Norma Legal Oficial del día 11 de Julio del año 2002 (11/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, jueves 11 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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siones a los requisitos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del INDECOPI. El 25 de marzo del 2002, EGEDA PERU, solicito una prorroga al plazo otorgado por esta. Por Resolucion del 27 de marzo del 2002, la Oficina concedio una prorroga de treinta (30) dias adicionales. Asimismo, el 25 de MORDAZA del 2002 EGEDA PERU solicito nueva prorroga a la otorgada mediante Resolucion del 27 de marzo del 2002, concediendole la Oficina, el 3 de MORDAZA del 2002, un plazo de sesenta (60) dias. Mediante escrito presentado el 8 de MORDAZA del 2002, la solicitante ha cumplido con subsanar las observaciones efectuadas por la Oficina. II. CUESTIONES EN DISCUSION Si EGEDA PERU ha subsanado las observaciones efectuadas por la Oficina y en consecuencia ha cumplido con los requisitos para que le sea otorgada la autorizacion para funcionar como sociedad de gestion colectiva. III. ANALISIS DE LA CUESTION EN DISCUSION La Ley Sobre el Derecho de Autor, aprobada mediante el Decreto Legislativo Nº 822, establece que "Las sociedades de autores y de derechos conexos, constituidas o por constituirse para defender los derechos patrimoniales reconocidos en la presente Ley, necesitan para los fines de funcionamiento como sociedades de gestion colectiva, de una autorizacion de la Oficina de Derechos de Autor del Indecopi, y estan sujetos a su fiscalizacion, inspeccion y vigilancia en los terminos de esta Ley..." El 8 de MORDAZA EGEDA PERU ha cumplido con subsanar las observaciones efectuadas por la Oficina, reuniendo de este modo con los requisitos exigidos en la Decision MORDAZA 351 que aprueba el Regimen Comun Sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos y el Decreto Legislativo Nº 822, Ley Sobre el Derecho de Autor, en consecuencia; procede otorgarle la autorizacion de funcionamiento como sociedad de gestion colectiva del Derecho de Autor de los productores de Obras y Producciones Audiovisuales. La nombrada entidad, para iniciar los cobros por el uso de las obras y producciones de los titulares que representa, previamente, debera publicar sus tarifas en el Diario Oficial El Peruano y en un diario de amplia circulacion nacional y dichas tarifas publicadas, entraran en MORDAZA a los treinta dias de la MORDAZA publicacion, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 153º literal f) del Decreto Legislativo Nº 822. Igualmente, de acuerdo con lo establecido en el Articulo 154º del Decreto Legislativo Nº 822, para que surtan efectos, dentro de la sociedad y frente a terceros, los contratos de representacion reciproca o unilateral suscritos con entidades de gestion colectiva o asociaciones extranjeras, asi como la designacion de los miembros de los organos directivos y del director general, dichos actos deberan ser previamente inscritos en el Registro Nacional de Derechos de Autor y Derechos Conexos a cargo de la Oficina de Derechos de Autor del INDECOPI. IV. RESOLUCION DE LA OFICINA Primero.- CONCEDER a la ENTIDAD DE GESTION DE DERECHOS DE LOS PRODUCTORES AUDIOVISUALES (EGEDA PERU) la autorizacion de funcionamiento como sociedad de gestion colectiva de Derechos de Autor de los productores de Obras y Producciones Audiovisuales. Segundo.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en la separata de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano por una sola vez, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 148º MORDAZA parrafo del Decreto Legislativo Nº 822. MORDAZA TRAJTMAN KIZNER Jefe (e) de la Oficina de Derechos de Autor 12208

INEI
Aprueban Directiva "Normas Tecnicas para la asignacion de nombres de Dominio de las entidades de la Administracion Publica"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 207-2002-INEI MORDAZA, 5 de MORDAZA del 2002 Visto el Proyecto de Directiva sobre "Normas Tecnicas para la asignacion de nombres de Dominio de las entidades de la Administracion Publica", propuesto por la Direccion Tecnica de Normatividad y Promocion del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 060-2001-PCM, se crea el MORDAZA del Estado Peruano como sistema interactivo de informacion a los ciudadanos mediante el uso de Internet, el cual es administrado por la Presidencia del Consejo de Ministros, a traves del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI; Que, conforme a lo establecido en el Articulo 3º del Decreto Supremo Nº 060-2001-PCM, el INEI emitira las normas y recomendaciones tecnicas necesarias para el desarrollo, puesta en funcionamiento y operacion del MORDAZA del Estado Peruano; Que, es objetivo del INEI normar, coordinar, integrar y racionalizar las actividades informaticas oficiales del pais; Que, para una mejor administracion del MORDAZA del Estado Peruano, es necesario establecer procedimientos tecnicos que permitan uniformizar los nombres de Dominio de las entidades de la Administracion Publica a nivel nacional; Estando a lo propuesto por la Direccion Tecnica de Normatividad y Promocion, con la opinion favorable de la Subjefatura de Informatica y la visacion de la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 010-2002-INEI/ DTNP, "Normas Tecnicas para la asignacion de nombres de Dominio de las entidades de la Administracion Publica", que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer su aplicacion y cumplimiento por las entidades del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Organismos Autonomos, Organismos Publicos Descentralizados, Gobiernos Regionales, Locales y Empresas Publicas a nivel nacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA Jefe DIRECTIVA Nº 010-2002-INEI/DTNP NORMAS TECNICAS PARA LA ASIGNACION DE NOMBRES DE DOMINIO DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA I. FINALIDAD Establecer los procedimientos tecnicos para uniformizar los nombres de dominio en las entidades de la Administracion Publica. II. OBJETIVO Uniformizar los nombres de dominio en las entidades de la Administracion Publica a nivel nacional.

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