Norma Legal Oficial del día 27 de Febrero del año 2002 (27/02/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 27 de febrero de 2002

Articulo 4º.- La autorizacion a que se contrae la presente Resolucion se sujeta a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes que regulan el servicio autorizado, debiendo adecuarse a las normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 3893

tivos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a TRANSMARTIN'S E.I.R.L. el permiso de operacion para efectuar el servicio publico de transporte turistico en el ambito departamental (Lima), por el periodo de cinco (5) anos, computados a partir de la fecha de expedicion de esta Resolucion, de acuerdo a los terminos siguientes: AMBITO : Departamental (Lima) : Traslados, visitas y excursiones

Otorgan a Transmartin's E.I.R.L. permiso para operar servicio publico de transporte turistico en el departamento de MORDAZA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 060-2002-MTC/15.18
MORDAZA, 8 de febrero de 2002 VISTOS: los Expedientes de Registros Nºs. 2001-007154, 041246, 2001-007154-A y 2001-007154-B, organizados por TRANSMARTIN'S TOURS E.I.R.L. sobre Permiso de Operacion para prestar servicio publico de transporte turistico, el Informe Nº 846-2001-MTC/15.18.04.1 y los Memorandos Nºs. 3850 y 4702-2001-MTC/15.18.04 elaborados por la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga; CONSIDERANDO: Que, TRANSMARTIN'S TOURS E.I.R.L. al MORDAZA del Reglamento de Empresas de Transporte Turistico aprobado por Resolucion Suprema Nº 011-78-TC/DS, solicita se le otorgue el permiso de operacion para realizar el servicio publico de transporte turistico en el ambito departamental bajo las modalidades de traslados, visitas y excursiones; Que, para el efecto la empresa ha ofertado a los omnibus de placas de rodaje Nºs. VG-4770 (1995), VG-2436 (1996) y UO-9858 (1988) y ha presentado MORDAZA del Testimonio de la Escritura Publica de Constitucion inscrita en los Registros Publicos de MORDAZA y Callao donde se indica que su objeto es el servicio de transporte turistico a nivel nacional, MORDAZA del RUC Nº 20267326038, Anexo indicado: a) ambito territorial de operacion y b) modalidad de prestacion del servicio, copias simples de las tarjetas de propiedad de los omnibus, polizas de seguros correspondientes a los vehiculos ofertados contratada con LA POSITIVA Seguros y Reaseguros, entre otros documentos; Que, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC, senala entre otros requisitos que los omnibus ofertados para efectuar el servicio de transporte turistico no deben exceder los diez (10) anos de antiguedad contados a partir del ano siguiente de su fabricacion; Que, los omnibus de placas de rodaje Nºs. VG-4770 (1995), VG-2436 (1996) reunen el requisito mencionado en el considerando precedente, a excepcion del omnibus de placa Nº UO9858 (1988) que excede los diez (10) anos de antiguedad; Que, la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga, en Informe Tecnico Nº 846-2001-MTC/15.18.04.01 concluye que la solicitante ha cumplido los requisitos senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos; Que, asimismo la indicada Direccion manifiesta que los omnibus ofertados de placas de rodaje Nºs. VG-4770 (1995) y VG-2436 (1996) solo reunen los requisitos minimos complementarios establecidos en los literales a) y b) del Articulo 71º del Reglamento de Empresas de Transporte Turistico, por lo que recomienda se otorgue el permiso de operacion para prestar el servicio publico de transporte turistico en el ambito departamental (Lima) bajo las modalidades de traslados, visitas y excursiones; Que, en consecuencia, es necesario dictar las medidas administrativas correspondientes; Estando a lo opinado por la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga en Memorandos Nºs. 3850 y 4702-2001MTC/15.18.04 y de la Oficina de Asesoria Legal en Informe Nº 008-2002-MTC/15.18.01 MORDAZA dependencias de la Direccion General de Circulacion Terrestre; De conformidad con lo establecido en el Reglamento de Empresas de Transporte Turistico, Oficio Nº 1283-2001-MITINCI/VMT/DNT, Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, Texto Unico de Procedimientos Administra-

MODALIDAD

FLOTA VEHICULAR : Dos (2) omnibus de placas de rodaje Nºs. VG-2436 (1996) y VG4770 (1995). Segundo.- La concesionaria esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Resolucion Suprema Nº 011-78-TC/DS y demas disposiciones vigentes concernientes al Servicio de Transporte Turistico Terrestre de Pasajeros por Carretera que se autoriza. Tercero.- La Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga debera notificar a la empresa para que presente la poliza de seguro vigente del 1 de enero al 31 de diciembre de 2002, de acuerdo a la normatividad vigente. Cuarto.- La presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano, conforme a ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA ADRIAZOLA MORDAZA Directora General Direccion General de Circulacion Terrestre 3642

PODER JUDICIAL
Constituyen Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios para el ano 2002
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 048-2002-P/PJ
MORDAZA, 26 de febrero del 2002 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 165º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, el Procedimiento Administrativo Disciplinario para funcionarios estara a cargo de una Comision Especial que observara similar procedimiento que la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; Que, por Resolucion Administrativa de la Presidencia del Consejo Transitorio del Poder Judicial Nº 053-2001-PCT/PJ de fecha 6 de febrero del 2001, se constituyo la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Poder Judicial para el ano 2001; Que, por necesidad del servicio resulta conveniente para el ano 2002, dictar el acto administrativo que designe a los funcionarios que integren la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios, a fin de coadyuvar a alcanzar los objetivos de moralizacion del Poder Judicial; De conformidad con las facultades previstas en el inciso 4) del Articulo 76º de la Ley Organica del Poder Judicial, modificado por la Ley Nº 27465; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Constituir a partir de la fecha, la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Poder Judicial para el ano 2002, la misma que estara integrada por los siguientes miembros:

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