Norma Legal Oficial del día 26 de Junio del año 2002 (26/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de junio de 2002

Que, asimismo, es necesario precisar las formulas para el calculo de capacidad en las plantas de congelado con relacion a las unidades a utilizar en estas, por lo que procede modificar la Resolucion Directoral Nº 091-2002PE/DNEPP en dicho extremo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar la Resolucion Directoral Nº 091-2002-PE/DNEPP de fecha 22 de marzo del 2002, en lo que respecta al numeral 3) PLANTA DE CONGELADO, del anexo de dicha resolucion, como se detalla a continuacion: 3) PLANTA DE CONGELADO 3.1 TUNEL
CAP1=
Nº Tuneles Nº Carros Nº Bandejas t 24 h/dia x x x x = t/dia Bach Tunel Carro Bandeja h/bach

CAP2=

Nº Tuneles Nº Anaqueles Nº Bandejas t 24 h/dia x x x x = t/dia Bach Tunel Anaquel Bandeja h/bach

Donde: CAP1 CAP2 = = Capacidad de congelado, cuando se emplea carros, en t / dia. Capacidad de congelado, cuando se emplea anaqueles, en t / dia. Toneladas por bandeja Tiempo de congelado por bach, en horas.

nes son derechos especificos que el Ministerio de Pesqueria otorga a plazo determinado a las personas naturales y juridicas para el desarrollo de la actividad pesquera; Que el numeral 26.1 del Articulo 26º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, dispone que la importacion y exportacion de especies hidrobiologicas MORDAZA con fines de investigacion, recreacion o difusion cultural, requerira la autorizacion del Ministerio de Pesqueria; Que mediante los escritos del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA solicita autorizacion por un ano para la importacion de especies hidrobiologicas MORDAZA marinas y de aguas continentales procedentes de Hawai, Estados Unidos de Norteamerica, Brasil, Indonesia y Venezuela, con fines de recreacion; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados, se ha determinado que el recurrente ha cumplido con presentar los requisitos establecidos en el Procedimiento Nº 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2001-PE, por lo que procede otorgar la autorizacion solicitada; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera mediante Informe Nº 244-2002-PE/DNEPP-Dap y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, En uso de las atribuciones conferidas en el Articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA , por el periodo de un (1) ano, la importacion con fines de recreacion de nueve mil (9,000) ejemplares vivos de las especies hidrobiologicas marinas y de aguas continentales que se detallan en el Anexo de la presente Resolucion, procedentes de Hawai, Estados Unidos de Norteamerica, Brasil, Indonesia y Venezuela, a ser instalados en la tienda acuaristica ubicada en el MORDAZA San MORDAZA Nº 632, distrito de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo 2º.- La eficacia de la presente Resolucion estara sujeta al ingreso de las especies hidrobiologicas MORDAZA autorizadas, con el correspondiente certificado sanitario, el mismo que debera ser presentado a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero en el termino de las veinticuatro (24) horas de efectuada la importacion. Articulo 3º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Superintendencia Nacional de Aduanas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero ANEXO ­ R.D. Nº 220-2002-PE/DNEPP
NOMBRES DE ESPECIES HIDROBIOLOGICAS Nombre Cientifico Nombre Vulgar Nº DE ESPECIMENES 100 500 100 500 500 500 500 200 200 200 200 400 400 400 400

t/ Bandeja = h/ Bach =

3.2 PLACAS
CAPCP = Nº Cong Nº Niveles Nº Bandejas t 24 h/dia x x x x = t/dia Bach Cong Carro Bandeja h/Bach

Donde: CAPCP Nº Cong t/ bandeja h/ bach = = = = Capacidad de los congeladores de placas en t/ dia. Numero de congeladores de placas Toneladas por bandeja Tiempo de congelado por bach, en horas

CAPACIDAD DE CONGELADO La capacidad de congelado con tuneles es CAP1 o CAP2 La capacidad de congelado con placas es CAPCP

Registrese, comuniquese, y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 11258

Autorizan a persona natural importacion de ejemplares vivos de especies hidrobiologicas con fines de recreacion procedentes de EE.UU., Brasil, Indonesia y Venezuela
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 220-2002-PE/DNEPP MORDAZA, 21 de junio del 2002 Visto los escritos con Registro Nº CE-00306001 del 8 y 28 de MORDAZA del 2002, presentados por el senor MORDAZA MORDAZA SILVA. CONSIDERANDO: Que el Articulo 44º de la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, establece que las autorizacio-

Carassius auratus Betta splendens Lebistes reticulatus Cichlasoma synspilium Cichlasoma citrinelliun x C.synspilium Pomacanthus maculosus Pomacanthus semicirculatus Heniochus acuminatus Chaetodon tinkeri Chaetodon ocellatus Coris julis Gramma brasiliensis Gramma MORDAZA Gramma melacara Assessor flavissimus

"Goldfish assorted" "Betta male" " Pez pelea" "Gupy" " Ciclido africano" "Ciclido parrot" " Cirujano" "Semicirculatus angel" "Pez payaso" " Pez cirujano"

"Royal gramma sm"

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