Norma Legal Oficial del día 26 de Julio del año 2002 (26/07/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 26 de MORDAZA de 2002

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Disponen publicacion de la relacion de bienes inmuebles que seran materia de inscripcion registral
RESOLUCION DE CONCEJO Nº 052-02-CDB Barranco, 9 de MORDAZA del 2002 EL CONCEJO DISTRITAL DE BARRANCO VISTOS: Que, el Decreto de Urgencia Nº 071-2001 establecio la autonomia economica, presupuestal, financiera, tecnica y funcional necesaria para la ejecucion de los actos de adquisicion, disposicion, administracion y control de los bienes de propiedad Estatal a su cargo; y, se declaro de interes nacional el saneamiento tecnico, legal y contable de los Inmuebles de propiedad de las entidades publicas en general; y que con los estudios tecnicos pertinentes realizados por las distintas areas de esta Municipalidad como al analisis y evaluacion legal de la Oficina de Asesoria Legal, se ha determinado que la Municipalidad Distrital de Barranco tiene la necesidad Institucional de sanear sus propiedades y posesiones, situacion que permitira en su momento acceder a la libre disponibilidad fisica - legal y contable de los inmuebles de propiedad Municipal. CONSIDERANDO: Primero. Que, estando a que el MORDAZA y sentido de la MORDAZA de Orden Publico (Decreto Supremo Nº 1302001-EF), es la de dictarse las medidas reglamentarias para que cualquier Entidad Publica pueda realizar acciones de Saneamiento Tecnico Legal y Contable de Inmuebles de Propiedad Estatal; en tal sentido, existiendo por parte de esta Municipalidad la necesidad del Saneamiento Fisico - Legal de los Bienes Inmuebles de Propiedad Municipal, y que el saneamiento MORDAZA aludido comprende todas las acciones destinadas a logras que en los Registros Publicos, figure inscrita la realidad juridica actual de los inmuebles de las Entidades Publicas, en relacion a los derechos reales que sobre los mismos ejerciten las respectivas Entidades; Segundo: Que, conforme lo senala expresamente el Articulo 4º del D. S. Nº 130-2001-EF, concordante con el Articulo 85º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades, son bienes de las Municipalidades: los inmuebles y muebles destinados a servicios publicos locales, edificios Municipales y sus instalaciones en general, to-

dos los adquiridos, construidos y sostenidos por la Municipalidad, los que posean a titulo privado y que no esten destinados a un servicio publico, los terrenos eriazos y riberenos ubicados en el area de expansion MORDAZA que les transfiera el Estado y los Legados y Donaciones que se MORDAZA en su favor, situacion de hecho que convierte en necesidad inminente poner en practica los lineamientos senalados por la Oficina de Asesoria Legal en el documento denominado " Diagnostico Fisico - Legal de Inmuebles de Propiedad Municipal ", concordante con las decisiones y acciones internas tomadas por la Oficina en mencion desde el mes de MORDAZA del presente ano, con relacion directa y que conlleven al saneamiento Inmobiliario de los bienes de propiedad Municipal; Tercero: Que, las inscripciones registrales que realice la Municipalidad al MORDAZA del presente Decreto Supremo, no solo comprenderan los actos de inmatriculacion de todos los bienes inmuebles que posee, sino tambien a todos los que hace expresa referencia el Articulo 7º del Decreto Supremo bajo comentario, sobre los cuales esta Corporacion ejerce y/o tiene un derecho real, En consecuencia, estando a lo senalado por el MORDAZA de Publicidad de las leyes, por el cual estas rigen desde el dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, lo que quiere decir que las leyes adquieren categoria de Normas Publicas imperativas y de cumplimiento obligatorio despues de su publicacion en el Diario Oficial; el MORDAZA en mencion debe concordarse a su vez con el MORDAZA de Legalidad, el cual lo recoge expresamente nuestra Carta Fundamental para las Leyes en General, en consecuencia estando plenamente vigente el Decreto Supremo Nº 130 - 2001 - EF, y encontrandose nuestra Corporacion en un MORDAZA DE SANEAMIENTO FISICO - LEGAL DE LOS INMUEBLES DE PROPIEDAD MUNICIPAL; de conformidad a lo senalado por el Articulo 8º Decreto Supremo Nº 130-2001 - EF, concordante con lo dispuesto por las Leyes Nº 26512 y Nº 27493; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Disponer que en concordancia a las Normas MORDAZA glosadas se proceda a la publicacion en el Diario Oficial El Peruano como en otro diario de circulacion Nacional, la presente Resolucion y la relacion de los Inmuebles que seran materia de la Inscripcion en la Superintendencia Nacional de la Oficina de los Registros Publicos de MORDAZA, a efectos de que la Oficina de Asesoria Juridica de esta Municipalidad realice todos y cada uno los tramites pertinentes a que hace mencion expresa el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 130-2001, para la Inscripcion Registral correspondiente de los bienes inmuebles, cuya relacion detallada se adjunta en anexo. Articulo 2º.- Encarguese a la Oficina de Asesoria Juridica y a la Direccion de Desarrollo MORDAZA, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa

ANEXO Relacion de Bienes Inmuebles - Resolucion de Concejo Nº 052-02-CDB
PREDIO A) Imprenta Municipal Sotano del MORDAZA Municipal B) Biblioteca Municipal MORDAZA Municipal C) Palacio Municipal Av. San MORDAZA S/N D) MORDAZA Nº 01 Av. Grau Nº 513 E) Terreno Vacio Soldado MORDAZA Nº 61 F) Estadio Municipal de Atletismo "Luis MORDAZA Chipoco". Av. Grau Nº 1411 G) Maestranza de la Municipalidad Jr. MORDAZA MORDAZA Nº 288 H) Centro de Emergencia de la Mujer Av. MORDAZA Nº 431 ACTO REGISTRAL Inmatriculacion de Terreno, Inscripcion del Dominio y la Declaratoria de Fabrica Inmatriculacion de Terreno, Inscripcion del Dominio y la Declaratoria de Fabrica Declaratoria de Fabrica Declaratoria de Fabrica Inmatriculacion de Terreno Declaratoria de Fabrica Inmatriculacion de Terreno e Inscripcion de Dominio Inmatriculacion de Terreno e Inscripcion de Dominio y la Declaratoria de Fabrica

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