Norma Legal Oficial del día 17 de Julio del año 2002 (17/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, miercoles 17 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

Pag. 226593

Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y sus modificaciones seran aprobados por la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad; Que, el Articulo 10º del Edicto Nº 227 senala a la Gerencia de Administracion como organo responsable del manejo presupuestal del pliego constituido por la institucion, teniendo entre sus funciones elaborar el proyecto de presupuesto de la institucion y administrar los procesos de compras y abastecimientos, siendo el Gerente de Administracion el funcionario de mayor nivel del area administrativa; Estando a lo dispuesto por el Articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el Art. 7º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, asi como el Edicto Nº 227 del Servicio de Administracion Tributaria - SAT; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la inclusion en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Servicio de Adminis-

tracion Tributaria, para el Ejercicio Fiscal 2002, aprobado por Resolucion de Gerencia de Administracion Nº 01902-SAT/03, las contrataciones y adquisiciones que se detallan en el cuadro adjunto que como anexo forma parte de la presente resolucion. Articulo 2º.- Disponer que la Gerencia de Administracion remita MORDAZA de la presente Resolucion al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado CONSUCODE y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME dentro del plazo establecido por el Art. 8º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. Nº 013-2001PCM, y ponga a disposicion del publico usuario. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA VIDALON MORDAZA Gerente (e) de Administracion Servicio de Administracion Tributaria

Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - Modificacion
NOMBRE DE LA ENTID. SIGLAS
N. REF. MORDAZA OBJETO DE MORDAZA CIIU

SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA SAT
SINTESIS DE ESPECIFICACIONES TECNICAS FECHA MONEDA VALOR UNIDAD CANTIDAD PROB. ESTIMADO MEDIDA CONV. FUENTE DE FINANC.

ANO: RUC:

2002 20337101276
OBSERVACIONES

NIVEL DE DESCENUbigeo TRALIZACION Y Depart. Prov. Dist. DESCONCENTRACION

1

ADP

SERVICIOS

2 3

ADS ADS

BIENES SERVICIOS

Contratacion de Avisos para 9213 MORDAZA de difusion del Julio-02 RESET en diversos diarios Adquisicion e Instalacion de 2890 Puertas enrrollables de MORDAZA Julio-02 para local de Jr. Camana 700 7123 Alquiler de Computadoras Julio-02 para MORDAZA RESET

US$

21.846,53

Otro

0 RECAUD. DIRECT. G.A.

15

01

01

US$ US$

16.000,00 10.500,00

Otro Otro

0 RECAUD. DIRECT. G.A. 0 RECAUD. DIRECT. G.A.

15 15

01 01

01 01

12727

MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Declaran nulidad de licitacion para la adquisicion de insumos del Programa Vaso de Leche de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 425-2002 Los MORDAZA, 12 de MORDAZA del 2002 VISTOS: El Informe Nº 007-2002-MDLO/CE del Presidente del Comite Especial encargado de conducir la Licitacion Publica Nº 002-2002/MDLO/CE para la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche, referido al Pronunciamiento Nº 072-2002 (GTN), remitido por CONSUCODE mediante Oficio Nº 351/2002 (PRE), Informe Nº 319-2002-MDLO/OAL; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 012-2002-DM/ MDLO del 18 de MORDAZA del 2002 se aprobaron las Bases de la Licitacion Publica Nº 002-2002/MDLO/CE, para la adquisicion de Leche Evaporada Entera y Hojuela de Quinua con MORDAZA para el Programa del Vaso de Leche durante el ano 2002, formuladas por el Comite Especial constituido mediante Resolucion Directoral Nº 004-2002DM/MDLO, modificada por la Resolucion Directoral Nº 010-2002-DM/MDLO, y recompuesto en merito a la Resolucion Directoral Nº 011-2002-DM/MDLO efectuandose la convocatoria correspondiente; asimismo, se convoco a la Licitacion Publica correspondiente; Que, mediante Oficio de Vistos, el Presidente del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado remite el Pronunciamiento Nº 072-2002 (GTN) de la

Gerencia Tecnica Normativa de dicha entidad, referido a las observaciones a las Bases formuladas por los postores de la citada Licitacion Publica y a la revision de las Bases efectuadas en merito a la facultad contenida en el Articulo 59º, inciso a) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la misma que ha hallado los siguientes vicios: 1). Que, la publicacion de la convocatoria a la Licitacion Publica Nacional Nº 002-2002-MDLO/ CE ha sido solo en el Diario Oficial El Peruano, transgrediendo asi lo dispuesto por el numeral I, del Articulo 13º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y 76º de su Reglamento, que MORDAZA ademas se publique en otro diario de mayor circulacion nacional. 2). Que, las bases han sido aprobadas con Resolucion Directoral emitida por la Directora Municipal, que si bien cuenta con la autorizacion del MORDAZA segun Resolucion de Alcaldia Nº 662-2000, esta no precisa expresamente que atribuciones o competencias puede ejercer, por lo que su redaccion es generica. 3). Que, las Bases constituyen de manera innecesaria la exigencia de solicitar documentacion que ni el TUO de la Ley ni su Reglamento lo requieren, por lo que se transgrede lo dispuesto por la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, al solicitar copias autentificadas o legalizadas; se indica que a excepcion de la Garantia los demas documentos deberan ser firmados, en este extremo la garantia solo es presentada por el postor ganador de la buena pro y no en los sobres Propuesta Tecnica o Economica. 4). Que, se debe considerar el puntaje adicional dispuesto por la Ley Nº 27633, que modifico la Ley Nº 27143 - Ley de Promocion Temporal del Desarrolo Nacional, reglamentada por el Decreto Supremo Nº 003-2001-PCM, en cuanto a la aplicacion del beneficio adicional de 20% en el puntaje de cada postor al presentar la declaracion jurada que manifieste que el bien es nacional. 5). Que, las reglas de descalificacion propuestas en las bases deben ser claras y objetivas, debiendo eliminarse lo establecido por el numeral 5.2.3.

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