Norma Legal Oficial del día 01 de Junio del año 2002 (01/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 1 de junio de 2002

Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los plazos establecidos. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de la Presidencia y por el Ministro de Economia y Finanzas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia MORDAZA MORDAZA KUCZYNSKI Ministro de Economia y Finanzas 9919

13 DE JUNIO Ministerio de Educacion, excepto USES 01, 03 y 07. 17 DE JUNIO Ministerio de Defensa. 18 DE JUNIO Ministerio del Interior. PERSONAL Y OBLIGACIONES SOCIALES (REMUNERACIONES): 19 DE JUNIO Presidencia del Consejo de Ministros. Congreso de la Republica. Ministerio de Relaciones Exteriores. Ministerio de Economia y Finanzas. Contraloria General. Poder Judicial. Ministerio de Justicia. Ministerio Publico. Consejo Nacional de la Magistratura. Tribunal Constitucional. MORDAZA Nacional de Elecciones. Oficina Nacional de Procesos Electorales. Defensoria del Pueblo. Ministerio de la Presidencia. Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Agricultura de los Consejos Transitorios de Administracion Regional. 20 DE JUNIO Universidades. Ministerio de Agricultura. Ministerio de Energia y Minas. Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. Ministerio de Pesqueria. Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Consejos Transitorios de Administracion Regional, excepto Unidades Ejecutoras de Educacion y Agricultura. Ministerio de Salud. 21 DE JUNIO Ministerio de Educacion. Educacion de los Consejos Transitorios de Administracion Regional. 24 DE JUNIO Ministerio de Defensa. 25 DE JUNIO Ministerio del Interior. Articulo 2º.- La Direccion General del Tesoro Publico emitira las Autorizaciones de Pago con anticipacion de un dia habil a la fecha indicada en el Articulo 1º; en los casos de Unidades Ejecutoras que esten aplicando lo dispuesto en el Articulo 17º del D.S. Nº 347-90-EF les otorgara dichas Autorizaciones con anticipacion de dos dias habiles al programado; para el efecto las unidades ejecutoras requeriran sus habilitaciones con la antelacion necesaria. Articulo 3º.- La entrega de Cartas-Ordenes y/o cheques de los mencionados conceptos se efectuara hasta por los montos limites de las correspondientes Autorizaciones de Pago, bajo responsabilidad del Director General de Administracion o quien haga sus veces. El diskette que detalla los montos a ser abonados en las cuentas de ahorro de los trabajadores debera ser exactamente igual al monto considerado en la Carta Orden o Cheque y deberan ser presentados al Banco con dos dias de anticipacion. Articulo 4º.- Lo dispuesto en los Articulos 2º y 3º precedentes, no es de aplicacion por las dependencias a que se refiere la Duodecima Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27212, las mismas que en tal sentido se rigen por las normas que emite la Oficina de Normalizacion Previsional-ONP. Registrese y comuniquese. MORDAZA BURNEO MORDAZA Viceministro de Hacienda 9921

Cronograma de pensiones y remuneraciones en la Administracion Publica correspondiente al mes de junio de 2002
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 012-2002-EF/77
MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2002 CONSIDERANDO: Que es necesario garantizar la distribucion de los recursos del Tesoro Publico, por concepto de Gasto de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) y Gasto por Obligaciones Previsionales (Pensiones), mediante un riguroso Cronograma de Pagos, formulado sobre la base de los ingresos efectivos a la MORDAZA Fiscal; De acuerdo a lo establecido en la Resolucion Ministerial Nº 325-92-EF/11; SE RESUELVE: Articulo 1º.- El pago de Obligaciones Previsionales (Pensiones) y de Personal y Obligaciones Sociales (Remuneraciones) en la Administracion Publica en lo correspondiente al mes de JUNIO - 2002 se sujetara al siguiente Cronograma: OBLIGACIONES PREVISIONALES (PENSIONES): 10 DE JUNIO Presidencia del Consejo de Ministros. Congreso de la Republica. Ministerio de Relaciones Exteriores. Ministerio de Economia y Finanzas. Poder Judicial. Ministerio de Justicia. Ministerio Publico. Ministerio de la Presidencia. Consejo Nacional de la Magistratura. Agricultura de los Consejos Transitorios de Administracion Regional. 11 DE JUNIO Ministerio de Energia y Minas. Universidades. Ministerio de Agricultura. Ministerio de Pesqueria. Ministerio de Salud. Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales. Consejos Transitorios de Administracion Regional, excepto unidades ejecutoras de Agricultura y Educacion. Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano. Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. 12 DE JUNIO Ministerio de Educacion: USES 01, 03 y 07. Educacion de los Consejos Transitorios de Administracion Regional.

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