Norma Legal Oficial del día 26 de Julio del año 2002 (26/07/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 26 de MORDAZA de 2002

Que el caso del referido interno por sus condiciones personales y su avanzado estado de salud, se adecua a los requerimientos de un indulto humanitario, por encontrarse debidamente acreditada su enfermedad en los documentos MORDAZA mencionados; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 1º, 118º, incisos 8) y 21) y 139º, inciso 22) de la Constitucion Politica del Peru, corresponde al Presidente de la Republica dictar resoluciones y conceder indultos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder INDULTO por razones humanitarias a MORDAZA IRAITA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA IRAITA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA YRAITA MORDAZA, quien se encuentra interno en el Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Ordinario de Lurigancho. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 13475 RESOLUCION SUPREMA Nº 146-2002-JUS MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Articulo 1º de la Constitucion Politica del Peru, la defensa de la persona humana y el respeto de la dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado; Que MORDAZA MORDAZA VELITA MORDAZA se encuentra interno en el Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Ordinario de Lurigancho; Que conforme al Acta de Junta Medica Penitenciaria Nº 404-01-INPE/EPRCOL del 21 de diciembre de 2001, el citado interno ha sido diagnosticado con una enfermedad en fase terminal, indicando que es factible tenerlo en cuenta para que se le otorgue el indulto humanitario; Que considerando que la Constitucion Politica de 1993 en su Articulo 139º, inciso 22) establece que el regimen penitenciario tiene por objeto la reeducacion, rehabilitacion y reincorporacion del penado a la sociedad; Que considerando que en casos excepcionales como el presente, de personas con enfermedades graves, la continuidad de la ejecucion de la pena y la prision pierde todo sentido juridico y moral; Que el caso del referido interno por sus condiciones personales y su avanzado estado de salud, se adecua a los requerimientos de un indulto humanitario, por encontrarse debidamente acreditada su enfermedad en el documento MORDAZA mencionados; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 1º, 118º, incisos 8) y 21) y 139º, inciso 22) de la Constitucion Politica del Peru, corresponde al Presidente de la Republica dictar resoluciones y conceder indultos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder INDULTO por razones humanitarias a MORDAZA MORDAZA VELITA MORDAZA, quien se encuentra interno en el Establecimiento Penitenciario de Regimen Cerrado Ordinario de Lurigancho. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 13476

Exceptuan a diversos funcionarios de la COFOPRI de lo dispuesto en numeral del Articulo 3º del D.U. Nº 030-2002
RESOLUCION SUPREMA Nº 147-2002-JUS MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 030-2002 del 14 de junio de 2002, se aprobaron medidas complementarias de austeridad y racionalidad en el gasto publico para el ano fiscal 2002, con la finalidad de ajustar la ejecucion del gasto publico a las reales posibilidades financieras del Estado, en el MORDAZA de la disciplina fiscal imperante; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 033-2002 del 27 de junio de 2002, se establece que las excepciones para la aplicacion de las normas contenidas en el Decreto de Urgencia Nº 030-2002, seran aprobadas mediante resolucion suprema a ser refrendada por el Ministro del Sector correspondiente; Que, a efectos de garantizar el oportuno desarrollo de las actividades y funciones de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, resulta pertinente aprobar excepciones conforme a lo senalado en el Decreto de Urgencia Nº 033-2002; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25993 y los Decretos de Urgencia Nºs. 030-2002 y 033-2002; En uso de la facultad del Presidente de la Republica para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exceptuar al Gerente de Administracion, Gerente de Presupuesto, Gerente de Sistemas, Gerente de Asesoria Legal, Gerente de MORDAZA, Jefe de Empadronamiento, Jefe de Adjudicaciones, Jefe de Diagnostico de la Informalidad, Jefe de Formalizacion Individual, Jefe de Servicios de Planimetria y Propiedad Horizontal y Responsable de la Unidad de Procedimientos Administrativos de la Comision de Formalizacion de la Propiedad Informal - COFOPRI, de lo dispuesto en el numeral 3.2. del Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 030-2002. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Justicia 13477

Aceptan renuncias de Presidente y miembro de la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas, para los casos de terrorismo y traicion a la patria, Comision Ley Nº 27234
RESOLUCION SUPREMA Nº 148-2002-JUS MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Suprema Nº 358-2001-JUS, de fecha 15 de agosto de 2001, se designo como miembro y presidente de la Comision de Indulto, Derecho de MORDAZA y Conmutacion de Penas, para los casos de terrorismo y traicion a la patria, Comision Ley Nº 27234 al senor abogado MORDAZA ZAMORANO MACCHIAVELLO; Que el senor abogado MORDAZA ZAMORANO MACCHIAVELLO ha formulado su renuncia a dicho cargo, por lo que se debe emitir el acto administrativo correspondiente;

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