Norma Legal Oficial del día 26 de Julio del año 2002 (26/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 26 de MORDAZA de 2002

Que, a fin de garantizar la continuidad del servicio, es necesario designar a la persona que desempenara dicho cargo; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº 25762 - Ley Organica del Ministerio de Educacion modificado por la Ley Nº 26510; y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DESIGNAR, a partir de la fecha y por necesidad del servicio, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA SIRLOPU, como Director de Sistema Administrativo III, Director General, Nivel Remunerativo F-4 de la Oficina General de Administracion de la Biblioteca Nacional del Peru, cargo considerado de confianza. Articulo 2º.- El egreso que origine el cumplimiento de la presente Resolucion se afectara a las Asignaciones correspondientes al Pliego 113: Biblioteca Nacional del Peru - Sector 10: Educacion del Presupuesto del Ano Fiscal 2002. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA AYZANOA DEL MORDAZA Ministro de Educacion 13347

2001-JUS, en lo correspondiente a la Direccion Nacional de Justicia, en los siguientes terminos: "VII ORGANOS DE LINEA - Direccion Nacional de Justicia . Direccion de Coordinacion con la Administracion de Justicia. . Direccion de Servicio Civil de Graduandos SECIGRA-DERECHO. . Direccion de Asuntos de la Iglesia Catolica. . Direccion de Asuntos Interconfesionales. . Direccion de Defensoria de Oficio y Servicios Juridicos Populares." Articulo 2º.- Modificar los Articulos 73º, 79º y 80º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, en los siguientes terminos: "Articulo 73º.- La estructura organica de la Direccion Nacional de Justicia es la siguiente: Organo de Direccion - Direccion Nacional Organos de Linea Direccion de Coordinacion con la Administracion de Justicia . Direccion de Servicio Civil de Graduandos SECIGRA-DERECHO. . Direccion de Asuntos de la Iglesia Catolica. . Direccion de Asuntos Interconfesionales. . Direccion de Defensoria de Oficio y Servicios Juridicos Populares." "Articulo 79º.- La Direccion de Asuntos de la Iglesia Catolica se encarga de coordinar las relaciones del Poder Ejecutivo con la Iglesia Catolica." "Articulo 80º.- Son funciones de la Direccion de Asuntos de la Iglesia Catolica: a) Dirigir y coordinar acciones tendentes a profundizar la colaboracion del Poder Ejecutivo y las relaciones del Sector con la Iglesia Catolica; b) Absolver consultas y realizar coordinaciones sobre asuntos de su competencia; c) Proyectar Decretos Supremos de reconocimiento de creacion o supresion de jurisdicciones eclesiasticas hechas por la MORDAZA Sede; asi como Resoluciones de reconocimiento de nombramiento de los integrantes de la jerarquia eclesiastica, y otorgamiento de pension a los obispos dimisionarios, de asignaciones al personal eclesiastico y civil al servicio de la Iglesia; d) Legalizar las firmas de las autoridades de la Iglesia en documentos sobre migracion de su personal y en partidas y otros documentos eclesiasticos, para su uso en el exterior con fines civiles; e) Emitir informes y tramitar la aprobacion de donaciones provenientes del exterior destinadas a las jurisdicciones de la Iglesia Catolica; y, f) Las demas funciones que le asigne el Director Nacional." Articulo 3º.- Incorporase al Capitulo VII - De los Organos de Linea del citado Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia, los siguientes articulos: "Articulo 80º A.- La Direccion de Asuntos Interconfesionales se encarga de coordinar y promover las relaciones del Poder Ejecutivo con otras confesiones, distintas a la Catolica, cuando asi lo establezca el Estado, para el fortalecimiento de la MORDAZA religiosa." "Articulo 80º B.- Son funciones de la Direccion de Asuntos Interconfesionales: a) Dirigir y coordinar acciones tendentes a promover las relaciones del Poder Ejecutivo y las relaciones del Sector con otras confesiones, distintas a la Catolica, cuando asi lo establezca el Estado para el fortalecimiento de la MORDAZA religiosa; b) Absolver consultas y realizar coordinaciones sobre asuntos de su competencia; c) Emitir informes y tramitar la aprobacion de donaciones provenientes del exterior destinadas a las confesiones; y,

JUSTICIA
Modifican el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia
DECRETO SUPREMO Nº 026-2002-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que la Constitucion Politica del Peru, en el numeral 3 del Articulo 2º, establece que toda persona tiene derecho a la igualdad de conciencia y de religion, en forma individual o asociada, senalando que no hay persecucion por razon de ideas o creencias, ni delito de opinion y que el ejercicio publico de todas las confesiones es libre, siempre que no ofenda la moral ni altere el orden publico; Que asimismo en el Articulo 50º establece que dentro de un regimen de independencia y autonomia, el Estado reconoce a la Iglesia Catolica como elemento importante en la formacion historica, cultural y moral del Peru, y le presta su colaboracion, respetando otras confesiones y promoviendo formas de colaboracion con ellas; Que el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, en el Articulo 5º establece que corresponde al Ministerio de Justicia, entre otros aspectos, coordinar la relacion del Poder Ejecutivo con la Iglesia Catolica y otras confesiones; Que el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2001-JUS, en el inciso k) del Articulo 6º establece como una de las funciones del Ministerio de Justicia, coordinar la relacion y colaboracion del Poder Ejecutivo con la Iglesia Catolica asi como con otras confesiones, cuando el Estado establezca formas de colaboracion con ellas; asimismo, en su Articulo 71º establece que la Direccion Nacional de Justicia esta encargada de coordinar las relaciones del Poder Ejecutivo con la Iglesia Catolica, asi como con otras confesiones; Que en consecuencia es conveniente adecuar la estructura organica del Ministerio de Justicia a fin de implementar los mecanismos que permitan impulsar y promover las relaciones del Estado con otras confesiones; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el numeral VII del Articulo 7º del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia aprobado por Decreto Supremo Nº 019-

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