Norma Legal Oficial del día 26 de Junio del año 2002 (26/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 50

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CREDITOS : -

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de junio de 2002

Por el registro de las reserva matematica base de las polizas incorporadas al regimen de calce de activos y pasivos calculadas segun requerimientos de la Superintendencia de Banca y Seguros. Por el ajuste (aumento) de la reserva matematica base para determinar la reserva matematica financiera (exceso), por presentar una menor situacion de calce, con cargo a la cuenta 2709. S I A

CUENTA

:

2706

MATEMATICA DE MORDAZA DE PRIMAS CEDIDAS 2706.00 (Riesgo) 2706.00.03 Reserva Matematica Base 2706.00.04 Exceso (deficit) por Reserva

* * * *

DESCRIPCION

:

Tambien comprende la reserva matematica base y los excesos o deficit para complementar la reserva matematica financiera de aquellas polizas de seguros cuyas reservas matematicas han sido incorporadas al regimen de calce de activos y pasivos y que han sido cedidas en reaseguro.

DINAMICA DEBITOS

:

-

Por el registro de las reserva matematica base de las polizas incorporadas al regimen de calce de activos y pasivos calculadas segun requerimientos de la Superintendencia de Banca y Seguros que han sido cedidas en reaseguro. Por el ajuste (aumento) de la reserva matematica base para determinar la reserva matematica financiera (exceso), por presentar una menor situacion de calce, con cargo a la cuenta 2709. Por el ajuste (disminucion) de la reserva matematica base para determinar la reserva matematica financiera (deficit), por presentar una mayor situacion de calce, con abono a la cuenta 2709. S I A

CREDITOS

:

-

CUENTA DESCRIPCION

: :

2709

RESERVA POR CALCE

*

En esta cuenta se refleja la mayor o menor posicion de calce de las empresas de seguros cuyas polizas de rentas vitalicias por jubilacion, invalidez o sobrevivencia han sido incorporadas al sistema de calce de activos y pasivos.

DINAMICA DEBITOS CREDITOS

: :

-

Por la determinacion de una menor posicion de calce de las reservas matematicas de rentas vitalicias. Por la determinacion de una mayor posicion de calce de las reservas matematicas de rentas vitalicias.

11202

Autorizan contratar los servicios de asesorias legales mediante procesos de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION SBS Nº 566-2002 MORDAZA, 21 de junio de 2002 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS (e) CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica se encarga de brindar asesoria legal a las diversas areas de la Institucion, tanto en las materias involucradas a su actividad como ente supervisor del Sistema Financiero, Sistema de Seguros y Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones como en las relativas a su funcionamiento como ente publico; Que, el sometimiento de algunas empresas supervisadas a regimenes especiales han incrementado considerablemente el volumen de consultas y han originado que se inicien una serie de acciones judiciales cuya atencion ha comprometido integramente al personal de dicha Superintendencia Adjunta, haciendose necesaria incluso la contratacion de servicios legales externos. Adicionalmente, la complejidad de los temas involucrados en las consultas asi como su relevancia han determinado la conveniencia de contar con opiniones legales externas que, siendo totalmente ajenas a la responsabilidad de la supervision del Sistema Financiero, puedan aportar consideraciones adicionales, mas objetivas, que permitan llegar a posiciones mejor ponderadas respecto a los temas evaluados; Que, se considera necesario que dichos servicios MORDAZA prestados por un Estudio de Abogados toda vez que estos cuentan con un equipo multidisciplinario de profesionales especialistas en las diversas areas del derecho que puedan involucrar las consultas a formularse. Asimismo, debe tratarse de un Estudio con una larga trayectoria en

el MORDAZA que garantice una solida experiencia, un servicio altamente calificado, especializado y serio amparado en su conocida habilidad y reconocido prestigio; Que, asimismo, es importante para efectos de obtener un servicio mas rapido y eficiente que el Estudio contratado MORDAZA prestado servicios anteriormente a esta Superintendencia, toda vez que ello permite tener cierta garantia respecto al resultado en base a la experiencia tenida en el trabajo realizado. Ademas, le confiere al Estudio contratado un mejor conocimiento de los temas a cargo de esta Superintendencia basado en la experiencia obtenida en casos anteriores, lo que constituye un importante factor diferencial respecto a cualquier otro especialista; Que, como se puede apreciar, la contratacion de los servicios indicados se realiza teniendo en consideracion a la persona del locador, sus caracteristicas inherentes, particulares y especiales, asi como su calidad profesional, lo que califica dichos servicios como servicios personalisimos de acuerdo a lo informado por la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica; Que, el Articulo 19º de la Ley establece que se encuentra exonerada del MORDAZA de Adjudicacion Directa, la contratacion de servicios personalisimos entendiendose por ellos los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que, en ese sentido, se considera que se ha configurado la causal de exoneracion recogida en el literal h) del Articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, que permite exonerar la contratacion de los servicios requeridos del MORDAZA de seleccion que le corresponde; Por tanto, en uso de las facultades conferidas mediante Resolucion SBS Nº 1028-2001 del 27.12.2001, de conformidad con lo dispuesto en el precitado cuerpo legal y su Reglamento, y con el visto MORDAZA de la Superintendencia Adjunta de Asesoria Juridica y la Superintendencia Adjunta de Administracion General;

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