Norma Legal Oficial del día 01 de Junio del año 2002 (01/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 1 de junio de 2002

Que, el Ministerio de Ciencia y Tecnologia de Espana ha cursado invitacion al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion para que participe en las "Jornadas Tecnicas sobre Convergencia Tecnologica y Television Digital", que se celebrara en la MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia, durante los dias 4 y 5 de junio de 2002; Que, en las "Jornadas Tecnicas sobre Convergencia Tecnologica y Television Digital" se debatiran temas relacionados a las aplicaciones interactivas sobre television digital, nueva etapa para la television terrenal, plataforma multimedia para el hogar, renovacion a traves del cable, la television digital y la convergencia tecnologica, la banda ancha a enclaves remotos y la revolucion de la educacion a traves de la convergencia; Que, teniendo en consideracion los temas a tratar en las mencionadas Jornadas, resulta necesaria la participacion del ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de la Direccion General de Telecomunicaciones; Que, el Ministerio de Ciencia y Tecnologia de Espana cubrira los gastos de alojamiento y manutencion del mencionado profesional durante los dias 4 y 5 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25862, Ley Nº 27619, Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM y Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General de la Direccion General de Telecomunicaciones, a la MORDAZA de Cartagena de Indias, Republica de Colombia, durante los dias 3 al 6 de junio del 2002, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ Pasaje US$ Tarifa por uso de Aeropuerto US$ 200.00 600.00 25.00

Articulo 3º.- La presente resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas Encargado de la Cartera de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 9831

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Incorporan a diversos magistrados como jueces titulares de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 159-P-CSJCN/PJ
Independencia, treinta de MORDAZA del dos mil dos. VISTA: La Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura numero doscientos ochentitres - dos mil dos - CNM, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia veinticinco de MORDAZA del ano en curso; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la MORDAZA autoridad administrativa en el Distrito Judicial a

su cargo, por ello asume competencia administrativa, dictando las medidas mas apropiadas, para que los organos jurisdiccionales puedan funcionar de manera efectiva y eficiente, a efectos de brindar un mejor servicio de justicia; Mediante la Resolucion Administrativa de vista, el Consejo Nacional de la Magistratura, ha nombrado como Jueces Titulares de esta Corte Superior de Justicia, a los doctores: MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valdivieso, MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Huaricancha MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el area Penal; y a los doctores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Olascoaga MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Siaden Ani, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el area de Familia, quienes juramentaron en la fecha, ante el citado Consejo; Estando a lo expuesto, resulta necesario para este Despacho reorganizar los MORDAZA a nivel de los Juzgados Especializados Penales, Familia y Mixtos, considerando para tal efecto, la condicion de Magistrado Titular, Provisional o Suplente, asi como el orden de prelacion establecido en la resolucion de vista para el caso de los Titulares; En el caso de los Jueces recientemente nombrados por el Consejo Nacional de la Magistratura, para que asuman funcion jurisdiccional, deben acreditar su formacion academica con la certificacion aprobatoria que le MORDAZA otorgado la Academia de la Magistratura, encontrandose prevista dicha obligacion en la Tercera Disposicion Transitoria y Final de la Ley Nº 27466; Estando a la informacion remitida por la Academia de la Magistratura, mediante Oficio numero 133-2002-AMAG/ DG de la fecha, los senores doctores: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, no han llevado el curso de formacion academica habilitante, exigida por la MORDAZA acotada, por lo que solo se les incorporara como Jueces Titulares de esta Corte Superior de Justicia, pero no asumiran funcion jurisdiccional hasta que previamente lleven el citado curso; Por otro lado, habiendo sido designados Magistrados titulares de otros Distritos Judiciales, las designaciones de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Suplente del MORDAZA Juzgado Especializado Penal del Modulo Basico de Justicia de Carabayllo, y del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Suplente del Juzgado Mixto del Modulo Basico de Justicia de Condevilla, debe darse por concluida, dandoles las MORDAZA por los servicios prestados a esta Corte Superior de Justicia; Que asimismo, estando a lo expuesto en los considerandos precedentes, y teniendo en cuenta que el cargo de Juez Suplente, es un cargo de confianza, esta Presidencia ha considerado pertinente dar por concluida la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Coa, quien ha venido desempenandose como Juez Suplente del Tercer Juzgado Especializado Penal, dandole las MORDAZA por los servicios prestados a esta Corte Superior de Justicia; Por cuyos fundamentos, y en uso de las facultades conferidas al suscrito por el Articulo noventa, incisos tercero y noveno, de la Ley Organica del Poder Judicial, la Presidencia; RESUELVE: Primero.- INCORPORAR como Jueces Titulares de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA, a partir del treintiuno de MORDAZA del ano en curso, a los senores doctores MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valdivieso, MORDAZA MORDAZA Munoz MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Huaricancha MORDAZA, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Olascoaga MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Siaden Ani, y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Solis. Segundo.- DISPONER la designacion de los Magistrados incorporados, la reasignacion de los Jueces Provisionales y Suplentes, a partir del treintiuno de MORDAZA del presente ano, quedando establecido de la siguiente manera: JUZGADOS ESPECIALIZADOS CIVILES - REASIGNAR a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Juez Suplente del 3º Juzgado del Modulo Corporativo Civil. JUZGADOS ESPECIALIZADOS EN LO PENAL DE LA SEDE CENTRAL - DESIGNAR, a la doctora MORDAZA de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valdivieso, como Juez Titular del 1º Juzgado Especializado en lo Penal.

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