Norma Legal Oficial del día 07 de Julio del año 2002 (07/07/2002)


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MUNICIPALIDAD DE BRENA

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 7 de MORDAZA de 2002

R.A. Nº 877-2002-DA/MDB.- Declaran nulidad de MORDAZA de adjudicacion directa selectiva para contratacion de servicio de recoleccion, transporte y disposicion final de residuos solidos 225983

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Acuerdo Nº 150-2002/MVMT.- Reconocen promulgacion del D.S. Nº 021-2002-JUS por el Jefe de Estado 225988

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Ordenanza Nº 054-MDL.- Aprueban Ordenanza que establece regimen de incentivos y descuentos referidas al pago de diversas obligaciones tributarias 225984 D.A. Nº 006-2002-MDL.- Aprueban Directiva "Normas y Procedimientos sobre Desconcentracion de Competencias Administrativas" 225985

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO
Ordenanza Nº 000013.- Establecen sistema de regularizacion e incentivos para el cumplimiento de obligaciones administrativas y tributarias 225988

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Acuerdo Nº 000041.- Autorizan seleccion de persona natural o juridica para la fiscalizacion de recursos no previstos ni presupuestados de la municipalidad, mediante adjudicacion de menor cuantia 225985

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Acuerdo Nº 20-2002.- Amplian plazo de situacion de urgencia para la adquisicion de productos destinados al Programa del Vaso de Leche 225990

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
R.A. Nº 1601-2002-AL/MDSMP.- Autorizan a cooperativa de vivienda la culminacion de obras de habilitacion MORDAZA de terreno ubicado en el distrito 225986

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANAGORAN
R.A. Nº 046-2002-MDS.- Inician procedimiento disciplinario a ex MORDAZA y ex regidores de la Municipalidad 225991

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 27775
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

de dinero, el Juez a que se refiere el inciso a) de este articulo dispone que se notifique al Ministerio de Justicia para que cumpla con el pago ordenado en la sentencia, en el termino de diez dias. c) Procedimiento para el pago de suma por determinar.Si la sentencia contiene condena de pago de suma de dinero por determinar, el Juez Especializado o Mixto a que se refiere en el inciso a) de este articulo, correra traslado de la solicitud del ejecutante con los medios probatorios que ofrezca, al Ministerio de Justicia por el termino de diez dias. El representante del Ministerio de Justicia puede formular contradiccion exclusivamente sobre el monto pretendido, ofreciendo medios probatorios. Formulada la contradiccion o sin MORDAZA, el Juez ordenara la actuacion de los medios probatorios pertinentes en audiencia de conciliacion, en el plazo no mayor de 30 dias y pronunciara resolucion dentro de los 15 dias. La apelacion sera concedida con efecto suspensivo y sera resuelta por la Sala de la Corte Superior correspondiente en igual termino. d) MORDAZA para fijar la responsabilidad patrimonial y el monto indemnizatorio, en su caso.Si la sentencia contiene declaracion de que la parte ha sufrido danos y perjuicios distintos al derecho conculcado o como consecuencia de los hechos materia de juzgamiento internacional y ha dejado a salvo el derecho del mismo para hacerlo MORDAZA conforme a la jurisdiccion interna, la parte debera interponer la demanda correspondiente siguiendo el tramite del MORDAZA abreviado previsto en el Titulo II de la Seccion MORDAZA del Codigo Procesal Civil. e) Ejecucion de medidas provisionales En los casos que la Corte emita medidas provisionales, ya sea cuando se trate de asuntos que esten en conocimiento de la misma, o bien, a solicitud de la Comision Interamericana ante la Corte, estas deberan ser de inmediato cumplimiento, debiendo el Juez Especializado o Mixto ordenar su ejecucion dentro del termino de 24 horas de recibida la comunicacion de la decision respectiva. Articulo 3º.- Tramitacion de pretensiones distintas Las pretensiones de la parte sobre reparaciones distintas de la condena o declaracion contenidas en la sentencia del Tribunal Internacional se sujetan a la competencia y a la via procedimental senaladas en el Codigo Procesal Civil. Articulo 4º.- Medidas no indemnizatorias.Dentro del plazo de diez dias de recibida la comunicacion de la Corte Suprema, el Juez que agoto la jurisdiccion interna ordenara a los organos e instituciones es-

LEY QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE EJECUCION DE SENTENCIAS EMITIDAS POR TRIBUNALES SUPRANACIONALES
Articulo 1º.- Objeto de la Ley Declarase de interes nacional el cumplimiento de las sentencias dictadas en los procesos seguidos contra el Estado Peruano por Tribunales Internacionales constituidos por Tratados que han sido ratificados por el Peru de acuerdo con la Constitucion Politica. Articulo 2º.- Reglas de ejecucion de Sentencias Supranacionales Las sentencias expedidas por los Tribunales Internacionales constituidos segun Tratados de los que es parte el Peru, que contengan condena de pago de suma de dinero en concepto de indemnizacion por danos y perjuicios a cargo del Estado o MORDAZA meramente declarativas, se ejecutaran conforme a las reglas de procedimiento siguiente: a) Competencia.La sentencia emitida por el Tribunal Internacional sera transcrita por el Ministerio de Relaciones Exteriores al Presidente de la Corte Suprema, quien la remitira a la Sala en que se agoto la jurisdiccion interna, disponiendo su ejecucion por el Juez Especializado o Mixto que conocio el MORDAZA previo. En el caso de no existir MORDAZA interno previo, dispondra que el Juez Especializado o Mixto competente conozca de la ejecucion de la resolucion. b) Procedimiento para la ejecucion de resolucion que ordena el pago de suma determinada.Si la sentencia contiene condena de pago de suma

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