Norma Legal Oficial del día 26 de Junio del año 2002 (26/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

MORDAZA, miercoles 26 de junio de 2002

NORMAS LEGALES

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Jefe de la Sucursal MORDAZA, en el que se senala la necesidad de prorrogar el contrato de arrendamiento del inmueble que ocupa la Sucursal del Banco en dicha MORDAZA, por el periodo de cinco meses, por razones de ubicacion, seguridad y funcionalidad; El Memorandum Nº K000-MA-2002-559 de la Oficina Legal del 14 de junio del 2002, en el que se opina que la prorroga del contrato de arrendamiento del local que ocupa la Sucursal en la MORDAZA de MORDAZA debe efectuarse mediante una adjudicacion de menor cuantia, ya que configura la causal de exoneracion a que se contrae el inciso g) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; CONSIDERANDO QUE: En el informe tecnico del exordio se senala que el Banco requiere prorrogar, por cinco meses, el contrato de arrendamiento del local que ocupa la Sucursal del Banco en la MORDAZA de MORDAZA, ubicado en el Pasaje MORDAZA Grau Nº 270, toda vez que sus ambientes e instalaciones reunen las condiciones de ubicacion, seguridad y funcionalidad para desarrollar y ofrecer los servicios vinculados a sus funciones; En el precitado informe tambien se senala que el inmueble se encuentra ubicado frente al local del Banco de la Nacion, cuyas bovedas y ventanillas para atencion de canje de numerario han sido cedidas en uso a esta Institucion, no existiendo otro proximo al local del mencionado Banco que ofrezca las condiciones minimas que se requieren, lo que ratifica la necesidad de arrendar ese inmueble; La renta mensual vigente al 31 de MORDAZA del presente ano es de US$ 1 025,00. Para el periodo de prorroga, esto es entre el 1 de agosto y el 31 de diciembre del 2002, esta no sufrira variacion, lo que resulta altamente competitivo en el MORDAZA inmobiliario de Puno; El MORDAZA juridico en el que se realizan las contrataciones del Banco Central para la adquisicion de bienes o para la contratacion de servicios, esta determinado por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento (Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normas modificatorias); El inciso g) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que estan exonerados del MORDAZA de adjudicacion directa las contrataciones que se realicen para prorrogar el plazo de contratos de arrendamiento de inmuebles ocupados por la Entidad, siempre y cuando la renta no se incremente en una tasa mayor al crecimiento del indice general de precios al por mayor; Conforme al Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cuando por las causas que se menciona en el Articulo 19º, se exonere la contratacion del requisito de adjudicacion directa, debe recurrirse al MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, debiendo tal exoneracion aprobarse mediante resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; A tenor del Articulo 20º de la misma Ley y el Articulo 115º de su Reglamento, MORDAZA de la resolucion que aprueba la exoneracion y los informes que la sustentan deben ser remitidos dentro de los diez dias calendario a la Contraloria General de la Republica y publicada en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias habiles siguientes a la fecha de su emision o adopcion, segun corresponda; Lo expuesto precedentemente permite concluir que la prorroga del contrato de arrendamiento del local que ocupa la Sucursal del Banco en la MORDAZA de MORDAZA, se enmarca dentro de lo dispuesto en el inciso g) del Articulo 19º de la citada Ley; El monto de la contratacion determina la exoneracion de un MORDAZA de adjudicacion directa, habiendose cumplido con las exigencias contenidas en el Articulo 113º del Reglamento; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar del MORDAZA de adjudicacion directa la prorroga del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en el Pasaje MORDAZA Grau Nº 270 Puno.

Articulo 2º.- Autorizar, a la Gerencia de Administracion para que mediante un MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia, prorrogue por cinco meses, computado a partir del 1 de agosto al 31 de diciembre del 2002, el contrato de arrendamiento del local que ocupa la Sucursal en la MORDAZA de Puno. La renta mensual que se pagara durante dicho periodo sera de US$ 1 025, 00 (Mil veinticinco y 00/100 dolares de los Estados Unidos de America) con cargo a los recursos de esta Institucion. Articulo 3º.- Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y comunicarlo oportunamente a la Contraloria General de la Republica, conjuntamente con los informes que la sustentan. MORDAZA MORDAZA Gerente General 11286

JNE
Autorizan viaje a Presidente del JNE para participar como miembro de la Mision de Observacion Tecnica en las elecciones generales a realizarse en Bolivia
RESOLUCION Nº 086-2002-P/JNE MORDAZA, 18 de junio de 2002 Vista la comunicacion del Presidente de la Corte Nacional Electoral de Bolivia recibida el 7 de los corrientes. CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Nacional Electoral de Bolivia ha organizado conjuntamente con el Centro de Asesoria y Promocion Electoral (CAPEL) una Mision de Observacion Tecnica para presenciar las Elecciones Generales del 30 de junio del 2002 en dicho MORDAZA, motivo por el cual invita al MORDAZA Nacional de Elecciones a participar en ella. Que, siendo el mencionado MORDAZA electoral una ocasion para reafirmar los vinculos de solidaridad entre los Organismos Electorales de este Continente especialmente los integrantes de la Comunidad MORDAZA de Naciones e intercambiar y adquirir conocimientos y experiencias aplicables en los futuros procesos electorales de nuestro MORDAZA, es conveniente que este Supremo Organismo Electoral participe como observador en dicho evento. Que, conforme a los terminos de la invitacion los organizadores de la Mision no cubriran los costos de la Mision durante su estadia en la MORDAZA MORDAZA del 26 de junio hasta el lunes 1 de MORDAZA del 2002, periodo en que desarrollara su agenda de trabajo. Que, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones en Sesion Privada de fecha 11 de junio de 2002 autorizo el viaje al senor doctor MORDAZA Sanchez-Palacios Paiva, Presidente de este Supremo Organo Electoral, a la Republica de Bolivia, del 26 de junio al 1 de MORDAZA del 2002, a fin de que integre la Mision de Observacion Tecnica de los comicios generales a realizarse el 30 de junio presente en ese pais. Que, en el presupuesto del MORDAZA Nacional de Elecciones se cuenta con los recursos financieros para atender el egreso que genere la Resolucion. De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 concordante con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM del 5.6.2002. El Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones en uso de las facultades conferidas en los incisos c) y d) del Articulo 14º del Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por la Resolucion Nº 654-2001-JNE. RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del senor doctor MORDAZA MORDAZA - MORDAZA Paiva, Presidente del MORDAZA Nacional de Elecciones, a la MORDAZA MORDAZA - Republi-

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