Norma Legal Oficial del día 26 de Junio del año 2002 (26/06/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de junio de 2002

Que, siendo nuestro sistema registral en materia de propiedad inmueble declarativo y no constitutivo de propiedad, y habiendose acreditado la titularidad por parte de la citada entidad benefica, esta tiene el derecho MORDAZA a fin de solicitar en la via judicial, la Nulidad de Acto Juridico contenido en el asiento registral de inmatriculacion del predio submateria, contra la Municipalidad Provincial de Ica, sin perjuicio de la indemnizacion por el dano causado a la Beneficencia por la inscripcion de mala fe efectuada por dicho Municipio, asimismo, se debe reivindicar el terreno en mencion e inscribirlo a favor de la Sociedad de Beneficencia Publica de Ica, por ser de su propiedad; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 Ley de Representacion y Defensa del Estado en juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667, Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales contra la Municipalidad Provincial de Ica, sobre Nulidad Acto Juridico contenido en el asiento registral de inmatriculacion del predio submateria y demas acciones judiciales tendientes a anular dicha inscripcion registral, reivindicar el terreno en mencion e inscribirlo a favor de la Sociedad de Beneficencia Publica de Ica, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso a la mencionada Procuradora Publica para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BLONDET MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 11231

el inicio de acciones legales, por lo que resulta necesario autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que interponga las acciones judiciales que correspondan; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537 de Representacion y Defensa del Estado en juicio, modificado por Decreto Ley Nº 17667, Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado inicie e impulse las acciones judiciales contra la persona mencionada en el Informe Nº 16-IE-10-2002-02-0309 y contra aquellos que resulten responsables, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion, asi como los antecedentes del caso, a la mencionada Procuradora Publica para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA BLONDET MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 11232

Aceptan renuncia de Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 373-2002-PROMUDEH MORDAZA, 21 de junio de 2002 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Legislativo Nº 866, se transfirio el Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF al Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano; disponiendose la transferencia al referido Instituto, de las Sociedades de Beneficencias Publicas del MORDAZA y Juntas de Participacion Social; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH, se dispone la nueva conformacion de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participacion Social, los mismos que deben estar integrados, entre otros, por dos representantes del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano PROMUDEH, uno de los cuales debe presidirlo; Que, la Ley Nº 26918, Ley de Creacion del Sistema Nacional para la Poblacion en Riesgo, establece que los Directores de las Sociedades de Beneficencia Publica y Juntas de Participacion Social continuan en sus funciones, mientras no MORDAZA expresamente removidos de sus cargos; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 152-97-PROMUDEH de fecha 7 de octubre de 1997, se designo al Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica de MORDAZA, funcionario que ha presentado renuncia al cargo, resultando necesario aceptar dicha renuncia; De conformidad con la Ley Nº 26918 y la Ley Nº 27594, el Decreto Legislativo Nº 866 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano y modificatorias, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias, y Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar la renuncia presentada por el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Presidente del

Autorizan a procuradora iniciar acciones contra ex Director del Centro de Promocion Familiar Curahuasi, Abancay-Apurimac por presunta responsabilidad penal
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 371-2002-PROMUDEH MORDAZA, 21 de junio de 2002 Vistos el Oficio Nº 306-2002/INABIF-P de fecha 21 de MORDAZA de 2002, del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a los fundamentos de hecho y de derecho del Informe Nº 16-IE-10-2002-02-0309, "Informe Especial sobre MORDAZA de certificado de trabajo falso para contrato especifico en el Instituto Nacional de Bienestar Familiar", se ha determinado la presunta responsabilidad penal por parte de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Director del Centro de Promocion Familiar CURAHUASI, Abancay - MORDAZA, por supuesta falsificacion de documento y declaracion falsa en procedimiento administrativo; Que, estando a lo dispuesto por el literal f) del Articulo 16º de la Ley del Sistema Nacional de Control, aprobada por Decreto Ley Nº 26162, los resultados de una accion de control emitidos por cualquier organo del Sistema son considerados como pruebas preconstituidas para

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