Norma Legal Oficial del día 07 de Febrero del año 2002 (07/02/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 71

MORDAZA, jueves 7 de febrero de 2002

NORMAS LEGALES

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1. Formulario Unico de Tramite - F.U.T. 2. Devolucion de la Licencia Provisional PYMES original o declaracion jurada en caso de perdida. 3. Recibo de Pago. Articulo 49º.- El monto del derecho administrativo para obtener la Licencia de Funcionamiento Provisional y Definitiva para las pequenas y micro empresas se fijara en funcion a la Unidad Impositiva Tributaria vigente en el ano en que se solicita la autorizacion, la misma que sera: 1. Licencia de Funcionamiento Provisional: 4% 2. Licencia Municipal de Funcionamiento Definitiva: 7%.

3. Estado de cuenta u otro documento que acredite estar al dia en el Pago de la Tasa de Licencia para aquellas acogidas al D. Leg. Nº 776 y otorgadas MORDAZA del 31 de diciembre de 1999. 4. Recibo de pago. Articulo 56º.- El derecho administrativo de baja de los registros por cese de actividades sera: 1. Licencia de Autorizacion de Apertura 2. Licencia de Funcionamiento PYMES Provisional y Definitiva : 2% UIT : Gratuito

TITULO V DE LA AUTORIZACION MUNICIPAL TEMPORAL
Articulo 50º.- La Autorizacion Municipal Temporal para el desarrollo de actividades de naturaleza especial seran evaluadas previamente por la Direccion de Licencias y Autorizaciones y aprobadas por la Direccion General de Comercializacion por un periodo MORDAZA de un ano contados a partir de la MORDAZA de la solicitud por la Oficina de Tramite Documentario y Archivo, la misma que podra ser renovada a solicitud de parte. El presente procedimiento es calificado con Silencio Administrativo Negativo por lo que transcurridos los treinta (30) dias calendario sin que existe un pronunciamiento expreso de la Direccion General de Comercializacion se MORDAZA por denegado el tramite. Articulo 51º.- Son requisitos para obtener una Autorizacion Municipal Temporal: 1. Formulario Unico de Tramite - F.U.T. 2. MORDAZA simple del R.U.C. (para persona juridica). 3. MORDAZA simple del contrato de arrendamiento vigente (local alquilado) u otro documento que acredite la propiedad y/o el uso del local (si fuere el caso) 4. Croquis de la Ubicacion o ruta de desplazamiento. 5. MORDAZA de la escritura publica o testimonio (para personas juridicas). 6. Recibo de pago (exigible posteriormente) Articulo 52º.- El derecho de pago para obtener la Autorizacion Municipal Temporal o Renovacion se aplicara de acuerdo al tiempo solicitado, siendo el monto por cada trimestre el siguiente: 1. Modulos para el comercio tradicional 2. Modulos diversos 3. Ferias 4. Local (Temporal) : : : : 1% UIT por c/u 2% UIT por c/u 3% UIT 6% UIT

TITULO VII DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO CAPITULO I DE LA OFICINA DE TRAMITE DOCUMENTARIO Y ARCHIVO
Articulo 57º.- El Formulario Unico de Tramite - F.U.T. conjuntamente con los requisitos senalados en la presente ordenanza, seran presentados en la Oficina de Tramite Documentario y Archivo de la Municipalidad, donde se verificara que cumpla con lo establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), dependencia que en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles remitira el expediente a la Direccion de Licencias y Autorizaciones, dependiente de la Direccion General de Comercializacion. En caso que la Oficina de Tramite Documentario y Archivo detecte un defecto u omision, este sera subsanado en un plazo MORDAZA de 48 horas. Esta circunstancia debera anotarse en la solicitud y en el cargo del mismo que conserva el interesado. Si el defecto u omision no ha sido subsanado, la Oficina de Tramite Documentario y Archivo considerara la correspondiente solicitud como no presentada y la devolvera con todos sus recaudos al interesado cuando este se apersone a reclamarlos; en este caso no sera reembolsado el monto de los derechos de tramitacion que hubiere abonado el interesado. En tanto no sea subsanado el defecto u omision se aplicara las siguientes disposiciones: a) No procede la aprobacion automatica del procedimiento administrativo, de ser el caso. b) No procede el computo de los plazos para que opere los silencios administrativos, de ser el caso. c) La Oficina de Tramite Documentario y Archivo no cursara la correspondiente solicitud a la Direccion de Licencias y Autorizaciones, en tanto no se subsane el defecto u omision indicado.

Articulo 53º.- Son requisitos para obtener la renovacion de la Autorizacion Municipal: 1. Formulario Unico de Tramite - F.U.T. 2. Devolucion de la Autorizacion anterior o declaracion jurada en caso de perdida. 3. Recibo de Pago (exigible posteriormente)

CAPITULO II DE LA DIRECCION DE LICENCIAS Y AUTORIZACIONES
Articulo 58º.- Recibida la documentacion de la Oficina de Tramite Documentario y Archivo, la Direccion de Licencias y Autorizaciones, en un plazo no mayor de quince dias (15) tramitara lo peticionado por el recurrente. Dentro de dicho plazo el Director de Licencias y Autorizaciones, de no mediar observaciones emitira el respectivo informe disponiendo el llenado del formulario respectivo, derivando el expediente con todo lo actuado al Director General de Comercializacion para su firma, quien de no mediar observacion y en un plazo adicional no mayor de cinco dias dispondra se entregue al interesado el original de la Licencia o Autorizacion correspondiente. Articulo 59º.- Si se hubieren detectado omisiones o inexactitudes, pero que no dan lugar a denegar la solicitud, el Director de Licencias y Autorizaciones notificara al interesado a fin que subsane las observaciones en un plazo que no podra exceder de treinta dias calendario. Una vez subsanadas las observaciones se procedera a expedir lo solicitado por el recurrente. En el caso de no haber sido subsanado el defecto u omision de acuerdo a los plazos computados, el expediente en tramite se declarara en abandono en aplicacion de los Articulos 70º y 91º del Decreto Supremo Nº 02-94 JUS. Articulo 60º.- El formulario se emitira en original y una MORDAZA, el original sera entregado al interesado y la MORDAZA se

TITULO VI DEL CESE DE ACTIVIDADES
Articulo 54º.- Las personas naturales y/o juridicas que cesen en las actividades deberan comunicar este hecho y solicitar la baja de los registros de la Direccion de Licencias y Autorizaciones. El interesado presentara la solicitud en la Oficina de Tramite Documentario y Archivo. El presente procedimiento es de Aprobacion Automatica, si cumple con presentar previamente los requisitos establecidos en la presente Ordenanza Municipal. En caso de no comunicarse el cese de actividades en forma oportuna se aplicara la sancion correspondiente de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento de Sanciones e infracciones de la Municipalidad. Articulo 55º.- Son requisitos para el cese de actividades los siguientes: 1. Formulario Unico de Tramite - F.U.T. 2. Devolucion (en original) de la Licencia o una declaracion jurada en caso de perdida.

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