Norma Legal Oficial del día 06 de Julio del año 2002 (06/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, sabado 6 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Que, en este caso, se tiene a fojas 62 el cargo de la solicitud del 4 de marzo de 2002 presentada por el ciudadano recurrente al Concejo Distrital de Ate, pidiendo la vacancia del cargo de MORDAZA de don MORDAZA MORDAZA Majino por presunto nepotismo, amparando su pedido en la Ley Nº 26771, su Reglamento y el Articulo 23º inciso 7) de la Ley Organica de Municipalidades; siendo que dicha solicitud fue declarada inadmisible e improcedente mediante acuerdo aprobado en la Sesion Ordinaria de Concejo del 23 de marzo de 2002, segun resulta del acta correspondiente, cuya trascripcion certificada corre de fojas 183 a 193, verificandose que el acuerdo adoptado logro una votacion de diez (10) votos a favor, lo que constituye mayoria calificada atendiendo a que el Concejo en mencion cuenta con un numero legal de catorce (14) miembros; Que la solicitud de vacancia del cargo de MORDAZA del distrito de Ate planteada por el recurrente ya ha sido materia de pronunciamiento por parte del Concejo Distrital correspondiente de acuerdo a sus atribuciones, quedando acreditado que se le ha dado tramite con arreglo a lo dispuesto por el tercer parrafo del Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, por lo que resulta improcedente la solicitud de vacancia que se formula ante este organismo electoral sobre la misma materia y con identico fundamento; circunstancia que no limita el derecho del solicitante de recurrir al Organo Contralor en caso de darse situaciones que pudieran presumirse como irregulares; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente la solicitud presentada por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre declaracion de vacancia del cargo de MORDAZA del Concejo Distrital de Ate, provincia y departamento de MORDAZA, que ejerce don MORDAZA MORDAZA Majino. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 12010

MORDAZA MORDAZA Valdivieso Payva, el Acuerdo de Concejo del 14 de MORDAZA de 2002 no es recurrible en revision al no ser de aplicacion en este caso el MORDAZA parrafo del Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, pues la ley no franquea recurso alguno contra el acuerdo en el que el concejo no apruebe la vacancia del cargo municipal, debiendo ser declarado improcedente el presente recurso; Que, por otro lado, debe tenerse en cuenta que solo los vecinos pueden solicitar al Concejo Municipal que declare la vacancia de los cargos de sus miembros, de acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 27º de la Ley Organica de Municipalidades, ya mencionado, sin embargo, se advierte en la consulta en linea via Internet efectuada al Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, que la ciudadana recurrente, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, se encuentra inscrita en el distrito de Ate, provincia y departamento de MORDAZA y no en el distrito de Surquillo; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar improcedente el recurso de revision interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra el Acuerdo del 14 de MORDAZA de 2002 adoptado por el Concejo Distrital de Surquillo, provincia y departamento de MORDAZA, que desestimo la solicitud de vacancia del cargo de Regidor que ejerce don MORDAZA MORDAZA Valdivieso Payva. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General 12011

Declaran que MORDAZA y regidores del Concejo Provincial de MORDAZA continuan en el ejercicio de sus cargos
RESOLUCION Nº 239-2002-JNE MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2002

Declaran improcedente recurso de revision contra acuerdo que desestimo solicitud de vacancia de regidor del Concejo Distrital de Surquillo, provincia de MORDAZA
RESOLUCION Nº 238-2002-JNE Expediente Nº 370-2002 MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2002 Vista la solicitud presentada el 22 de MORDAZA de 2002 por la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, identificada con Libreta Electoral Nº 06550780, interponiendo recurso de revision contra el Acuerdo adoptado el 14 de MORDAZA de 2002 por el Concejo Distrital de Surquillo, provincia y departamento de MORDAZA, que desestimo la solicitud planteada por la recurrente sobre vacancia del cargo de Regidor que ejerce don MORDAZA MORDAZA Valdivieso Payva por la causal de cambio de domicilio fuera de la jurisdiccion de la Municipalidad; CONSIDERANDO: Que al no haberse declarado la vacancia del cargo de Regidor del Concejo Distrital de Surquillo que ejerce don

Visto; el Expediente Nº 193-2002-Vacancia y el Oficio Nº 014-2002-MPL-N de fecha 7 de marzo de 2002, presentado por el ex MORDAZA del Concejo Provincial de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, los escritos presentados por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Fahara MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Valles Win; CONSIDERANDO: Que con fecha 21 de febrero de 2002, el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito en sede municipal la vacancia del cargo de Regidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y; MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicito la vacancia de los regidores MORDAZA Fahara MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las causales establecidas por el inciso 7) del Articulo 23º; incisos 3) y 6) del Articulo 26º y 88º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, advirtiendose que las citadas solicitudes fueron recepcionadas por la "Mesa de Parte" de la Municipalidad Provincial de MORDAZA en la fecha indicada, conforme se acredita de los sellos de recepcion de fojas 3, 76 y 105; Que no obstante lo mencionado, con fecha 19 de febrero de 2002; es decir, dos dias MORDAZA de la MORDAZA de las solicitudes de vacancia, el ex MORDAZA del Concejo Provincial de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, convoco a sesion extraordinaria de Concejo para

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