Norma Legal Oficial del día 06 de Julio del año 2002 (06/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, sabado 6 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Articulo 4º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos y/o derechos de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria 12036

Declaran improcedente solicitud de exoneracion de pago por derecho de explotacion del recurso merluza para el ano 1999, presentada por Pesquera Maguro S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 224-2002-PE/DNEPP MORDAZA, 25 de junio de 2002 Visto el expediente con escritos de registro Nº 00484002 del 10 y 14 de enero del 2000 mediante los cuales PESQUERA MAGURO S.A. solicita la exoneracion del pago de derechos de pesca del recurso merluza; CONSIDERANDO: Que mediante los escritos del visto, la empresa PESQUERA MAGURO S.A., solicita exoneracion de la MORDAZA y tercera armada de pagos por derecho de explotacion del recurso merluza de la embarcacion pesquera MAGURO 2 correspondiente al ejercicio 1999; aduciendo que la citada embarcacion el dia 27 de enero de 1999 sufrio siniestro por hundimiento; Que mediante Resolucion Directoral Nº 035-2001-PE/ DNEPP del 23 de MORDAZA del 2001, se publico en el literal A) anexo III, la relacion de embarcaciones cuyos armadores no cumplieron con liquidar los pagos de derechos establecidos en la Resolucion Ministerial Nº 209-2000PE, en cuyo listado se consigno a la embarcacion MAGURO 2 de matricula PT-3393-CM; notificandose al armador para que en un plazo de siete (7) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la Resolucion Directoral MORDAZA citada, para que cumplan con efectuar el pago o presentar la declaracion jurada; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 084-2001PE/DNEPP se publico en su Anexo 3, la "Relacion de embarcaciones cuyos armadores tienen recursos impugnativos en tramite", entre las cuales, se incluyo a la embarcacion MAGURO 2, por haber solicitado la exoneracion del pago de derechos de pesca; habiendose establecido en el articulo 4º de la citada MORDAZA, que la resolucion de dichos recursos impugnativos determinara la situacion administrativa de los respectivos permisos de pesca; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que el armador no ha cumplido con efectuar el pago por concepto de los derechos de pesca del recurso merluza, correspondientes a los anos 1999 y 2000; siendo el caso que el Plan de Ordenamiento Pesquero de merluza aprobado por Resolucion Ministerial Nº 107-98-PE y modificatorias, para el ano 1999 y la Resolucion Ministerial Nº 209-2000PE, para el ejercicio 2000, establecieron que los derechos de pesca se determinaban en funcion a la capacidad de bodega de cada embarcacion pesquera; y, de otro lado, no previeron ningun supuesto de exoneracion al pago de los derechos de pesca de merluza; Que el numeral 4.13, Articulo 4º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del recurso merluza, aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2001-PE, establece que la falta de pago de los derechos de pesca de merluza en el monto, plazo y demas condiciones que establezca el Ministerio de Pesqueria, conforme al procedimiento dispuesto en el Articulo 43º del Reglamento de la Ley General de Pesca; determinara la caducidad de pleno derecho del

permiso de pesca; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera mediante los Informes Nº 530-2001-PE/ DNEPP-Dap y Nº 087-2002-PE/DNEPP-Dap y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del recurso merluza aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2001-PE y la Resolucion Directoral Nº 084-2001-PE/DNEPP; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de exoneracion de pago por derecho de explotacion del recurso merluza para el ejercicio 1999, presentada por PESQUERA MAGURO S.A., por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Declarar la caducidad material del permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 62095-PE, para operar la embarcacion pesquera MAGURO 2 de matricula PT-3393-CM, en la extraccion del recurso merluza con destino al consumo humano directo, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 3º.- Excluir a la indicada embarcacion pesquera del anexo V de la Resolucion Ministerial Nº 1522002-PE y del anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 136-2002-PE; asi como incorporarla en el literal B) anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 152-2002-PE. Articulo 4º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 11946

Modifican licencia de operacion otorgada a Pesquera MORDAZA S.A. para desarrollar la actividad de procesamiento de recursos hidrobiologicos
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 226-2002-PE/DNEPP MORDAZA, 26 de junio del 2002 Visto los escritos con Registros Nºs. CE-00566002, CE00566002, 15672002 y CE-00566002 del 28 de setiembre, 18 de octubre y 30 de noviembre del 2001, respectivamente, presentados por PESQUERA MORDAZA S.A. CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 059-99-PE/DNPP, del 14 de MORDAZA de 1999, se aprobo el cambio de nombre del titular de la licencia de operacion otorgada a PESCA PERU CALLAO NORTE S.A., mediante Resolucion Directoral Nº 043-97-PE/DNPP del 23 de diciembre de 1997, a favor de PESQUERA MORDAZA S.A., para que opere su planta de harina de pescado en su establecimiento industrial pesquero, ubicado en la avenida Centenario Nº 1954, Provincia Constitucional del Callao, departamento de MORDAZA, con una capacidad instalada de 114 t/h de procesamiento de materia prima; Que a traves de los escritos del visto PESQUERA MORDAZA S.A., solicita modificacion de la licencia de operacion de la planta de procesamiento senalada en el considerando anterior, a efectos de operar dicha planta

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