Norma Legal Oficial del día 19 de Junio del año 2002 (19/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 19 de junio de 2002

DE LA OPINION, porque se DECLARE LA NULIDAD DE LOS ACTUADOS del presente MORDAZA disciplinario desde sus MORDAZA, con la implicancia que ello amerita. MORDAZA, 5 de junio de 2002 MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA Consejero 10918

calia Superior del Distrito Judicial del MORDAZA Norte, Gerencia General del Poder Judicial, Gerencia de Supervision de Personal, Oficina de Imagen Institucional de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura y Oficina de Administracion. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de MORDAZA

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen Cuadro de Antiguedad de vocales superiores titulares del Distrito Judicial del MORDAZA Norte de MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 175-2002-P-CSJCNL/PJ Independencia, doce de junio del dos mil dos VISTAS: La Resolucion Administrativa numero ciento treintiseisdos mil dos-P-CSJCNL/PJ de fecha cuatro de MORDAZA del ano dos mil uno y la Resolucion del Consejo Nacional de la Magistratura numero doscientos treintisiete-dos mil dosCNM de fecha trece de MORDAZA del ano en curso; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la primera resolucion administrativa de vistas, la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, resolvio establecer el Cuadro de Antiguedad de los senores Vocales Titulares de este Distrito Judicial, que a la fecha de la misma, se encontraban laborando en esta Corte. Que, por la MORDAZA resolucion administrativa de vistas, la Presidencia del Consejo Nacional de la Magistratura resuelve nombrar a los senores doctores MORDAZA MORDAZA MORDAZA Puertas y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Vocales Titulares de esta Corte Superior de Justicia. Que, siendo ello asi, resulta necesario actualizar el Cuadro de Antiguedad correspondiente a los senores Magistrados de MORDAZA Instancia de este Distrito Judicial, teniendo en cuenta lo establecido en el Articulo doscientos veintiuno de la Ley Organica del Poder Judicial, que establece que el computo se hace a partir de la fecha de juramento al cargo y que de tomar posesion del mismo dos o mas Magistrados en igual fecha, precede el que MORDAZA desempenado durante mayor tiempo el cargo judicial anterior como titular o provisional, en el mismo cargo. En su defecto, el que tenga mas tiempo como abogado. Por estas consideraciones y en uso de las atribuciones conferidas al suscrito por el Articulo Noventa incisos tres y nueve del Texto Unico de la Ley Organica del Poder Judicial, la Presidencia, RESUELVE: Primero.- ESTABLECER el Cuadro de Antiguedad de los senores Vocales Superiores Titulares de este Distrito Judicial, cuya prelacion es la siguiente: 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. Dr. MORDAZA MORDAZA Infantes MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Parraguez Dr. MORDAZA MORDAZA Montanez MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Dr. MORDAZA Torrez MORDAZA Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Puertas

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Oficializan acuerdo de Sala Plena que designa miembros titulares y suplentes de los Jurados Electorales Especiales MORDAZA Norte y Canta
RESOLUCION ADMINISTRATIVA NUMERO 177-2002-P-CSJCN/PJ Independencia, trece de junio del dos mil dos. VISTO: El Oficio circular numero cero cero dos - dos mil dos SG/JNE, emitido por el MORDAZA Nacional de Elecciones, la Resolucion numero mil trescientos sesenticuatro - dos mil - JNE y el acta de Sala Plena de esta Corte Superior de Justicia expedida en la fecha; y, CONSIDERANDO: Primero.- Por Oficio numero cuatro mil quinientos sesentiseis - dos mil - P/JNE, el doctor A. MORDAZA BallonLanda MORDAZA, Secretario General del MORDAZA Nacional de Elecciones solicita que la Sala Plena de esta Corte Superior de Justicia, proceda a nombrar a los Miembros Titulares y Suplentes, entre sus Magistrados jubilados y en actividad, para que Presidan los Jurados Electorales Especiales de las circunscripciones territoriales de MORDAZA Norte y Canta, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales a realizarse el diecisiete de noviembre del ano en curso. Segundo.- Al respecto, el Articulo cuarenticinco, de la Ley numero veintiseis mil ochocientos cincuentinueve - Ley Organica de Elecciones establece que los Jurados Electorales Especiales, estaran constituidos por tres miembros, de la siguiente manera: a) Un miembro elegido por la Sala Plena de la Corte Superior bajo cuya jurisdiccion se encuentre la sede del MORDAZA Electoral Especial, quien lo presidira. La Corte Superior debe, en el mismo acto de nombramiento, designar a un miembro suplente; b) Dos miembros designados por el MORDAZA Nacional de Elecciones, mediante sorteo en acto publico de una lista de veinticinco ciudadanos que residan en la sede de la circunscripcion electoral respectiva. Tercero.- Por ello, mediante el acuerdo de la Sala Plena de este Distrito Judicial llevada a cabo el dia de ayer doce de los corrientes, se elegio a los Magistrados que presidiran el MORDAZA Electoral Especial de la circunscripcion territorial MORDAZA Norte y Canta, respectivamente, sedes que se encuentran dentro de la jurisdiccion de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA Norte de Lima. Cuarto.- De otro lado, es preciso indicar que conforme al Decreto Supremo Nº 049-2002-EF, queda establecido que los miembros de los Jurados Electorales Especiales pertenecientes al Poder Judicial, seguiran percibiendo el total de sus ingresos por todo concepto, en la entidad donde laboran. Por los fundamentos expuestos y en uso de las atribuciones conferidas al suscrito por los incisos tercero y noveno del Articulo noventa de la Ley Organica del Poder Judicial, la Presidencia; RESUELVE: Primero.- OFICIALIZAR el acuerdo de Sala Plena de fecha 12 de junio del ano en curso, que designa a los Miembros Titulares y Suplentes de los Jurados Electorales Es-

Segundo.- Pongase la presente Resolucion Administrativa en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Fis-

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