Norma Legal Oficial del día 04 de Junio del año 2002 (04/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, martes 4 de junio de 2002 VISTOS:

NORMAS LEGALES

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El Informe Tecnico Nº 002-2002-EM/SG-OGRS y el Informe Legal Nº 239-2002-EM/OGAJ, que constituyen el informe tecnico legal a que se refiere el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM. CONSIDERANDO: Que, conforme con lo dispuesto por el Articulo 21º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la situacion de urgencia se configura cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales de una entidad del Sector Publico. En atencion a la referida situacion, la misma MORDAZA dispone, ante la presencia de dicho supuesto, se faculte a la entidad para llevar a cabo la adquisicion o contratacion de servicios solo por el tiempo o cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, de acuerdo a los referidos informes, se da cuenta que se ha producido una situacion extraordinaria e imprevisible respecto a la necesidad de contratar los servicios de seguridad y vigilancia, ya que no obstante haberse efectuado las ampliaciones contractuales, conforme con lo dispuesto en el Articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y haberse MORDAZA este servicio hasta el 15 de MORDAZA del 2002, a esa fecha no se pudo concluir con el Concurso Publico Nacional Nº 004-2002-MEM - contratacion del servicio de seguridad y vigilancia para el Ministerio de Energia y Minas, dentro del plazo previsto; Que, en efecto, conforme consta en las Bases del Concurso, aprobadas mediante Resolucion Secretarial Nº 0152002-EM/SG, se establece como fecha de adjudicacion de la Buena Pro del referido concurso, el 24 de MORDAZA de 2002, debiendo quedar consentida el mismo el 3 de MORDAZA ultimo. Sin embargo, en el MORDAZA del concurso se efectuaron observaciones a las bases, las cuales fueron elevadas al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, entidad que mediante Pronunciamiento Nº 053-2002 de 7 de MORDAZA del 2002, acoge las observaciones y solicita que se proceda a la integracion de las Bases del Concurso, situacion que ha generado la reprogramacion del mismo, fijandose como nueva fecha para la adjudicacion de la Buena Pro el 27 de MORDAZA, la misma que quedaria consentida el 4 de junio del 2002; Que, la situacion descrita en el considerando precedente ha derivado en una situacion no prevista dentro del calendario establecido por el Ministerio de Energia y Minas para la contratacion de los servicios de seguridad y vigilancia, lo cual ha generado que la adjudicacion de la Buena Pro se de en fecha posterior a la culminacion de la ampliacion de la contratacion de dicho servicio, extendido hasta el 15 de MORDAZA del 2002. En este sentido, se ha configurado el supuesto contemplado en los Articulos 19º y 21º, literal c), del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 12-2001-PCM; Que, la ausencia extraordinaria e imprevisible del servicio de seguridad y vigilancia compromete en forma directa e inminente la continuidad de los servicios esenciales de la Entidad, poniendo en riesgo la seguridad de los servidores y funcionarios, asi como los bienes necesarios para el cumplimiento de los fines y objetivos institucionales, resultando necesaria la contratacion del servicio de seguridad y vigilancia por tratarse de una situacion de urgencia prevista en los Articulos 19º y 21º, literal c), del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, conforme lo establece el numeral 2) del Articulo 108º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, la presente situacion de urgencia es una medida temporal, ante el hecho excepcional de no poder contar con el servicio esencial de seguridad y vigilancia, generandose la necesidad de declarar formalmente la situacion de urgencia, para exonerar del MORDAZA de Concurso Publico; Que, el Articulo 114º del referido Reglamento, senala que la facultad de aprobacion de las exoneraciones no puede ser delegada por las autoridades que se indican en el Articulo 20º del mencionado Texto Unico Ordenado;

Que, en consecuencia resulta necesaria la emision de la Resolucion Ministerial mediante la cual se apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente, para contratar a traves de la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia el servicio de seguridad y vigilancia; De conformidad con los Articulos 19º, 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar, en via de regularizacion, en Situacion de Urgencia la contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia para el Ministerio de Energia y Minas. Articulo 2º.- Exonerar al Ministerio de Energia y Minas, del MORDAZA de seleccion del Concurso Publico Nacional para la contratacion del Servicio de Seguridad y Vigilancia y autorizar la contratacion mediante la modalidad de Adjudicacion de Menor Cuantia hasta por un plazo de 45 dias, por un valor referencial de S/. 166,960.00 (Ciento sesenta y seis mil novecientos sesenta y 00/100 Nuevos Soles), por la Fuente de Financiamiento: Recursos Propios. Articulo 3º.- La contratacion que se efectue en virtud de la presente Resolucion, se realizara a traves de la Oficina de Abastecimiento del Ministerio de Energia y Minas. Articulo 4º.- Encargar a la Oficina General de Recursos y Servicios, la remision de una MORDAZA de la presente Resolucion y de los referidos informes a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion, conforme lo establece el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Energia y Minas 9991

JUSTICIA
Autorizan viaje de funcionario a Austria para participar en el MORDAZA Periodo de Sesiones del Comite Especial encargado de negociar una Convencion de Naciones Unidas contra la Corrupcion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 184-2002-JUS MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2002 Visto el Facsimil (SME-PMS-ONU) Nº F-207 de fecha 21 de MORDAZA de 2002, del Embajador Subsecretario de Asuntos Multilaterales y Especiales del Ministerio de Relaciones Exteriores de la Republica del Peru; CONSIDERANDO: Que el Secretario General de las Naciones Unidas, invita al Gobierno Peruano a participar en el MORDAZA Periodo de Sesiones del Comite Especial encargado de negociar una convencion de las Naciones Unidas contra la corrupcion, que tendra lugar en la MORDAZA de MORDAZA Austria, del 17 al 28 de junio del ano 2002; Que se ha designado en representacion del Estado Peruano, al senor ingeniero MORDAZA MORDAZA Morelli MORDAZA, Asesor Tecnico del Ministerio de Justicia, para que participe en la mencionada sesion; Que en consecuencia, es necesario autorizar el viaje y los gastos a realizarse en MORDAZA - Austria, del 20 al 29 de junio del ano 2002; y,

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