Norma Legal Oficial del día 07 de Julio del año 2002 (07/07/2002)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, MORDAZA 7 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 225953

tatales concernidas, sea cuales fuesen estas, el cese de la situacion que dio origen a la sentencia referida, indicando la adopcion de las medidas necesarias. En el caso que la sentencia se refiera a resolucion judicial, el Juez competente debera adoptar las disposiciones que resulten pertinentes para la restitucion de las cosas al estado en el que se encontraban MORDAZA de que se produzca la violacion declarada por medio de la sentencia. Articulo 5º.- Derecho de repeticion Fijada la responsabilidad personal de la autoridad, funcionario o empleado publico que dio motivo al procesamiento internacional, el Estado representado por el Procurador correspondiente iniciara MORDAZA judicial para obtener a su vez, el resarcimiento de los danos y perjuicios que se le ha ocasionado. Articulo 6º.- Comunicacion de cumplimiento de sentencias La Corte Suprema de Justicia de la Republica informara, por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores a la Corte Interamericana de Derechos Humanos acerca de las medidas que se hayan adoptado en cumplimiento de la sentencia. El beneficiario sera informado periodicamente de las medidas que se adopten en cumplimiento de la sentencia. Articulo 7º.- Prevision presupuestaria El Ministerio de Justicia incorporara y mantendra en su pliego presupuestal una partida que sirva de fondo suficiente para atender exclusivamente el pago de sumas de dinero en concepto de reparacion de danos y perjuicios impuesto por sentencias de Tribunales Internacionales en procesos por violacion de derechos humanos, asi como el pago de las sumas que se determinen en las resoluciones de los procedimientos a que se refieren los incisos c) y d) del Articulo 2º de esta Ley. Si la partida fuere insuficiente para atender su objeto, se aplicara lo dispuesto en el Decreto de Urgencia Nº 055-2001, que establece procedimiento para el pago de sumas de dinero ordenadas por mandato judicial en procesos seguidos con el Estado, en lo que sea pertinente. Articulo 8º.- Via Arbitral En el caso senalado en el acapite c) y d) del Articulo 2º, las partes podran solicitar que la determinacion del monto a pagar; y la responsabilidad patrimonial y el monto indemnizatorio en su caso, se tramite a traves de un procedimiento arbitral de caracter facultativo, para lo cual el Procurador del Estado del Ministerio de Justicia debe estar debidamente autorizado para ello. El procedimiento arbitral se regira por la Ley de la materia. Articulo 9º.- Deroga dispositivos legales Deroganse todas aquellas disposiciones que se opongan a la presente Ley. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de junio de dos mil dos. MORDAZA FERRERO Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA PEASE MORDAZA Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los cinco dias del mes de MORDAZA del ano dos mil dos. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 12079

PODER EJECUTIVO ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan viaje a representante de Proinversion para participar en la XVII Reunion del Grupo de Negociacion sobre Inversiones, en el MORDAZA del MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 272-2002-EF/10 MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM de 24 de MORDAZA de 2002, se dispuso la absorcion de la Comision de Promocion de la Inversion Privada - COPRI, la Comision Nacional de Inversiones y Tecnologias Extranjeras -CONITE- y de la Gerencia de Promocion Economica de la Comision de Promocion del Peru -PROMPERU-, por la Direccion Ejecutiva FOPRI, pasando a denominarse esta entidad Agencia de Promocion de la Inversion -PROINVERSION-; Que, mediante Oficio Nº 830/2002/DE/PROINVERSION, de 3 de MORDAZA de 2002, se solicita se autorice el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Perret, a la MORDAZA de Panama, Republica de Panama, del 7 al 12 de MORDAZA de 2002, para participar en la XVII Reunion del Grupo de Negociacion sobre Inversiones (GNIN-ALCA), en el MORDAZA de las negociaciones para establecer el Area de Libre Comercio de las Americas -ALCA-, realizandose de manera previa una reunion de coordinacion a nivel de las delegaciones de la Comunidad MORDAZA el dia 7 de MORDAZA del ano en curso; Que, en la citada reunion se trataran temas relevantes sobre la negociacion del texto del capitulo de Inversiones del MORDAZA y que corresponde a la Agencia de Promocion de la Inversion -PROINVERSION-, formular, proponer y ejecutar la politica nacional de tratamiento a la inversion privada, asi como coordinar y negociar los convenios internacionales de inversion; Que, siendo prioritario para el MORDAZA la promocion de la inversion privada y la captacion de las inversiones extranjeras, requeridas como complemento de los esfuerzos y recursos nacionales para el fortalecimiento de la capacidad productiva y competitividad, la participacion activa en las negociaciones comerciales internacionales MORDAZA referidas, en tal sentido es necesario autorizar el citado viaje cuyo gasto sera con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 007, Agencia de Promocion de la Inversion, del Pliego 009 del Ministerio de Economia y Finanzas, correspondiente al ejercicio 2002; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el literal b) del numeral 3.1 del Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Perret, a la MORDAZA de Panama, Republica de Panama, del 7 al 12 de MORDAZA de 2002, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal seran con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2002 de la Unidad Ejecutora 007, Agencia de Promocion de la Inversion -PROINVERSION-, del Pliego 009 del Ministerio de Economia y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC : : : US$ 472,00 US$ 1 200,00 US$ 25,00

Articulo 3º.- La presente Resolucion Ministerial no otorga derecho a exoneracion o liberacion de impuestos de aduana de cualquier clase o denominacion a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI G. Ministro de Economia y Finanzas 12067

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.