Norma Legal Oficial del día 24 de Julio del año 2002 (24/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 80

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 24 de MORDAZA de 2002 ANEXO

Prorrogan plazo para que el Banco Santander Central Hispano - Peru proceda a enajenar bienes inmuebles adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 641-2002 MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2002

BIEN INMUEBLE ADJUDICADO POR OBLIGACION DE DEUDOR SOBRE EL CUAL SE AUTORIZA PRORROGA PARA SU VENTA
MORDAZA de Bien
Inmueble

Descripcion / Ubicacion

Fecha de Valor Adjudi- en Libros cacion (en S/.)

EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Santander Central Hispano - Peru de prorroga del plazo para la enajenacion de los bienes adjudicados en cobro de acreencias que forman parte del Anexo de la presente resolucion, conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modificatorias, en adelante Ley General; CONSIDERANDO:
Inmueble Inmueble Inmueble Inmueble Inmueble Inmueble Inmueble

MORDAZA MORDAZA N° 791 y Psje. Porto MORDAZA 2001.06.30 589 771.64 N° 125 Urb. P. La Planicie, La MORDAZA MORDAZA Jr. MORDAZA MORDAZA 211-215 y MORDAZA 700708 Juliaca, San MORDAZA - MORDAZA Jr. Ayaviri s/n 1era cuadra Barrio Orkopata - MORDAZA MORDAZA MORDAZA Centore N° 1300, Parachico Mz. 14 LT 08 - Tacna 31 Lotes en Urb. Comercial La Parada Chiclayo, MORDAZA MORDAZA Industrial Mz. D Lote 5A - Tacna Av. La Paz 1073-1075-1069 LT 02 Mz. 72 Urb. La MORDAZA -Callao Av. Paracas Lote 25 Urb. Paracas, MORDAZA - Ica (5 MORDAZA y 10 estacionamientos) Condominio Av. MORDAZA Valdelomar Sub Lote N° 3 MORDAZA - Ica Av. MORDAZA MORDAZA Este N° 2954 Mz E5 LT 26 Urb. San MORDAZA - MORDAZA Urb. Coop. Universitaria Mz. J Lote 14 Dpto. 301 Estac. 1 y 3 - MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Villaran N° 1056 Dpto. 201, San MORDAZA - MORDAZA Urb. Fray MORDAZA Mza. L, Lote 5, Pasaje MORDAZA Ugarte, MORDAZA - MORDAZA 2001.06.30 2001.06.30 2001.06.30 34 176.00 12 881.84 28 616.10

2001.06.30 233 582.89 2001.06.30 2001.06.30 76 481.56 50 605.36

2001.06.30 591 281.64

Que, el Articulo 215º de la Ley General establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que se trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, los numerales 4 y 6 de la Circular Nº B-20752000 senalan que las solicitudes para prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la Ley General, deberan ser presentadas con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, caso contrario sera rechazada la solicitud; Que, el numeral 6 de la mencionada circular establece adicionalmente que, para el caso de bienes inmuebles, debera adjuntarse a la solicitud de prorroga una valuacion del bien efectuada por un perito inscrito en el registro de peritos valuadores (REPEV), caso contrario sera rechazada la solicitud; Que, los numerales 5 y 6 de la mencionada circular establecen la constitucion de provisiones equivalentes al 20 por ciento del valor de adjudicacion o recuperacion de los bienes, en calidad de provisiones por bienes adjudicados o recuperados, y de provisiones adicionales, con requerimientos diferentes para bienes muebles e inmuebles; Estando a lo informado por el Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "D" mediante Informe Nº DESF "D"-070-OT-2002 y con el visto MORDAZA del Departamento Legal; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y sus modificatorias; y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolucion SBS Nº 807-99; RESUELVE: Articulo 1º.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo al que se refiere el Articulo 215º de la Ley General, para que el Banco Santander Central Hispano - Peru proceda a la enajenacion de los bienes senalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El Banco Santander Central Hispano Peru debera proceder conforme a lo establecido en la Circular Nº B-2075-2000, debiendo constituir las correspondientes provisiones con cargo a resultados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca

Inmueble Inmueble Inmueble Inmueble Inmueble

2001.06.30

83 180.81

2001.06.30 600 902.18 2001.06.30 69 180.51

2001.06.30 157 914.56 2001.06.30 18 858.30

12990

Autorizan a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de Ica S.A. el traslado de agencia ubicada en la provincia de Nasca, departamento de Ica
RESOLUCION SBS Nº 644-2002 MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2002 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito Ica S.A. para que se le autorice el traslado de su Agencia de Nasca ubicada en la MORDAZA MORDAZA Nº 413, distrito y provincia de Nasca y departamento de Ica a la MORDAZA Grau Nº 250, distrito y provincia de Nasca y departamento de Ica; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesion Ordinaria de Directorio de fecha 2002.5.23, la CMAC Ica aprobo el traslado de su Agencia de Nasca ubicada en la MORDAZA MORDAZA Nº 413, distrito y provincia de Nasca y departamento de Ica a la MORDAZA Grau Nº 250, distrito y provincia de Nasca y departamento de Ica; Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica el traslado solicitado; Estando a lo informado por el Intendente del Departamento de Evaluacion del Sistema Financiero "F", mediante Informe DESF "F" Nº 192-OT/2002; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; la Circular SBS Nº CM-184-

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