Norma Legal Oficial del día 06 de Julio del año 2002 (06/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, sabado 6 de MORDAZA de 2002

narios, evaluaciones de riesgo, asi como para la distribucion de material logistico, por la suma de S/. 35,291 (treinta y cinco mil doscientos noventa y uno y 00/100) sin que se MORDAZA ejecutado el servicio; Que en el Informe precitado, se senala que los hechos expuestos determinan la existencia de indicios razonables de la comision del Delito contra la Administracion Publica, resultando presuntamente involucrados los funcionarios: Tte. Crl. EP. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director de la ex Sexta Region de Defensa Civil - Bagua, Jemmy MORDAZA MORDAZA, encargado de la Unidad de Administracion, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encargado de la Unidad de Prevision, MORDAZA Plascencia MORDAZA, encargado de la Unidad de Educacion e Imagen Institucional, MORDAZA MORDAZA MORDAZA encargada de la Unidad de Logistica, asimismo se determina la presunta responsabilidad de los representantes legales de las Empresas de Transportes MORDAZA, MORDAZA Cristo de Bagazan y de Lelier E.I.R.Ltda.; Que, habiendo indicios razonables de la presunta responsabilidad civil y/o penal, y de conformidad con la Recomendacion contenida en la pagina 14 del Informe Especial Nº 004-2002-02-3376 de la Oficina de Auditoria Interna del INDECI, se considera pertinente disponer que el representante legal de la Presidencia del Consejo de Ministros inicie las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables, quienes habrian incurrido en responsabilidad civil y/o penal en perjuicio del Estado; Que, el Informe Especial Nº 004-2002-02-3376 de la Oficina de Auditoria Interna del INDECI, constituye prueba preconstituida de conformidad con lo establecido por el inciso f) del Articulo 16º del Decreto Ley Nº 26162 Ley del Sistema Nacional de Control, y asimismo tiene el caracter de Informe Especial Legal de acuerdo con lo dispuesto por la MORDAZA de Auditoria Gubernamental Nº 4.50, aprobada por Resolucion de Contraloria Nº 2592000-CG, debiendo adoptarse en forma inmediata las acciones pertinentes a que hubiere lugar a fin de cautelar los intereses del Estado; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 17537 modificado por el Decreto Ley Nº 17667 y Decreto Supremo Nº 006-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros a interponer las acciones legales a que hubiere lugar contra: el MORDAZA Crl. EP. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Director de la ex Sexta Region de Defensa CivilBagua, Jemmy MORDAZA MORDAZA, encargado de la Unidad de Administracion, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, encargado de la Unidad de Prevision, MORDAZA Plascencia MORDAZA, encargado de la Unidad de Educacion e Imagen Institucional, MORDAZA MORDAZA MORDAZA encargada de la Unidad de Logistica, asimismo contra los representantes legales de las Empresas de Transportes MORDAZA, MORDAZA Cristo de Bagazan y de Lelier E.I.R.Ltda. por los hechos contenidos en el Informe Especial Nº 004-2002-02-3376 de la Oficina de Auditoria Interna del INDECI. Articulo 2º.- Remitir los antecedentes a la Procuraduria Publica a cargo de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo de Ministros para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 11997

Que mediante Resolucion Suprema Nº 625-2001-PCM se designo a la senora MORDAZA Pollaloro Giglio y al senor MORDAZA Peirano Falconi, como miembros de la Comision Nacional de la Cultura, creada mediante Decreto Supremo Nº 099-2001-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 126-2001-PCM; Que los citados funcionarios han presentado renuncia a sus respectivos cargos, por lo que es pertinente designar a los miembros que los reemplacen en sus funciones; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 099-2001-PCM modificado por Decreto Supremo Nº 126-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar las renuncias formuladas por la senora MORDAZA POLLAROLO GIGLIO y del senor MORDAZA PEIRANO FALCONI al cargo de miembro de la Comision Nacional de Cultura, dandoseles las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Designar como miembros de la Comision Nacional de Cultura a la antropologa MORDAZA MORDAZA ORAMS y al doctor MORDAZA HERAUD PEREZ. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DANINO MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 11998

Autorizan contratacion de empresa encuestadora mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 238-2002-PCM MORDAZA, 28 de junio de 2002 VISTO; el Informe Nº 060-2002-PCM/OGA/OAA.700.1 de la Oficina de Asuntos Administrativos de la Oficina General de Administracion, sobre el pedido de la Secretaria de Comunicaciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; para adquisicion de servicios; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el Informe Nº 060-2002-PCM/ OGA/OAA.700.1 de la Oficina de Asuntos Administrativos, la contratacion del servicio de encuesta flash a nivel nacional se encontraria tipificado como servicios personalisimos, por cuanto el Articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece las condiciones que debe reunir la contratacion para proceder acceder a la causal de exoneracion por servicios personalisimos; Que, segun el Informe Legal Nº 083-2001-(GTN) del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, de la definicion dada por el Reglamento, se desprende que para la determinacion de este MORDAZA de servicio resulta importante las cualidades especiales del locador, a cuyas caracteristicas se le puede anadir las que la doctrina atribuye al denominado "contrato intuitu personae", es decir, la profesionalidad, solvencia o responsabilidad economica, entre otros, independientemente que exista otro locador que pueda prestar en esencia el mismo servicio, estableciendose, de esta manera, que la diferencia entre ambos locadores es la forma de brindar el servicio, ya que uno no puede prestarlo de la misma manera que el otro; Que, en razon a lo senalado en los considerandos anteriores, y atendiendo a las cualidades de "Imasen

Designan miembros de la Comision Nacional de Cultura
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 237-2002-PCM MORDAZA, 4 de MORDAZA de 2002

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