Norma Legal Oficial del día 26 de Junio del año 2002 (26/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, miercoles 26 de junio de 2002 Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 11360 RESOLUCION SUPREMA Nº 143-2002-ED MORDAZA, 25 de junio de 2002

NORMAS LEGALES

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Modifican resolucion suprema referida a la expedicion de cedula de cesantia a favor de persona natural
RESOLUCION SUPREMA Nº 144-2002-ED MORDAZA, 25 de junio de 2002 Visto, el Expediente Nº 17311-2002, y demas actuados que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 023-2002-ED, de fecha 10 de enero de 2002, se modifico la Resolucion Suprema Nº 1272, de fecha 31 de diciembre de 1969, sobre rectificacion de apellido y adicion de estado civil de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alverca MORDAZA de Zambrano; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, solicita la modificacion de la Resolucion Suprema Nº 023-2002-ED, en lo que se refiere a su apellido MORDAZA, de acuerdo con la Partida de Nacimiento expedida por el Concejo Provincial de Huancabamba, y su Documento Nacional de Identidad - D.N.I. Nº 07340345; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo el Articulo 26º de la invocada MORDAZA legal senala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre, por lo que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA debe ser identificada conforme a Ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.), constituye la unica Cedula de Identidad Personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado; y, conforme establece el inciso a) del Articulo 84º del Reglamento de Inscripciones del mencionado Registro Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) acredita la identidad de la persona; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 154-2002-ME/SG-OA-UPER-AAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo; el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Suprema Nº 0232002-ED, de fecha 10 de enero de 2002, en el sentido que el nombre correcto es MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Direccion de Educacion de MORDAZA, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 11362

Visto, el Expediente Nº 15515-2002, y demas actuados que se adjuntan; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 436, de fecha 8 de febrero de 1973, se otorgo pension de Cesantia a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Razeto; Que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Razeto de MORDAZA solicita la modificacion de la Resolucion Suprema Nº 436, en lo que se refiere a adicionar el apellido de su estado civil de casada, de acuerdo con el Acta de Matrimonio expedida por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, y su Documento Nacional de Identidad D.N.I. Nº 07785478; Que, el Articulo 24º del Codigo Civil establece que la mujer tiene derecho a llevar el apellido del marido agregado al MORDAZA y a conservarlo mientras no contraiga MORDAZA matrimonio; Que, el Articulo 25º del Codigo Civil establece que la prueba referente al nombre resulta de su respectiva inscripcion en los Registros del Estado Civil; Que, asimismo el Articulo 26º de la invocada MORDAZA legal senala que toda persona tiene derecho a exigir que se le designe por su nombre, por lo que MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Razeto de MORDAZA debe ser identificada conforme a Ley; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el Articulo 26º de la Ley Nº 26497, Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.), constituye la unica Cedula de Identidad Personal para todos los actos civiles, comerciales, administrativos, judiciales y, en general, para todos aquellos casos en que, por mandato legal, deba ser presentado; y, conforme establece el inciso a) del Articulo 84º del Reglamento de Inscripciones del mencionado Registro Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98PCM, el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) acredita la identidad de la persona; Estando a lo opinado por la Unidad de Personal mediante el Informe Nº 152-2002-ME/SG-OA-UPER-AAPER; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por la Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar la Resolucion Suprema Nº 436, de fecha 8 de febrero de 1973, en el sentido que el nombre correcto es MORDAZA MORDAZA MORDAZA Razeto de MORDAZA, quedando subsistentes los demas extremos contenidos en la misma, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion a la Unidad de Servicios Educativos Nº 03 de MORDAZA, para su conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA GAMERO Ministro de Educacion 11361

INTERIOR
Aceptan renuncia de Prefecto del departamento de San MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 0555-2002-IN-1501 MORDAZA, 25 de junio del 2002

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