esfuerzos a fin de lograr los objetivos de desarrollo integral y bienestar general del pueblo de San MORDAZA de Lurigancho; Que, constituye un MORDAZA y derecho constitucional que todo trabajo sea remunerado; Que, las consideraciones MORDAZA expuestas justifican fijar en un monto prudente y acorde con sus responsabilidades, la remuneracion del senor MORDAZA y el monto de la Dieta por asistencia efectiva de los Regidores a cada Sesion de Concejo Distrital de San MORDAZA de Lurigancho; Que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, modificado por el Articulo 1º de la Ley Nº 26317 y con el MORDAZA Mayoritario del Pleno del Concejo; SE ACUERDA: Articulo Primero.- ESTABLECER en 3,5 UIT vigente, para el presente Ejercicio Presupuestal la remuneracion del senor MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Lurigancho. Articulo Segundo.- ESTABLECER en 1,5 UIT vigente el monto de la Dieta que percibira cada Regidor del Concejo Distrital de San MORDAZA de Lurigancho, para el presente Ejercicio 2002, por su asistencia efectiva a cada Sesion de Concejo, con un MORDAZA de dos (2) sesiones pagadas al mes.

Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Direccion Municipal, Oficina de Administracion y Oficina de Planeamiento el debido cumplimiento del presente acuerdo. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 2542

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO
Autorizan viaje del MORDAZA de la municipalidad para asistir a taller regional sobre transporte que se realizara en Colombia
RESOLUCION MUNICIPAL Nº 04-2002-MPI Ilo, 1 de febrero de 2002 VISTOS Y CONSIDERANDO: Que, como apoyo a la Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible, el Departamento de Asuntos Economicos y Sociales de las Naciones Unidas, a traves de su Iniciativa Global sobre Emisiones del Transporte (GITE) conjuntamente con los Ministerios de Medio Ambiente, Transportes, Desarrollo Economico, y Relaciones Exteriores de Colombia y la Alcaldia Mayor de Bogota se esta invitando a los Alcaldes de las ciudades lideres de la Region de MORDAZA Latina y el Caribe a la MORDAZA de Bogota a participar en un evento denominado "Taller Regional para Alcaldes - ONU Dias Sin Carro" del 6 al 8 del presente mes y ano, habiendo cursado invitacion al Sr. MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Ilo para que participe con una ponencia relacionada con los obstaculos enfrentados por la MORDAZA de Ilo en terminos del planeamiento del desarrollo sostenible del transporte; Que, la Municipalidad Provincial de Ilo, en el MORDAZA de aplicacion del Plan de Desarrollo Sustentable de la MORDAZA de Ilo, tiene como uno de sus objetivos el cuidado del Medio Ambiente, habiendo para tal efecto conformado parte como Presidente del Gesta Zonal de Ilo, Grupo Tecnico Ambiental de la Calidad del Aire encargado de formular y evaluar los planes de accion para el mejoramiento de la calidad del aire en la MORDAZA de Ilo que ha resultado de atencion prioritaria. Por tal motivo resulta conveniente autorizar la participacion del Titular del Pliego en dicho evento, MORDAZA si tenemos en consideracion que la entidad organizadora financia todos los costos de traslado via aerea y viaticos en su totalidad en los dias programadas para el evento; Por los que estando a las facultades conferidas por la Ley Nº 23853 "Organica de Municipalidades", lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y lo dictaminado por Unanimidad en Sesion de Concejo de fecha 31 de enero del presente ano; SE RESUELVE: Primero.- AUTORIZAR el viaje del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Ilo, a la MORDAZA de Bogota - Colombia, del 5 al 9 de febrero del 2002, para que en representacion de la Municipalidad Provincial de Ilo asista al evento precisado en la parte considerativa de la presente Resolucion. Segundo.- SE PRECISA que el Titular del Pliego, dentro de los 15 dias posteriores a la realizacion del viaje queda obligado a realizar un Informe de las acciones realizadas durante el evento al que asiste. Registrese, cumplase y archivese. MORDAZA N. MORDAZA NUNEZ MORDAZA 2465

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