Norma Legal Oficial del día 26 de Julio del año 2002 (26/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 37

MORDAZA, viernes 26 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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Que el referido funcionario ha formulado renuncia al cargo, por lo que debe emitirse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 50º del Decreto Legislativo Nº 560 y el inciso 7) del Articulo 1º de la Ley Nº 27594; En uso de la facultad del Presidente de la Republica para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar, a partir de la fecha, la renuncia formulada por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA al cargo de Viceministro de Pesqueria, dandosele las MORDAZA por los importantes servicios prestados a la Nacion. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 13405

Que es necesario designar al funcionario que desempenara dicho cargo publico de confianza; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 50º del Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27779, el Decreto de Urgencia Nº 036-2002 y el inciso 7) del Articulo 1º de la Ley Nº 27594; En uso de la facultad del Presidente de la Republica para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Viceministro de Pesqueria del Ministerio de la Produccion. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 13406

Designan Viceministros de Industria y Pesqueria
RESOLUCION SUPREMA Nº 002-2002-PRO MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Industria del Ministerio de la Produccion; Que es necesario designar al funcionario que desempenara dicho cargo publico de confianza; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 50º del Decreto Legislativo Nº 560, la Ley Nº 27779, el Decreto de Urgencia Nº 036-2002 y el inciso 7) del Articulo 1º de la Ley Nº 27594; En uso de la facultad del Presidente de la Republica para dictar Resoluciones, conferida en el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Designar, a partir de la fecha, al senor MORDAZA ZAMORANO MACCHIAVELLO, en el cargo de Viceministro de Industria del Ministerio de la Produccion. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA SOLARI DE LA FUENTE Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Produccion 13404 RESOLUCION SUPREMA Nº 004-2002-PRO MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que se encuentra vacante el cargo de Viceministro de Pesqueria del Ministerio de la Produccion;

Precisan que las modificaciones del Articulo 4º de la R.M. Nº 138-2001-PE no se aplican a las operaciones de transbordo derivadas de los permisos de pesca otorgados a armadores de buques calamareros
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 005-2002-PRO MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que los recursos hidrobiologicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Peru son patrimonio de la Nacion, por lo que corresponde al Estado regular el manejo integral propiciando su explotacion racional, conforme a lo dispuesto en el Articulo 2º de la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 138-2001PE de fecha 16 de MORDAZA de 2001 se establecio un Regimen Provisional para la Extraccion del Calamar Gigante o Pota (Dosidicus gigas), el mismo que fue prorrogado hasta el 30 de junio de 2002 por Resoluciones Ministeriales Nº 308-2001-PE, Nº 413-2001-PE y Nº 107-2002PE, con la finalidad de aprovechar la abundancia del recurso y los beneficios socioeconomicos del citado recurso, en concordancia con los objetivos establecidos en el Reglamento de Ordenamiento del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PE; Que la Resolucion Ministerial Nº 201-2002-PE, de fecha 12 de junio de 2002, prorrogo el mencionado regimen hasta el 31 de MORDAZA de 2002 y dispuso modificaciones a la Resolucion Ministerial Nº 138-2001-PE, estableciendo que los derechos de pesca del calamar gigante o pota para los armadores de buques calamareros de bandera extranjera sera de US$ 113.00 por cada unidad de tonelaje neto (TN) de la embarcacion pesquera correspondiente, por cada mes o fraccion de mes mayor de 15 dias calendario de vigencia del permiso de pesca, asi como por cada tonelada metrica de captura nominal transbordada de calamar gigante o pota, deberan abonarse US$ 25.00; Que con posteridad a la entrada en vigencia de la Resolucion a que se hace referencia en el considerando precedente, se registraban buques calamareros con permiso de pesca vigente, realizando faenas de pesca o en MORDAZA de transbordo de los productos del calamar gi-

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