Norma Legal Oficial del día 11 de Julio del año 2002 (11/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 11 de MORDAZA de 2002

ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL DE RENEGOCIACION Nº 33 CELEBRADO ENTRE PERU Y URUGUAY (PROTOCOLO DE ADECUACION) Decimotercer Protocolo Adicional Los Plenipotenciarios de la Republica del Peru y de la Republica Oriental del Uruguay, acreditados por sus respectivos Gobiernos segun poderes que fueron otorgados en buena y debida forma, depositados oportunamente en la Secretaria General de la Asociacion (ALADI), CONSIDERANDO La necesidad de preservar y ampliar las corrientes de comercio existentes entre ambos paises; y REAFIRMANDO La voluntad de continuar las negociaciones de un Acuerdo de Complementacion Economica entre los paises miembros del MERCOSUR y los de la Comunidad MORDAZA, para conformar una MORDAZA de libre comercio, CONVIENEN: Articulo unico.- Prorrogar desde el 1 de MORDAZA de 2002 hasta el 31 de diciembre de 2002, la vigencia del Acuerdo de Alcance Parcial de "Renegociacion de las concesiones otorgadas en el periodo 1962/1980" Nº 33. Si con anterioridad al 31 de diciembre de 2002 se suscribiera un Acuerdo de Complementacion Economica entre el MERCOSUR y la Comunidad MORDAZA, el Acuerdo de Alcance Parcial de "Renegociacion de las concesiones otorgadas en el periodo 1962/1980" Nº 33 y las preferencias pactadas en el mismo caducaran a partir de la entrada en vigencia de aquel. La Secretaria General de la Asociacion sera depositaria del presente Protocolo, del cual enviara copias debidamente autenticadas a los Gobiernos signatarios. EN FE DE LO CUAL, los respectivos Plenipotenciarios suscriben el presente Protocolo en la MORDAZA de Montevideo, a los dieciocho dias del mes de junio de dos mil dos, en un original en idioma espanol. Por el Gobierno de la Republica del Peru: MORDAZA BELEVAN MC BRIDE Por el Gobierno de la Republica Oriental del Uruguay: MORDAZA ROSSELLI FRIERI 12307

Adicional, en el MORDAZA del Acuerdo de Complementacion Economica Nº 48; Que, el referido Protocolo tiene como objetivo prorrogar desde el 1 de MORDAZA hasta el 31 de diciembre de 2002, la vigencia del Acuerdo de Complementacion Economica Nº 48 y las preferencias pactadas entre sus signatarios; Que, corresponde al Gobierno Peruano publicar el mencionado Protocolo, asi como senalar los mecanismos relativos a su puesta en vigencia y administracion; De conformidad con el Articulo 57º de la Constitucion Politica del Estado, Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 26647, Decreto Ley Nº 25831 Ley Organica del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2001-ITINCI, modificado por Decreto Supremo Nº 013-2002-ITINCI; DECRETA: Articulo 1º.- Publiquese y pongase en vigencia el Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Alcance de Complementacion Economica Nº 48, suscrito entre los Gobiernos de las Republicas de Colombia, Ecuador, Peru y Venezuela, Paises Miembros de la Comunidad MORDAZA y el Gobierno de la Republica Argentina. Articulo 2º.- El Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, comunicara a las autoridades correspondientes las disposiciones y precisiones que fueran necesarias sobre los alcances de dicho Protocolo Adicional. Articulo 3º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de MORDAZA de 2002. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DIEZ CANSECO MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales ACUERDO DE COMPLEMENTACION ECONOMICA Nº 48 SUSCRITO ENTRE LAS REPUBLICAS DE COLOMBIA, ECUADOR, PERU Y VENEZUELA, PAISES MIEMBROS DE LA COMUNIDAD MORDAZA Y LA REPUBLICA MORDAZA Tercer Protocolo Adicional

Disponen entrada en vigencia del Tercer Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementacion Economica Nº 48, suscrito con las Republicas de Colombia, Ecuador, Venezuela y MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 017-2002-ITINCI EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 025-2000-ITINCI se puso en vigencia el Acuerdo de Alcance Parcial de Complementacion Economica Nº 48, suscrito entre las Republicas de Colombia, Ecuador, Peru y Venezuela, Paises Miembros de la Comunidad MORDAZA y el Gobierno de la Republica Argentina; Que, los Plenipotenciarios de las Republicas de Colombia, Ecuador, Peru y Venezuela, Paises Miembros de la Comunidad MORDAZA y del Gobierno de la Republica MORDAZA, reunidos en la MORDAZA de Montevideo, en fecha 26 de junio de 2002, acordaron firmar el Tercer Protocolo

Los Plenipotenciarios de las Republicas de Colombia, Ecuador, Peru y Venezuela, Paises Miembros de la Comunidad MORDAZA y de la Republica MORDAZA, debidamente autorizados por sus respectivos Gobiernos, segun poderes presentados en buena y debida forma, oportunamente depositados ante la Secretaria General de la Asociacion Latinoamericana de Integracion (ALADI), CONSIDERANDO La necesidad de preservar y ampliar las corrientes de comercio existentes entre MORDAZA Partes, REAFIRMANDO La voluntad de continuar las negociaciones de un Acuerdo de Complementacion Economica entre los paises miembros del MERCOSUR y los de la Comunidad MORDAZA, para conformar una MORDAZA de libre comercio, CONVIENEN: Articulo 1º.- Prorrogar desde el 1 de MORDAZA de 2002 hasta el 31 de diciembre de 2002, la vigencia del Acuerdo de Complementacion Economica Nº 48 y de las preferencias pactadas entre sus signatarios.

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