Norma Legal Oficial del día 04 de Junio del año 2002 (04/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 4 de junio de 2002

El indice que antecede es tambien de aplicacion para los convenios de reajuste de deudas que autoriza el Articulo 1235º del Codigo Civil. Se destaca que el indice en mencion no debe ser utilizado para: a. Calcular intereses, cualquiera fuere su clase. b. Determinar el valor al dia del pago de las prestaciones a ser restituidas por mandato de la ley o resolucion judicial (Articulo 1236º del Codigo Civil, en su texto actual consagrado por la Ley Nº 26598). MORDAZA MORDAZA Gerente General 9968

Aprueban el Reglamento para la Administracion del Riesgo MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 505-2002 MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS (e) CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo senalado en el Articulo 8º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante Ley General, las empresas del sistema financiero gozan de MORDAZA para asignar los recursos de sus carteras, debiendo observar el criterio de la diversificacion del riesgo y los limites estipulados en dicha Ley; Que, es objetivo de esta Superintendencia procurar que las empresas supervisadas cuenten con un sistema de control de riesgos que les permita identificar, medir, controlar y reportar los riesgos que enfrentan, con la finalidad de proteger los intereses del publico de acuerdo a lo estipulado en el Articulo 347º de la Ley General; Que, entre los riesgos que enfrentan las empresas supervisadas en el desarrollo de sus actividades, se encuentra el riesgo MORDAZA, que surge cuando las empresas realizan operaciones financieras con personas no domiciliadas en el territorio nacional; Que, resulta necesario establecer criterios minimos prudenciales para que las empresas supervisadas administren adecuadamente dicho riesgo; Contando con opinion favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y Asesoria Juridica, asi como por la Gerencia de Estudios Economicos; y, En uso de las atribuciones conferidas por los numerales 7, 9 y 13 del Articulo 349º de la Ley General y por la Resolucion SBS Nº 1028-2001; RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el Reglamento para la Administracion del Riesgo MORDAZA, que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo. - La presente Resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros (e) REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACION DEL RIESGO MORDAZA CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Alcance Articulo 1º.- La presente MORDAZA es de aplicacion a las empresas bancarias, financieras y a aquellas empresas que accedan al modulo 2 de operaciones de acuerdo con lo senalado en el Articulo 290º de la Ley General, en adelante empresas. Definiciones Articulo 2º.- Para la aplicacion de la presente MORDAZA, deberan considerarse las siguientes definiciones: a. Administracion del riesgo pais: MORDAZA que consiste en identificar, medir, controlar y reportar el riesgo MORDAZA que enfrenta una empresa. b. Domiciliado: Persona natural o juridica que cumpla con las disposiciones del Codigo Civil o de la Ley General de Sociedades, segun corresponda. c. Directorio: Toda referencia al Directorio debe entenderse realizada al Directorio u organo equivalente. d. Exposicion al riesgo pais: Saldo en Libros de la posicion agregada en el MORDAZA en evaluacion, neto de provisiones por riesgo de credito y por riesgo de fluctuacion de valor.

SBS
Prorrogan el sometimiento al Regimen de Intervencion de MORDAZA Leasing S.A.
RESOLUCION SBS Nº 504-2002 MORDAZA, 31 de MORDAZA de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por los accionistas principales de MORDAZA Leasing en Intervencion, la International Finance Corporation (IFC) y la Corporacion MORDAZA de Fomento (CAF), mediante carta S/N de fecha 30 de MORDAZA de 2002, para que se le otorgue la prorroga de 45 dias adicionales al Regimen de Intervencion al que se encuentra sometida dicha empresa, dado al avance en las negociaciones que los accionistas y acreedores vienen sosteniendo con el fin de solicitar a la Superintendencia la Liquidacion Voluntaria, prorroga que servira para la culminacion de dichas negociaciones, en beneficio de los acreedores; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion SBS Nº 350-2002 de fecha 19 de MORDAZA de 2002, la Superintendencia de Banca y Seguros sometio a regimen de intervencion a MORDAZA Leasing S.A., como consecuencia de haber incurrido en las causales de intervencion senaladas en los numerales 1, 2 y 4 del Articulo 104º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702 y sus modificatorias, en adelante la Ley General; Que, de acuerdo con el Articulo 105º de la Ley General, la intervencion tendra una duracion de 45 (cuarenta y cinco) dias, prorrogables por una sola vez hasta por un periodo identico; Que, con la finalidad de proteger los intereses de los acreedores resulta necesario se continue con el Regimen de Intervencion; Contando con la visacion de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Resolucion SBS Nº 1028-2001 y de conformidad con la Ley General; RESUELVE: Articulo Unico.- Prorrogar el sometimiento al Regimen de Intervencion de MORDAZA Leasing S.A. por un periodo de 45 dias (cuarenta y cinco) dias. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente de Banca y Seguros (e) 9960

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