Norma Legal Oficial del día 26 de Junio del año 2002 (26/06/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, miercoles 26 de junio de 2002

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Aprueban Reglamento de la Ordenanza Nº 28-MPL, referido al canje de deudas por bienes y servicios
(Se publica el Decreto de Alcaldia de la referencia a solicitud de la Secretaria General de la Municipalidad de Pueblo Libre mediante Oficio Nº 249-2002-MPL/OSGC, recibido el 25 de junio de 2002) DECRETO DE ALCALDIA Nº 02-2001-MPL Pueblo Libre, 17 de enero de 2001 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 28-MPL de fecha 13 de MORDAZA de 2000, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 1 de agosto de 2000, se aprobo una serie de beneficios para personas en situacion precaria; Que, entre otros beneficios que se conceden, se encuentra el Canje de Deudas Tributarias por Bienes y/o Servicios; Que, el Articulo Decimo faculta al MORDAZA de la Municipalidad de Pueblo Libre, para aceptar el canje de deudas tributarias por bienes y/o servicios propuestos por contribuyentes, previa evaluacion de los organos competentes, ademas de dictar las normas reglamentarias que correspondan; Estando al merito de lo expuesto y de conformidad con el Articulo 47º inciso 6) de la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- Apruebese el Reglamento de la Ordenanza Nº 28-MPL, referido al Canje de Deudas Tributarias por Bienes y/o Servicios, que consta de dos titulos y veintinueve articulos y que forman parte constitutiva de este Decreto. Articulo Segundo.- Precisese que el Organo encargado de determinar los beneficios a conceder (Exoneracion, Reduccion, Fraccionamiento, Canje de Deudas Tributarias por Bienes y/o Servicios y Postergacion de fecha de pago), en virtud de lo previsto en el Articulo Primero, asi como los criterios ("Por unica vez", "Hasta un ano" y "Renovable cada ano") del Articulo MORDAZA de la Ordenanza Nº 28-MPL sera la Direccion de Desarrollo Economico. Articulo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 11340

Que, los gobiernos locales como parte del Estado tienen el deber de proteger a la familia y promover el matrimonio como institucion natural y fundamental de conformidad con lo dispuesto en el Art. 4º de la Constitucion Politica del Estado; Que, es politica de la Municipalidad brindar las facilidades necesarias a todos los ciudadanos del distrito que deseen regularizar y/o formalizar su Estado Civil, de conformidad con lo preceptuado en el Codigo Civil; Que, mediante documento de visto se establece que es conveniente la realizacion del MORDAZA MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, para llevarse a cabo el dia 21 de setiembre del 2002, estableciendo para ello, los requisitos minimos necesarios para la realizacion de los mismos; Que, mediante documento de visto, la Division de Registros Civiles establece la tarifa unica y los requisitos indispensables que se deberan adjuntar; Que, de conformidad a las atribuciones conferidas por el Art. 47º numeral 6 de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: 1. AUTORIZAR la realizacion del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO, en el distrito del MORDAZA, para los vecinos rimenses, el mismo que se llevara a cabo el sabado 21 de setiembre del 2002, con el unico pago de S/ . 25.00 (veinticinco y 00/100 nuevos soles) por gastos administrativos, expediente matrimonial y ceremonia, asi como de la exoneracion de la dispensa de publicacion de edictos matrimoniales. Sin incluir los derechos de pago por examen medico 2. ESTABLECER, que los ciudadanos se adecuen conforme a lo establecido en la Ley Nº 27444 del Procedimiento Administrativo General, senalandose como requisitos minimos los siguientes: - Partida de Nacimiento original o dispensa judicial de ambos contrayentes. - Fotocopia simple del documento de identidad de ambos contrayentes. - Certificado medico. - Dos testigos mayores de edad. - Publicacion del edicto matrimonial por un solo dia, la cual correra por cuenta de la Municipalidad. 3. Encargar, a la Direccion Municipal, Oficina de Administracion y Division de Registros Civiles, el cumplimiento de la presente disposicion municipal. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 11344 FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 057-MDR Mediante Oficio Nº 125-2002-SG-MDR, la Municipalidad del MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 057-MDR, publicada en nuestra edicion del dia 21 de junio, en la pagina 225098. DICE: El Concejo Distrital del MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, bajo la presidencia de la Sra. MORDAZA Alcaldesa, encargada de la Alcaldia Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA con la asistencia... DEBE DECIR: El Concejo Distrital del MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha, bajo la presidencia de la Sra. Alcaldesa, Econ. MORDAZA MORDAZA MORDAZA con la asistencia... 11368

MUNICIPALIDAD DEL MORDAZA
Autorizan realizacion de matrimonio civil comunitario en el distrito
DECRETO DE ALCALDIA Nº 004-2002-MDR MORDAZA, 3 de junio del 2002 LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA VISTO: El Informe Nº 069-2002-OREC-DSC-MDR emitido por la Division de Registros Civiles;

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