Norma Legal Oficial del día 24 de Julio del año 2002 (24/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 70

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 24 de MORDAZA de 2002

PERU y AEROVIAS DE MEXICO S.A. DE C.V., hasta el 9 de MORDAZA del 2002, fecha de vigencia del Permiso de Operacion Provisional de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU, en los mismos terminos que la Resolucion anterior; Que, con Solicitud de Registro Nº 031076 del 2 de MORDAZA de 2002 y Solicitud de Registro Nº 032944 del 8.5.2002, AEROVIAS DE MEXICO S.A. DE C.V. y TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU respectivamente, solicitaron la renovacion de la autorizacion del Acuerdo de Codigo Compartido suscrito entre MORDAZA aerolineas para operar el Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, en la ruta MEXICO - MORDAZA y vv., con derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire, con cuatro (4) frecuencias semanales; Que, TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU esta autorizada por la Autoridad Aeronautica Peruana mediante Permiso de Vuelo Nº 0464/2002 para prestar Servicio de Transporte Aereo Internacional Regular de pasajeros, carga y correo, en la ruta MORDAZA - MEXICO y vv., con siete (7) frecuencias semanales y con derechos de trafico de 3ª y 4ª MORDAZA del Aire; Que, asimismo, AEROVIAS DE MEXICO S.A. DE C.V., esta autorizada por la Autoridad Aeronautica Peruana mediante Resolucion Directoral Nº 273-2000-MTC/15.16 de 3 de noviembre de 2000 para prestar Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, en la ruta MEXICO D.F. - MORDAZA y vv., con cuatro (4) frecuencias semanales y con derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil de la Direccion de Transporte y Control Aeronautico de los Estados Unidos Mexicanos ha autorizado a la empresa AEROVIAS DE MEXICO S.A. DE C.V. a operar bajo el sistema de Codigo Compartido con la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU, en la ruta C.D. DE MEXICO - MORDAZA y vv.; Que, asimismo, la Direccion General de Aeronautica Civil de la Direccion de Transporte y Control Aeronautico de los Estados Unidos Mexicanos ha autorizado a la empresa TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU a operar bajo el sistema de Codigo Compartido con la empresa AEROVIAS DE MEXICO S.A. DE C.V., en la ruta C.D. DE MEXICO - MORDAZA y vv.; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Aeronautica Civil del Peru, Ley Nº 27261; y, con la opinion favorable de las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar la ampliacion de la autorizacion del Acuerdo de Codigo Compartido suscrito entre TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU y AEROVIAS DE MEXICO S.A. DE C.V., para prestar el servicio de transporte aereo regular internacional de pasajeros, carga y correo, en la ruta MORDAZA - MEXICO y vv., con cuatro (4) frecuencias semanales, hasta el 3 de noviembre del 2002, fecha de vigencia de la autorizacion otorgada a TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU. El plazo de vigencia de la presente autorizacion, corre a partir del 10 de MORDAZA de 2002, fecha siguiente al vencimiento de la Resolucion Directoral Nº 097-2001MTC/15.16. Articulo Segundo.- La autorizacion indicada en el Articulo Primero se sujetara a las siguientes condiciones: 1. La presente autorizacion comprende la explotacion y comercializacion por parte de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU, con derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire entre MORDAZA - MEXICO y vv.; y, por parte de AEROVIAS DE MEXICO S.A. DE C.V. la explotacion y comercializacion, con derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire entre MEXICO - MORDAZA y vv., pudiendo consignar MORDAZA empresas, sus codigos designadores de aerolineas en los vuelos; 2. En la publicacion y comercializacion de los servicios materia del Acuerdo de Codigo Compartido que se autoriza, ambos transportadores debera hacer mencion expresa al publico usuario, que se trata de vuelos de codigo compartido de forma tal que no se induzca a error al consumidor, especialmente en cuanto a las caracteristicas del servicio, el precio y las condiciones de venta.

Articulo Tercero.- MORDAZA empresas de transporte aereo se encuentran obligadas a presentar mensualmente a la Direccion General de Aeronautica Civil, los datos estadisticos e informes que correspondan a las operaciones de codigo compartido que se autorizan por la presente Resolucion. Articulo Cuarto.- La presente autorizacion sera revocada, previa comunicacion a MORDAZA empresas transportadoras, cuando incumplan las obligaciones contenidas en la presente Resolucion Directoral; o renuncie, se suspenda, quede sin efecto o se revoquen la respectivas autorizaciones. Sin perjuicio de lo anterior, cualquier incumplimiento a la presente autorizacion, sera sancionado en la forma que establece el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Ley de Aeronautica Civil. Articulo Quinto.- En la presente autorizacion, MORDAZA empresas responden indivisible y solidariamente frente a los pasajeros y carga transportados, sin perjuicio de las obligaciones establecidas en el respectivo contrato. Articulo Sexto.- La presente autorizacion queda sujeta a la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC; asi como al cumplimiento estricto de todas las condiciones y requisitos establecidos en la presente Resolucion Directoral tanto por parte de TRANS AMERICAN AIRLINES S.A. - TACA PERU y AEROVIAS DE MEXICO S.A. DE C.V., asi como a las demas disposiciones legales vigentes y directivas que dicte esta Direccion General. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA KUAN-VENG Director General de Aeronautica Civil 12335

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Incorporan vocal a la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA y disponen que integre la MORDAZA Sala Especializada en lo Penal de Reos Libres
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 223-2002-P-CSJCNL/PJ Independencia, dieciseis de MORDAZA del dos mil dos VISTA: La Resolucion Administrativa numero cero noventicinco-dos mil dos-CE-PJ de fecha cinco de MORDAZA del ano en curso y publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia once del indicado mes y ano; y, CONSIDERANDO: Por Resolucion Administrativa de vista, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, resuelve declarar fundada la solicitud de traslado por razones de salud, presentada por el senor doctor MORDAZA MORDAZA Lecaros MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, disponiendo en consecuencia, su traslado a una plaza de igual nivel en este Distrito Judicial; Siendo ello asi y considerando que el Magistrado en mencion, aun no ha acreditado con documento alguno su antiguedad en el cargo y considerando ademas, que recientemente se ha efectuado la designacion de un Vocal Suplente en la MORDAZA Sala Especializada en lo Penal de Reos Libres, resulta pertinente incorporarlo a este Colegiado; Por tales fundamentos y en uso de las facultades conferidas al suscrito por los incisos tres y nueve del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, la Presidencia;

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