Norma Legal Oficial del día 07 de Febrero del año 2002 (07/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, jueves 7 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

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articulo precedente; precisando la relacion y clasificacion de usuarios, la modalidad de devolucion, el monto total a devolver, los intereses legales, los montos parciales a devolverse, asi como el plazo en que se efectuara dicha devolucion. Articulo 4º.- La devolucion de los montos referidos en el Articulo 1º de la presente Resolucion debera iniciarse a los veinte (20) dias habiles siguientes a la fecha de su publicacion. Articulo 5º.- Encargar a la Gerencia de Supervision y Fiscalizacion la supervision del cumplimiento de la presente Resolucion. Articulo 6º.- Encargar a la Gerencia de Relaciones Institucionales, la notificacion de la presente Resolucion a la Defensoria del Pueblo, asi como a la Oficina de Defensa del Consumidor del INDECOPI. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ZALDIVAR MORDAZA Gerente General (e) 2508

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Autorizan procedimientos de otorgamiento de autorizaciones para la ejecucion de obras en la via publica
ORDENANZA Nº 086
MORDAZA MORDAZA, 2 de febrero de 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA Visto, en Sesion Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en su Articulo 191º establece que las municipalidades provinciales, distritales y delegadas tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, son funciones especificas de la municipalidad conforme lo dispone la Ley Organica de Municipalidades en el Articulo 65º inciso 13), el procurar conservar y administrar en su caso los bienes de dominio publico como: caminos, puentes, plazas, avenidas, paseos, jardines, edificios publicos y otros analogos con excepcion que corresponde al Estado conforme a Ley; Que, las Municipalidades distritales son competentes para sostener o supervigilar los servicios publicos esenciales para la comunidad como el abastecimiento de agua potable y desague, limpieza de vias publicas, alumbrado publico y domestico entre otros, conforme a lo dispuesto en el Articulo 71º de dicha Ley; Que, se consideran causas de necesidad y utilidad publica y de interes social conforme se dispone en el Articulo 76º incisos 1), 2) y 6), la creacion, ampliacion, embellecimiento de las ciudades, la ejecucion de las obras que figura en los planos urbanos de las ciudades, la creacion o mejoramiento de las MORDAZA de MORDAZA de una poblacion el establecimiento, explotacion y conservacion de un servicio; Que, el Articulo 120º dispone que la Autoridad Municipal puede ordenar el retiro de materiales o demolicion de obras e instalaciones que ocupan las vias publicas o mandar ejecutar la obra por cuenta del infractor; Que, es necesario reglamentar las diversas solicitudes presentadas ante la entidad edilicia sobre Obras Publicas en la Jurisdiccion; Que, el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA en uso de las facultades conferidas por los Articulos 36º inciso 3) y 109º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 23853 y sus modificatorias, por MAYORIA de los miembros del Concejo y con dispensa de tramite de lectura y aprobacion de Acta, se aprobo la siguiente: ORDENANZA PROCEDIMIENTO PARA EL OTORGAMIENTO DE AUTORIZACIONES PARA LA EJECUCION DE OBRAS EN LA VIA PUBLICA Articulo Primero.- Autorizar los procedimientos administrativos para el otorgamiento de autorizaciones para la ejecucion de obras en la via publica. Articulo Segundo.- Se entiende por ejecucion de Obras la construccion, reparacion, reforma, demolicion o conservacion de todo MORDAZA de instalacion de servicios publicos o mobiliario MORDAZA en la via publica o areas de dominio publico. Articulo Tercero.- Toda persona natural o juridica que requiera ejecutar obras en la via publica o areas de dominio publico de la jurisdiccion debera contar con autorizacion de la Division de Obras Publicas y Transporte. Articulo Cuarto.- La solicitud de autorizacion debera ser presentada por la persona que va ejecutar la obra con indicacion del nombre o razon social del contratante, sera dirigida a la Autoridad Competente, debidamente sustentada de acuerdo a los procedimientos y requisitos indicados en el Anexo. Articulo Quinto.- Aprobar el Anexo de la presente Ordenanza referido a procedimientos administrativos para el otorgamiento de autorizaciones para la ejecucion de Obras en la via publica. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA NEGRON Alcaldesa 2561

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Declaran que la Ordenanza Nº 210 emitida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA no es de alcance en la jurisdiccion del distrito
ORDENANZA Nº 077-MDB
Barranco, 20 de diciembre del 2000 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el proyecto presentado respecto a la Ordenanza Nº 210, emitida por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, respecto a regulacion de la publicidad exterior en la provincia de Lima; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru establece el MORDAZA de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 192º de la acotada Ley Fundamental establece que "las Municipalidades tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencia y derechos municipales"; Que, el Decreto Legislativo Nº 816 establece que "los Gobiernos Locales mediante Ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que en vista de lo expuesto, la Ordenanza Nº 210 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, no es de alcance dentro de la jurisdiccion de Barranco; En uso de las facultades conferidas por el Art. 36º, inciso 3) de la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades, y con el MORDAZA unanime de sus miembros, ha emitido la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- Declarar que no es de alcance en la jurisdiccion del distrito de Barranco, la Ordenanza Nº 210 emitida por la Municipalidad Metropolitana de Lima. Articulo Segundo.- Encargar a la Direccion de Desarrollo MORDAZA el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 2641

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